Legislación

Decisión (PESC) 2020/1726 del Consejo de 14 de septiembre de 2020 relativa a la firma y la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo Marco entre la Unión Europea y las Naciones Unidas con vistas a la prestación de apoyo mutuo en el contexto de sus respectivas misiones y operaciones sobre el terreno, - Diario Oficial de la Unión Europea, de 19-11-2020

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: DOUE

Órgano emisor: CONSEJO DE LA UNION EUROPEA

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 387

F. Publicación: 19/11/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 387 de 19/11/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

DECISIÓN (PESC) 2020/1726 DEL CONSEJO

de 14 de septiembre de 2020

relativa a la firma y la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo Marco entre la Unión Europea y las Naciones Unidas con vistas a la prestación de apoyo mutuo en el contexto de sus respectivas misiones y operaciones sobre el terreno

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 37, en relación con el artículo 218, apartado 5, y el artículo 218, apartado 6, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 5 de marzo de 2015, el Consejo autorizó que se entablasen negociaciones para la celebración de un Acuerdo Marco de cooperación entre la Unión Europea y las Naciones Unidas en el contexto de sus respectivas operaciones de gestión de crisis.

(2)

Han concluido las negociaciones en torno al Acuerdo Marco entre la Unión Europea y las Naciones Unidas con vistas a la prestación de apoyo mutuo en el contexto de sus respectivas misiones y operaciones sobre el terreno (en lo sucesivo, «Acuerdo Marco»).

(3)

Procede aprobar el Acuerdo Marco en nombre de la Unión.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo Marco entre la Unión Europea y las Naciones Unidas con vistas a la prestación de apoyo mutuo en el contexto de sus respectivas misiones y operaciones sobre el terreno. (1)

Artículo 2

Se autoriza al presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo Marco con efectos vinculantes para la Unión.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 14 de septiembre de 2020.

Por el Consejo

El Presidente

M. ROTH

(1) Véase la página 2 del presente Diario Oficial.

// // // // // // $(document).ready(function () {generateTOC(true, '', 'Arriba', 'false');});