Ddt �nica Reglamento del Impuesto sobre Sociedades de Navarra -Vigente-
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»D.DT. UNICA. Derogaciones normativas.
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A la entrada en vigor de este decreto foral quedarán derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a su contenido.
En particular, quedarán derogados:
a) El Decreto Foral 282/1997, de 13 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.
b) La disposición adicional única y la disposición transitoria única del Decreto Foral 371/1998, de 30 de diciembre, por el que se regulan los pagos a cuenta en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, en materia de retenciones e ingresos a cuenta.
