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DECRETO 241/2012, de 21 de noviembre, por el que se regula la inspección técnica de edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco. - Boletín Oficial del Pais Vasco de 14-12-2012

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: País Vasco

Estado: DEROGADO. Desde 06 de Septiembre de 2018

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES

Boletín: Boletín Oficial del Pais Vasco Número 241

F. Publicación: 14/12/2012


Preambulo
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Alcance. Artículo 3. Ámbito de aplicación. Artículo 4. La Inspección Técnica de Edificios (ITE). Artículo 5. Objetivos de la inspección técnica de edificios. Artículo 6. Obligación de realizar la ITE.
CAPÍTULO II. PERSONAL INSPECTOR.
Artículo 7. Personal encargado de la elaboración de la Inspección. Artículo 8. Obligaciones del personal inspector. Artículo 9. Régimen de inspección de las entidades y profesionales que realizan la labor inspectora. Artículo 10. Incumplimiento de los requisitos exigibles al personal inspector.
CAPÍTULO III. CONTENIDO Y PROCEDIMIENTO DE LA ITE.
Artículo 11. Informe-cuestionario y Dictamen de la ITE. Artículo 12. Contenido del Dictamen de la Inspección Técnica de Edificios. Artículo 13. Plazos para la presentación de la ITE. Artículo 14. Procedimiento para la realización de la ITE. Artículo 15. Edificios protegidos o catalogados.
CAPÍTULO IV. EFICACIA DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS.
Artículo 16. Obligaciones derivadas de la realización de la inspección técnica. Artículo 17. Incumplimiento de las intervenciones contenidas en la ITE.
CAPÍTULO V. REGISTRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS DELA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI.
Artículo 18. Registro de Inspección Técnica de Edificios. Artículo 19. Funciones del Registro. Artículo 20. Contenido de las anotaciones registrales. Artículo 21. Colaboración y Cooperación Institucional.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Programación general de las actuaciones sometidas a ITE. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Planificación municipal de las inspecciones técnicas de edificios. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Convenios con colegios y asociaciones profesionales. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Obligatoriedad de realizar la ITE en caso de acogerse a ayudas públicas. DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Traslado de documentación al Registro de Inspección Técnica de Edificios.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. ANEXO I. Al Decreto 241/2012, DE 21 de noviembre. Requisitos exigibles a las entidades y profesionales. ANEXO II. Al Decreto 241/2012, de 21 de noviembre. Modelo de declaración responsable. ANEXO III. Al Decreto 241/2012, de 21 de noviembre.