Ddt única Homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria
D.DT. Única.
1. Quedan derogadas las siguientes disposiciones:
Decreto 1676/1969, de 24 de julio, sobre convalidación de estudios y títulos extranjeros por los correspondientes españoles, en lo que afecta a estudios y títulos de educación no universitaria.
Real Decreto 481/1978, de 2 de marzo, sobre reconocimiento y convalidación por los correspondientes españoles de estudios académicos de educación general básica, bachillerato y curso de orientación universitaria realizados en el extranjero por los emigrantes españoles.
Real Decreto 1260/1980, de 23 de mayo, sobre reconocimiento y convalidación por los correspondientes españoles de los estudios de formación profesional realizados en el extranjero por los emigrantes españoles.
Párrafo segundo del artículo sexto del Real Decreto 1564/1982, de 18 de julio, por el que se regulan las condiciones para la obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales no universitarios.
2. Quedan asimismo derogadas o modificadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este Real Decreto.
- Texto Original. Publicado el 17-02-1988 en vigor desde 08-03-1988