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Decreto 27/2019, de 11 de abril, de Protección y Control Ambiental Industrial en el Principado de Asturias. [Cód. 2019-03857] - Boletín Oficial del Principado de Asturias de 16-04-2019

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Asturias

Estado: VIGENTE. Validez desde 06 de Mayo de 2019

F. entrada en vigor: 06/05/2019

Órgano emisor: CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS, ORDENACION DEL TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 74

F. Publicación: 16/04/2019

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto y finalidad Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Definiciones Artículo 4. Cooperación administrativa Artículo 5. Tramitación electrónica Artículo 6. Régimen sancionador
CAPÍTULO II. Inspección Ambiental
Artículo 7. Facultades en materia de inspección ambiental Artículo 8. Principios y objetivos de la inspección Artículo 9. Planificación de las inspecciones Artículo 10. Personal inspector Artículo 11. Apoyo a la labor de inspección
CAPÍTULO III. Control Ambiental
Artículo 12. Obligaciones de carácter general Artículo 13. Obligaciones sobre control de emisiones Artículo 14. Representante ambiental Artículo 15. Obligaciones de notificación al Registro Europeo de Emisiones y Fuentes Contaminantes Artículo 16. Obligaciones específicas derivadas de la Ley de Responsabilidad Medioambiental Artículo 17. Actuaciones en caso de situaciones anómalas de funcionamiento con afección al medio ambiente
CAPÍTULO IV. Organismos de Control Ambiental
SECCIÓN 1.ª Organismos de control ambiental y su Registro
Artículo 18. Organismos de control ambiental Artículo 19. Registro de organismos de control ambiental del Principado de Asturias Artículo 20. Inscripción en el Registro de organismos de control ambiental del Principado de Asturias Artículo 21. Cancelación de la inscripción en el Registro
SECCIÓN 2.ª Actuaciones de los organismos de control ambiental
Artículo 22. Obligaciones de los organismos de control ambiental Artículo 23. Actuaciones de control de las instalaciones industriales Artículo 24. Acceso de los organismos de control ambiental a determinada información Artículo 25. Exclusividad de las actuaciones de los organismos de control ambiental Artículo 26. Disconformidad con las actuaciones de los organismos de control ambiental
SECCIÓN 3.ª Supervisión de los organismos de control ambiental
Artículo 27. Supervisión por parte de la Administración ambiental Artículo 28. Comunicación anual de los resultados de las actuaciones por parte de los organismos de control ambiental
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Autorizaciones ambientales D.T. 2ª. Representante ambiental
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa D.F. 2ª. Entrada en vigor