DECRETO 26/2010, de 24 de junio, por el que se modifica el Decreto 86/2006, de 7 de diciembre, por el que se designa al organismo pagador y al organismo de certificacion de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agricola de Garantia (FEAGA) y por el Fondo Europeo Agricola de Desarrollo Rural (EADER) en la Comunidad Autonoma de Castilla y Leon. - Boletín Oficial de Castilla y León, de 30-06-2010
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Ambito: Castilla y León
Órgano emisor: CONSEJERIA DE ADMINISTRACION AUTONOMICA
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 124
F. Publicación: 30/06/2010
Cumpliendo con lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del FEADER, el titular de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura y Ganadería es la Autoridad de gestión del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2007-2013.
Para el ejercicio eficaz de las actividades de preparación, gestión, seguimiento, evaluación, información y control del Programa que la normativa comunitaria encomienda a la Autoridad de gestión, el mismo Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2007-2013, establece una medida denominada «Código 511 Asistencia técnica» destinada a la financiación de dichas actuaciones.
La ejecución correcta del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 20072013, requiere atribuir a la Autoridad de gestión las funciones de autorización y control de pagos en la medida «511 Asistencia técnica».
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Administración Autonómica e iniciativa de las Consejeras de Hacienda, Agricultura y Ganadería y Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 24 de junio de 2010
DISPONE:
Artículo único. Se modifica el Decreto 86/2006, de 7 de diciembre, por el que se designa al Organismo Pagador y al Organismo de Certificación de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en la Comunidad Autónoma de Castilla y León («B.O.C. y L.» n.º 237, de 12 de diciembre) en los siguientes términos:
Se añade una disposición adicional del siguiente tenor literal:
«DISPOSICIÓN ADICIONAL
Designación de la autoridad de gestión
A los efectos de lo dispuesto en los artículos 74 y 75 del Reglamento (CE) 1698/2005, la Autoridad de gestión del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León cofinanciado por el FEADER, será el titular de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura y Ganadería.
A la Autoridad de gestión le corresponde la función de autorización y control de pagos a que se refiere el artículo 3.1 a) de este decreto, en lo que respecta a la medida de asistencia técnica del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León».
Disposición Final. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 24 de junio de 2010.
El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: J uan V icente H errera c ampo
La Consejera de Administración Autonómica, Fdo.: i sabel a lonso s áncHez
