DECRETO 112/2004, de 29 de julio, por el que se regula el procedimiento y requisitos para el otorgamiento de las autorizaciones de gestion de residuos, y se crea el Registro de Gestores de Residuos de Canarias. - Boletín Oficial de Canarias de 17-08-2004
- Ámbito: Canarias
- Estado: VIGENTE
- Fecha de entrada en vigor: 18/08/2004
- Órgano Emisor: Consejeria De Medio Ambiente Y Ordenacion Territorial
- Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 158
- Fecha de Publicación: 17/08/2004
La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, legislación básica por la que se establece el régimen general de ordenación de los residuos, dispone, con respecto a los residuos peligrosos, la obligación de obtener autorización para las actividades de gestión de los mismos, de conformidad con lo establecido en el artículo 22, apartado 1; y asimismo, con respecto a los residuos no peligrosos, para las actividades de valorización y eliminación, siendo potestativo de las Comunidades Autónomas establecer la obligatoriedad de autorización para el resto de actividades de gestión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 del citado cuerpo legal.
Por su parte, la Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias, regula, si bien de manera dispersa, en sus artículos 12.2, 19.1, 21, 22 y 25.2 la necesidad de autorizar las actividades de gestión de residuos no peligrosos, remitiéndose, en el artº. 32.2, a la regulación básica del Estado en lo referente a residuos peligrosos.
Todo ello hace necesario establecer el régimen para la obtención de la condición de gestor de residuos, preceptiva para el desarrollo de cualquiera de las actividades de gestión de residuos en la Comunidad Autónoma de Canarias, como son las actividades de recogida, transporte, almacenamiento, valorización y eliminación de residuos, incluida la vigilancia de estas actividades, así como la vigilancia de los lugares de depósito o vertido después de su cierre, de conformidad con la legislación vigente.
Por otra parte, con la promulgación de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, que ha transpuesto la Directiva 96/61/CE, del Consejo, de 24 de septiembre, relativa a la prevención y control integrados de la contaminación, han quedado derogadas las autorizaciones de gestión de residuos reguladas en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, en relación con las actividades e instalaciones de valorización o eliminación enumeradas en el anejo 1, en la categoría nº 5. Por ello, sobre este aspecto, se excluye del presente Decreto la regulación del procedimiento para obtener las autorizaciones ambientales integradas, respecto de dichas instalaciones de gestión, hasta tanto una Ley aprobada por el Parlamento de Canarias desarrolle las bases establecidas en la citada ley estatal.
Por último, se crea el Registro de Gestores de Residuos de Canarias, determinándose el contenido y funcionamiento del mismo y en el cual serán inscritas por la Administración, las personas físicas o jurídicas que realicen cualquier actividad de gestión de residuos.
Vista la Disposición Final Primera de la Ley 1/1999, y la necesidad de regular la autorización de gestor de residuos y de crear el Registro de Gestores de Residuos de Canarias.
En su virtud y a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, visto el dictamen del Consejo Consultivo de Canarias y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 29 de julio de 2004,
D I S P O N G O: