Decreto 10/2018, de 13 de abril, por el que se crea el Instituto de Enseñanzas a Distancia de las Illes Balears (IEDIB) en el término municipal de Palma, - Boletín Oficial de las Islas Baleares, de 14-04-2018
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Ambito: Baleares
Órgano emisor: CONSEJO DE GOBIERNO
Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 46
F. Publicación: 14/04/2018
La creación de centros públicos corresponde al Gobierno autonómico, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, según la redacción fijada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), establece en su artículo 3.9 que, para garantizar el derecho a la educación de los que no puedan asistir de manera regular a los centros docentes, se tiene que desarrollar una oferta adecuada de educación a distancia.
La misma ley establece, en su artículo 69.3, que corresponde a las administraciones educativas organizar la oferta pública de educación a distancia con la finalidad de dar una respuesta adecuada a la formación permanente de las personas adultas y que esta oferta tiene que incluir el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.
La Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de Reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, establece, en su artículo 36, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia del desarrollo legislativo y la ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo que dispone el artículo 27 de la Constitución. El Decreto 120/2002, de 27 de setiembre, aprueba el Reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria y, en su artículo 2, regula la creación de estos.
El 18 de mayo de 2002 se publicó el Decreto 70/2002, de 10 de mayo, por el que se crea el Instituto de Educación Secundaria a Distancia en las Illes Balears (BOIB n.º 60), pero este centro nunca se puso en funcionamiento.
El interés del Gobierno de las Illes Balears es que se cree un centro de enseñanzas a distancia de calidad que integre no solo las enseñanzas secundarias, sino todas las enseñanzas no universitarias a distancia, en un entorno virtual de aprendizaje, para conseguir que quede garantizado el derecho a la educación de los que no pueden asistir de forma regular a los centros docentes de manera presencial.
Por todo ello, a propuesta del consejero de Educación y Universidad y previa consideración del Consejo de Gobierno en su sesión de día 13 de abril de 2018,
Decreto
Artículo primero
Creación
Se crea el centro docente Instituto de Enseñanzas a Distancia de las Illes Balears (IEDIB), con la siguiente configuración:
Código del centro: 07015677
Denominación: Instituto de Enseñanzas a Distancia de las Illes Balears
Domicilio: calle de Salvà, número 14, plantas 2ª y 4ª
Localidad: Palma
CP: 07013
Municipio: Palma
Enseñanzas:
- Bachillerato a distancia de todas las modalidades.
- Formación profesional a distancia.
- Preparación para la prueba de bachillerato para el acceso a la universidad (PBAU) y/o para la prueba libre de bachillerato.
- Preparación a distancia para la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio (CFGM) y de grado superior (CFGS).
- Preparación a distancia para la prueba de acceso para mayores de 25 años.
- Educación secundaria obligatoria (ESO) a distancia.
- Educación secundaria para personas adultas (ESPA) a distancia.
- Estudios de régimen especial (de idiomas, deportivos, de artes plásticas y diseño y enseñanzas profesionales de música).
Artículo segundo
Régimen singular de funcionamiento
Se faculta al consejero de Educación y Universidad para que regule mediante una orden el funcionamiento singular de este centro.
Disposición derogatoria única
Se deroga el Decreto 70/2002, de 10 de mayo, por el que se crea el Instituto de Educación Secundaria a Distancia en las Illes Balears (BOIB n.º 60, de 18 de mayo).
Disposición final primera
Desarrollo
Se faculta al consejero de Educación y Universidad para que adopte las medidas necesarias para la ejecución de este decreto.
Disposición final segunda
Entrada en vigor
Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 13 de abril de 2018
| La presidenta | |
| El consejero de Educación y Universidad | Francesca Lluch Armengol i Socias |
| Martí X. March Cerdà |
