DECRETO 105/2018, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid. - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 21-06-2018
Índice
Texto
Ambito: Madrid
Estado: VIGENTE. Validez desde 26 de Marzo de 2021
F. entrada en vigor: 22/06/2018
Órgano emisor: VICEPRESIDENCIA, CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCIA DEL GOBIERNO
Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 147
F. Publicación: 21/06/2018
Preambulo
Artículo único. Aprobación del Reglamento de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Referencias a la Dirección General de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Prohibición de utilización de denominaciones que induzcan a confusión
D.F. 2ª. Habilitación
D.F. 3ª. Entrada en vigor
REGLAMENTO DE LA ABOGACÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
TÍTULO I. La Abogacía General de la Comunidad de Madrid: Organización y funciones
CAPÍTULO I. La Abogacía General de la Comunidad de Madrid
Artículo 1. La Abogacía General de la Comunidad de Madrid
Artículo 2. Funciones de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid
Artículo 3. El Consejo de Letrados de la Comunidad de Madrid
Artículo 4. Contraposición de intereses
CAPÍTULO II. El Abogado General de la Comunidad de Madrid
Artículo 5. Carácter y nombramiento del Abogado General de la Comunidad de Madrid
Artículo 6. Funciones del Abogado General de la Comunidad de Madrid
Artículo 7. Asunción de asuntos por el Abogado General de la Comunidad de Madrid
Artículo 8. Suplencia
CAPÍTULO III. Personal de apoyo
Artículo 9. Personal de apoyo
TÍTULO II. Función consultiva
CAPÍTULO I. Subdirección General de lo Consultivo
Artículo 10. Funciones y estructura de la Subdirección General de lo Consultivo
Artículo 11. Servicios Jurídicos en las Consejerías
CAPÍTULO II. Régimen de la función consultiva
Artículo 12. Carácter y clases de informes
Artículo 13. Contenido de los Informes
Artículo 14. Forma de solicitud de informes
Artículo 15. Momento de solicitud de determinados informes
Artículo 16. Plazo para la emisión de los informes y forma de comunicación
Artículo 17. Informes discrepantes
Artículo 18. Bastanteo de documentos
TÍTULO III. Función contenciosa
CAPÍTULO I. Subdirección General de lo Contencioso
Artículo 19. Funciones de la Subdirección General de lo Contencioso
Artículo 20. Estructura
CAPÍTULO II. Normas sobre actuación procesal de los Letrados de la Comunidad de Madrid
Artículo 21. Obligaciones generales de los letrados de la Comunidad de Madrid en el desempeño de la función contenciosa
Artículo 22. Petición y envío de datos y antecedentes
Artículo 23. Notificaciones, citaciones, emplazamientos y demás actos de comunicación procesal
Artículo 24. Ejercicio de acciones y disposición de la acción procesal
Artículo 25. Exención de depósitos y cauciones
Artículo 26. Consulta a la Abogacía General de la Comunidad de Madrid en procesos civiles
Artículo 27. Fuero territorial de la Comunidad de Madrid
Artículo 28. Recursos
Artículo 29. Ejecución de sentencias
Artículo 30. Costas
CAPÍTULO III. Representación y defensa de autoridades, funcionarios y empleados públicos
Artículo 31. Reglas generales
Artículo 32. Régimen de la representación y defensa de los empleados públicos
Artículo 33. Supuestos especiales
Artículo 34. Ejercicio de acciones por el letrado de la Comunidad de Madrid en nombre de autoridades, funcionarios o empleados públicos
CAPÍTULO IV. Actuación del Letrado de la Comunidad de Madrid en los procedimientos de Violencia de Género
Artículo 35. Actuación del letrado de la Comunidad de Madrid en los procedimientos de Violencia de Género
TÍTULO IV. Régimen de la Asistencia Jurídica Convencional, Asuntos Constitucionales y Estudios
CAPÍTULO I. Subdirección General de Asistencia Jurídica Convencional, Asuntos Constitucionales y Estudios
Artículo 36. Funciones y estructura de la Subdirección General de Asistencia Jurídica Convencional, Asuntos Constitucionales y Estudios
CAPÍTULO II. Asistencia jurídica convencional
Artículo 37. Asistencia jurídica a empresas públicas de la Comunidad de Madrid constituidas como sociedades mercantiles, a fundaciones participadas total o parcialmente por la Comunidad de Madrid, consorcios, y otros entes públicos
Artículo 38. Asistencia jurídica a las entidades locales
Artículo 39. Naturaleza de los convenios y actuación del letrado de la Comunidad de Madrid
Artículo 40. Órganos que pueden solicitar asistencia jurídica
Artículo 41. Deber de colaboración con los letrados de la Comunidad de Madrid
Artículo 42. Ejercicio de acciones y disposición de la acción procesal
Artículo 43. Ejecución de sentencias
Artículo 44. Costas procesales
CAPÍTULO III. Actuación procesal de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid ante el Tribunal Constitucional
Artículo 45. Funciones en materia de asuntos constitucionales
Artículo 46. Ejercicio de acciones ante el Tribunal Constitucional
Artículo 47. Formulación de demanda en el recurso de inconstitucionalidad
Artículo 48. Actuación del letrado de la Comunidad de Madrid en el recurso de amparo
Artículo 49. Actuación del letrado de la Comunidad de Madrid en los conflictos de competencia ante el Tribunal Constitucional
Artículo 50. Otras disposiciones sobre la actuación procesal del letrado de la Comunidad de Madrid ante el Tribunal Constitucional
CAPÍTULO IV. Estudios
Artículo 51. Formación
Artículo 52. Revista Jurídica de la Comunidad de Madrid
TÍTULO V. El Cuerpo de Letrados de la Comunidad de Madrid
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 53. El Cuerpo de Letrados de la Comunidad de Madrid
Artículo 54. Reserva de puestos de trabajo
Artículo 55. Principios de actuación
Artículo 56. Dependencia orgánica y funcional
Artículo 57. Funcionarios interinos
Artículo 58. Letrados habilitados
Artículo 59. Suplencias
CAPÍTULO II. Ingreso en el Cuerpo de Letrados de la Comunidad de Madrid
Artículo 60. Sistema selectivo
Artículo 61. Composición del tribunal
Artículo 62. Otras disposiciones relativas al cuerpo de letrados