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Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 280/2022 de 28 de octubre de 2022 por la que se modifican el anexo V (Libre circulación de trabajadores) y el anexo VIII (Derecho de establecimiento) del Acuerdo EEE [2023/876], - Diario Oficial de la Unión Europea, de 04-05-2023

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Ambito: DOUE

Órgano emisor: COMITÉ MIXTO DEL EEE

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 117

F. Publicación: 04/05/2023

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 117 de 04/05/2023 y no contiene posibles reformas posteriores

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 280/2022 de 28 de octubre de 2022 por la que se modifican el anexo V (Libre circulación de trabajadores) y el anexo VIII (Derecho de establecimiento) del Acuerdo EEE [2023/876] EL COMITÉ MIXTO DEL EEE, Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98, Considerando lo siguiente: (1) La Decisión de Ejecución (UE) 2022/1516 de la Comisión, de 8 de septiembre de 2022, que modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1073 por la que se establecen especificaciones técnicas y normas relativas a la aplicación del marco de confianza para el certificado COVID digital de la UE establecido por el Reglamento (UE) 2021/953 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE. (2) Procede, por tanto, modificar los anexos V y VIII del Acuerdo EEE en consecuencia, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 En el punto 10a [Decisión de Ejecución (UE) 2021/1073 de la Comisión] del anexo V del Acuerdo EEE, se añade el guion siguiente: «- 32022 D 1516: Decisión de Ejecución (UE) 2022/1516 de la Comisión, de 8 de septiembre de 2022 (DO L 235 de 12.9.2022, p. 61).». Artículo 2 En el punto 11a [Decisión de Ejecución (UE) 2021/1073 de la Comisión] del anexo VIII del Acuerdo EEE, se añade el guion siguiente: «- 32022 D 1516: Decisión de Ejecución (UE) 2022/1516 de la Comisión, de 8 de septiembre de 2022 (DO L 235 de 12.9.2022, p. 61).». Artículo 3 El texto de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/1516 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico. Artículo 4 La presente Decisión entrará en vigor el 29 de octubre de 2022, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*). Artículo 5 La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea. Hecho en Bruselas, el 28 de octubre de 2022. Por el Comité Mixto del EEE, El Presidente Kristján AndriSTEFÁNSSON (1) DO L 235 de 12.9.2022, p. 61. (*) No se han indicado preceptos constitucionales.