Ddt única Medidas Financieras
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D.DT. UNICA.

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Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango contradigan o se opongan a lo establecido en esta Ley y en especial las siguientes:

Los artículos 11, 17 y 26 de la Ley 9/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas.

La disposición adicional segunda de la Ley 13/2003, de 23 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas.

La letra d) del apartado 3 del artículo 108 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Las disposiciones adicionales segunda y cuarta de la Ley 21/1994, de 15 de diciembre, de creación de la Agencia de Desarrollo Económico de Castilla y León.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2005 en vigor desde 01-01-2006