Ddt única TR. de la Ley de Patrimonio
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Se deroga la Ley 5/1987, de 2 de abril, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón; el artículo 7 de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Medidas Fiscales, Financieras, de Patrimonio y Administrativas; la disposición adicional primera de la Ley 10/1998, de 22 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos y el artículo 4 de la Ley 4/1995, de 29 de marzo, de modificación de la Compilación del Derecho Civil de Aragón y de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de sucesión intestada.
