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DECRETO 241/2017, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Canarias. - Boletín Oficial de Canarias de 19-12-2017

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Canarias

Estado: VIGENTE. Validez desde 20 de Diciembre de 2017

Órgano emisor: CONSEJERIA DE HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 242

F. Publicación: 19/12/2017

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo Artículo único.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Cancelación de garantías mediante avales y seguros de caución.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Reglamento Orgánico de la Consejería de Hacienda, aprobado por Decreto 86/2016, de 11 de julio. D.F. 2ª. Habilitación normativa. D.F. 3ª. Entrada en vigor.
ANEXO. REGLAMENTO DE LA CAJA DE DEPÓSITOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
TÍTULO I. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito subjetivo y objetivo. Artículo 3. Modalidades de las garantías.
TÍTULO II. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y FINALIDAD DE LAS GARANTÍAS
Artículo 4. Organización administrativa. Artículo 5. Finalidad de las garantías.
TÍTULO III. GARANTÍAS
CAPÍTULO I. GARANTÍAS EN EFECTIVO
Artículo 6. Características. Artículo 7. Constitución. Artículo 8. Cancelación. Artículo 9. Incautación del efectivo. Artículo 10. Prescripción de los depósitos y de las garantías en efectivo.
CAPÍTULO II. GARANTÍAS MEDIANTE AVALES Y SEGUROS DE CAUCIÓN
Artículo 11. Características. Artículo 12. Requisitos de las entidades avalistas y de las entidades aseguradoras. Artículo 13. Constitución. Artículo 14. Incidencias. Artículo 15. Cancelación de las garantías. Artículo 16. Incautación o ejecución de las garantías. Artículo 17. Sustitución de las garantías. Artículo 18. Constitución de garantías definitivas en el ámbito de la contratación administrativa con aplicación del importe de la garantía provisional.
TÍTULO IV. DEPÓSITOS
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 19. Normativa aplicable. Artículo 20. Ingreso de los depósitos en la Caja de Depósitos y constitución.
CAPÍTULO II. MODALIDADES DE LOS DEPÓSITOS
Artículo 21. Modalidades de los depósitos. Artículo 22. Depósitos constituidos por particulares a favor de particulares. Artículo 23. Depósitos constituidos por la Administración de la Comunidad Autónoma, sus organismos autónomos y demás entes del sector público autonómico, a disposición de particulares. Artículo 24. Depósitos constituidos por particulares a disposición de la Administración de la Comunidad Autónoma, sus organismos autónomos y demás entes del sector público autonómico. Artículo 25. Depósitos constituidos por la Administración de la Comunidad Autónoma, sus organismos autónomos y demás entes del sector público autonómico a disposición de si mismos o de organismos o entes vinculados a ellos. Artículo 26. Devolución de depósitos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Informe preceptivo. D.A. 2ª. Garantías prestadas por las sociedades de garantía recíproca. D.A. 3ª. Modelos de las garantías.