Ddt única Código del Derecho Foral de Aragón
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D.DT. Única. Derogación normativa

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Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al presente Decreto Legislativo y al Texto Refundido que, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», se aprueba y, en particular, las siguientes:

a) El Título Preliminar de la Compilación del Derecho Civil de Aragón.

b) La Ley 1/1999, de 24 de febrero, de sucesiones por causa de muerte.

c) La Ley 6/1999, de 26 de marzo, relativa a parejas estables no casadas.

d) La Ley 2/2003, de 12 de febrero, de régimen económico matrimonial y viudedad.

e) La Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de Derecho de la persona.

f) La Ley 2/2010, de 26 de mayo, de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres.

g) La Ley 8/2010, de 2 de diciembre, de Derecho civil patrimonial.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011