Legislación

Decreto 22/2013, de 2 de mayo, que modifica el Decreto 16/2009,de 12 de marzo, por el que se regula el procedimiento deadmisión de alumnos en los centros públicos y centrosprivados concertados que imparten Educación Infantil,Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria,Bachillerato y Formación Profesional., - Boletín Oficial de Cantabria, de 10-05-2013

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Ambito: Cantabria

Órgano emisor: CONSEJO DE GOBIERNO

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 88

F. Publicación: 10/05/2013

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria Número 88 de 10/05/2013 y no contiene posibles reformas posteriores

Con fecha de 20 de marzo de 2009, se publicó, en aplicación de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, el Decreto 16/2009, de 12 de marzo, destinado a regular los procesos de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos.

La Disposición Adicional Segunda de este decreto establecía la remisión a la normativa específica únicamente en el caso de las enseñanzas especiales elementales y profesionales de Música, resultando ahora preciso extender esta previsión a otras enseñanzas especiales.

Por ello, a propuesta del consejero de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 2 de mayo de 2013.

DISPONGO

Artículo Único.- Modificación del Decreto 16/2009, de 12 de marzo, por el que se regula el procedimiento de admisión de alumnos en los Centros Públicos y Centros Privados Concertados que imparten Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.

Uno.- La Disposición Adicional Segunda queda redactada de la siguiente manera:

"Segunda. La escolarización en las enseñanzas elementales y profesionales de Música y en las enseñanzas de idiomas de régimen especial se regirá por el presente Decreto salvo en las especificidades que por la naturaleza especial de estas enseñanzas se determinen en desarrollo del mismo mediante Orden por el titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte".

Dos.- Se añade una disposición transitoria redactada de la siguiente manera:

"Única.- Lo dispuesto en el Decreto 20/2012, de 12 de abril, de Simplificación Documental en los Procedimientos Administrativos no será de aplicación a los procedimientos de admisión de alumnos regulados en el presente Decreto en tanto no se disponga en los centros docentes de los medios necesarios para su efectiva aplicación".

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única.- Queda derogado el Decreto 114/2008, de 13 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de admisión del alumnado en centros que imparten enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Cantabria y todas aquellas normas de igual o inferior rango, cuyo contenido se oponga a lo establecido en el presente Decreto.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Se faculta al titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte para dictar las disposiciones precisas de ejecución del presente Decreto.

Segunda.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 2 de mayo de 2013.

El presidente del Consejo de Gobierno,

Juan Ignacio Diego Palacios.

El consejero de Educación, Cultura y Deporte,

Miguel Ángel Serna Oliveira.

2013/6852