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Decisión (PESC) 2025/887 del Consejo, de 12 de mayo de 2025, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/797 relativa a medidas restrictivas contra los ciberataques que amenacen a la Unión o a sus Estados miembros, - Diario Oficial de la Unión Europea, de 13-05-2025

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Ambito: DOUE

Órgano emisor: CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 887

F. Publicación: 13/05/2025

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 887 de 13/05/2025 y no contiene posibles reformas posteriores

DECISIÓN (PESC) 2025/887 DEL CONSEJO

de 12 de mayo de 2025

por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/797 relativa a medidas restrictivas contra los ciberataques que amenacen a la Unión o a sus Estados miembros

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)El 17 de mayo de 2019, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2019/797 (1).

(2)La Decisión (PESC) 2019/797 es aplicable hasta el 18 de mayo de 2025. Sobre la base de una revisión de dicha Decisión, el Consejo considera que su aplicación debe prorrogarse hasta el 18 de mayo de 2028.

(3)Sobre la base de la revisión del anexo de la Decisión (PESC) 2019/797, debe prorrogarse hasta el 18 de mayo de 2026 la aplicación de las medidas establecidas en sus artículos 4 y 5 a las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos enumerados en dicho anexo. Además, deben actualizarse los motivos de la inclusión de seis personas en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas.

(4)Por lo tanto, procede modificar la Decisión (PESC) 2019/797en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión (PESC) 2019/797 se modifica como sigue:

1)El artículo 10 se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 10

La presente Decisión será aplicable hasta el 18 de mayo de 2028 y estará sujeta a revisión continua. Las medidas establecidas en los artículos 4 y 5 se aplicarán hasta el 18 de mayo de 2026 a las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos enumerados en el anexo.».

2)El anexo se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 12 de mayo de 2025.

Por el Consejo

La Presidenta

B. NOWACKA

________________________________________

(1) Decisión (PESC) 2019/797 del Consejo, de 17 de mayo de 2019, relativa a medidas restrictivas contra los ciberataques que amenacen a la Unión o a sus Estados miembros (DO L 129 I de 17.5.2019, p. 13, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2019/797/oj).

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ANEXO

En el anexo de la Decisión (PESC) 2019/797, bajo el epígrafe «A. Personas físicas», las entradas 3 a 8 se sustituyen por el texto siguiente:

(ANEXO OMITIDO. Consultar en documento PDF de publicación)