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Decreto 11/2020, de 20 de febrero, por el que se procede a la inclusión y zonificación de terrenos del municipio de Ribamontán al Mar en el ámbito de aplicación del Plan de Ordenación del Litoral., - Boletín Oficial de Cantabria, de 28-02-2020

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Ambito: Cantabria

Órgano emisor: CONSEJO DE GOBIERNO

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 41

F. Publicación: 28/02/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Número 41 de 28/02/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

Visto el expediente relativo a la actualización del ámbito de aplicación del Plan de Ordenación del Litoral con motivo de la tramitación del Plan General de Ordenación Urbana de Ribamontán al Mar.

Resultando, que siendo el municipio de Ribamontán al Mar uno de los 37 afectados por el Plan de Ordenación del Litoral, señala el artículo 3.1 de la Ley 2/2004, de 27 de septiembre que, si en la adaptación del planeamiento urbanístico a esta Ley se advirtiera que existen suelos indebidamente excluidos de su ámbito de aplicación, la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo propondrá su inclusión y zonificación conforme a los criterios de la misma.

Resultando que las limitaciones y prohibiciones de la Ley de Cantabria 2/2004 se establecen a los efectos de protección y ordenación territorial de los municipios costeros, y se entienden sin perjuicio de las que pudieran venir impuestas por la legislación de costas, de aguas y demás leyes sectoriales, así como por el planeamiento municipal, tal y como se establece en el artículo 5 de su normativa.

De este modo, se propuso por la entonces Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística la inclusión y zonificación de los suelos recogidos en la documentación anexa, aprobándose así por la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión de 30 de mayo de 2019.

Mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de Cantabria de 26 de junio de 2019 se procedió al trámite de información pública, así como al de audiencia singularizada tanto a la Delegación del Gobierno en Cantabria como al Ayuntamiento de Ribamontán al Mar, sin que se presentaran alegaciones.

Resultando, que la Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático emite en fecha 4 de noviembre de 2019 el Informe Ambiental Estratégico de este procedimiento de actualización, en el que se concluye que no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente.

Resultando, que el presente procedimiento de actualización del POL consiste en la inclusión y zonificación de los suelos desclasificados como urbanos por un Plan General de Ordenación Urbana en tramitación, conforme a las categorías de protección y ordenación de dicho planeamiento territorial.

Resultando, que la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión de 4 de diciembre de 2019 acordó mantener la zonificación propuesta inicialmente.

Considerando, que el artículo 3.1 de la Ley 2/2004, señala como órgano competente para la aprobación definitiva al Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 20 de febrero de 2020,

DISPONGO

Artículo Único. Aprobar la inclusión y zonificación de los terrenos afectados por el Plan de Ordenación del Litoral en el municipio de Ribamontán al Mar que se reflejan en los planos adjuntos.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 20 de febrero de 2020.

El presidente del Consejo de Gobierno,

Miguel Ángel Revilla Roiz.

El consejero de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo,

José Luis Gochicoa González.

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