Ddt �nica Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana
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1. A partir de la fecha de la entrada en vigor de esta Norma Foral, quedan derogada cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la misma.
2. Lo dispuesto en el apartado anterior se entiende sin perjuicio de lo previsto en las Disposiciones Transitorias de esta Norma Foral.

