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DECRETO 202/2023, de 21 de noviembre, del Consell, de modificación del Decreto 80/2023, de 26 de mayo, del Consell, por el que se aprueban las normas de diseño y calidad en edificios de vivienda., - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 23-11-2023

Tiempo de lectura: 4 min

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Ambito: Comunidad Valenciana

Órgano emisor: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 9731

F. Publicación: 23/11/2023

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 9731 de 23/11/2023 y no contiene posibles reformas posteriores

DECRETO 202/2023, de 21 de noviembre, del Consell, de modificación del Decreto 80/2023, de 26 de mayo, del Consell, por el que se aprueban las normas de diseño y calidad en edificios de vivienda. [2023/11769]

Índice

Preámbulo

Artículo único. Modificación de la disposición final segunda del Decreto 80/2023, de 26 de mayo, del Consell, por el que se aprueban las normas de diseño y calidad en edificios de vivienda

Disposición adicional

Única. Incidencia presupuestaria

Disposición final

Única. Entrada en vigor

PREÁMBULO

El Consell aprobó el Decreto 80/2023, de 26 de mayo, del Consell, por el que se aprueban las normas de diseño y calidad en edificios de vivienda, que tiene por objeto establecer las normas de diseño y calidad que deben cumplir las viviendas ubicadas en la Comunitat Valenciana, así como los edificios de uso principal residencial vivienda que las albergan para garantizar que sean dignas y adecuadas.

Como consecuencia de su entrada en vigor, y de conformidad con su disposición derogatoria única, quedará derogado el Decreto 151/2009, de 2 de octubre, del Consell, por el que se aprueban las exigencias básicas de diseño y calidad en edificios de vivienda y alojamiento, así como la Orden de 7 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda por la que se aprueban las condiciones de diseño y calidad.

En ese sentido, en su disposición final segunda establece que su entrada en vigor se producirá a los seis meses de la fecha de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, que tuvo lugar el 2 de junio de 2023.

Dada la envergadura del objeto, con impacto en proyectos de edificación de vivienda y de desarrollo inmobiliario teniendo en cuenta en el entorno geopolítico actual la tendencia inflacionista de los precios situada, según datos del INE, en el 5,8 % anual y con una tendencia alcista que nos conduce a un escenario de recesión económica en términos reales, aunque no técnica y formalmente, y atendidas las dificultades coyunturales del sector como consecuencia del incremento de los precios de construcción, se hace necesario acometer esta modificación reglamentaria con la finalidad de ampliar el plazo de entrada en vigor de la norma afectada de modo que los sectores afectados puedan llevar a cabo las adaptaciones necesarias para su correcta aplicación. El presente decreto se adecúa, por tanto, al principio de necesidad.

A fin de garantizar el principio de eficacia, la presente norma se configura como el instrumento adecuado para llevar a cabo los objetivos previamente descritos y contiene la regulación imprescindible para ello, en virtud del principio de proporcionalidad.

Asimismo, se ha tenido en cuenta el principio de seguridad jurídica dado que el contenido de este decreto es coherente con el resto del ordenamiento jurídico, así como el principio de eficiencia, ya que la aprobación del presente decreto no implica un aumento de las cargas administrativas o de gasto en el presupuesto consolidado de la Generalitat.

En aplicación del principio de transparencia, en el presente preámbulo se definen y justifican claramente los objetivos de este decreto. Además, se ha posibilitado la participación de las personas y entidades destinatarias mediante el correspondiente trámite de información pública, anunciado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

En virtud de cuanto antecede, cumplidos los trámites procedimentales previstos en el artículo 43 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta de la vicepresidenta segunda y consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, de acuerdo con el artículo 28.c de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, previa deliberación del Consell, en la reunión del día 21 de noviembre de 2023,

DECRETO

Artículo único. Modificación de la disposición final segunda del Decreto 80/2023, de 26 de mayo, del Consell, por el que se aprueban las normas de diseño y calidad en edificios de vivienda

Se modifica la disposición final segunda del Decreto 80/2023, de 26 de mayo, del Consell, por el que se aprueban las normas de diseño y calidad en edificios de vivienda. La nueva redacción pasa a ser la siguiente:

«Segunda. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor a los veinte meses de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.»

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Incidencia presupuestaria

La aplicación y desarrollo de este decreto no implicará aumento de gasto en el presupuesto consolidado de la Generalitat y, en todo caso, deberá ser atendido con los medios personales y materiales de la conselleria competente en materia de vivienda.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 21 de noviembre de 2023

El president de la Generalitat,

CARLOS MAZÓN GUIXOT

La vicepresidenta segunda y consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda,

SUSANA CAMARERO BENÍTEZ