Legislación

Decreto 29/2021, de 1 de marzo, del Presidente del Principado de Asturias, por el que se prorrogan las medidas de prevención y control establecidas en el concejo de Corvera de Asturias, y se dejan sin efecto las establecidas en el concejo de Aller ante la evolución de la situación epidemiológica derivada de la CoVID-19., - Boletín Oficial del Principado de Asturias, de 01-03-2021

Ambito: Asturias

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Boletín: Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 40

F. Publicación: 01/03/2021

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias Número 40 de 01/03/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

Preámbulo

El real decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SArS-coV-2 establece que la autoridad competente delegada será quien ostente la presidencia de la comunidad autónoma y a ella corresponde, en el marco establecido, precisar cuestiones tales como el horario para la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, la entrada y salida del te- rritorio autonómico, el planteamiento de confinamientos perimetrales intracomunitarios o fijar medidas sobre el número de personas que pueden reunirse o los aforos para la asistencia a lugares de culto.

En este sentido, las autoridades competentes delegadas quedan habilitadas para dictar, por delegación del Gobierno de la Nación, las órdenes, resoluciones y disposiciones que fuese menester a este objeto.

Por decreto 3/2021, de 18 de enero, del Presidente del Principado de Asturias, se establecieron medidas de preven- ción y control en los concejos de Avilés, Castrillón y Corvera de Asturias, ante la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19. Así, junto con las medidas propias de limitación de actividades impuestas por la autoridad sa- nitaria, y que afectan a sectores socioeconómicos como el comercial, el hostelero o el ámbito del deporte, se fijaron otras que, por incidir en derechos fundamentales tales como la libertad deambulatoria o el derecho de reunión, se activan en el marco del estado de alarma y las facultades dispuestas en favor de la autoridad competente delegada.

Estas medidas, dispuestas por un plazo inicial de 14 días naturales, supusieron que, desde el 19 de enero de 2021, el concejo de Corvera de Asturias quedase cerrado perimetralmente, con limitación de la entrada y salida de personas en el territorio del mismo, salvo causa justificada, y la permanencia de grupos de personas se limitase a un máximo de cuatro personas o a los convivientes, en el caso de reuniones celebradas en domicilios.

Tocando a su fin el marco temporal establecido, las medidas de prevención y control han sido objeto de prórroga en dos ocasiones, la última de ellas por Decreto 22/2021, de 15 de febrero, del Presidente del Principado de Asturias, proyectando las mismas hasta las 24,00 horas del día 1 de marzo.

La situación epidemiológica en corvera de Asturias muestra que, si bien los indicadores del municipio marcan una tendencia favorable, no se cumple una de las condiciones requeridas para ser excluido del nivel 4+, esto es, tener una incidencia acumulada global a 14 días (iA14) inferior al 325 durante al menos 7 días consecutivos, o bien, que esta incidencia sea inferior a 325 habiendo tenido un descenso superior al 50% en los 7 días previos. Por lo tanto, se consi- dera necesaria la prórroga de dichas medidas hasta las 24.00h del 15 de marzo de 2021. Esta prórroga será revisable pudiendo ser modificadas las medidas adoptadas de acuerdo a la evolución epidemiológica del municipio.

La incidencia acumulada global, en Corvera de Asturias, por 100.000 habitantes ha descendido un 45% en los últimos siete días. En la tabla siguiente se muestra cuál es la evolución de dicha incidencia y de los casos absolutos en la última semana.

Corvera de Asturias IA 14 días Casos

27/02/2021 251 2

26/02/2021 270 2

25/02/2021 283 0

24/02/2021 296 2

23/02/2021 296 0

22/02/2021 347 6

21/02/2021 386 1

Por otro lado, mismas medidas, cierre perimetral y limitación del derecho de reunión, fueron acordadas en el concejo de Aller de conformidad con el decreto 9/2021, de 25 de enero, del Presidente del Principado de Asturias, por el que se establecen medidas de prevención y control en los concejos de Lena, Grado y Aller ante la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19. Aquellas, objeto de prórroga por Decreto 25/2021, de 22 de febrero, del Pre- sidente del Principado de Asturias, estarán vigentes hasta las 24,00 horas del día 9 de marzo de 2021, si bien, como dispone el apartado tercero de su artículo único, la nueva prórroga de estas medidas o su alzamiento antes del plazo establecido será acordada, en su caso, por la autoridad competente delegada, a propuesta del Consejero de Salud.

La Consejería de Salud, en fecha 1 de marzo de 2021, ha informado que el municipio de Aller cumple las condiciones previamente requeridas para la exclusión de un municipio que se encuentra en Nivel de Riesgo Extremo (4+). Por lo tanto, las medidas aplicadas de acuerdo con el anexo II de la Resolución de 18 de enero de 2021, de la Consejería de Salud, dejarán de ser efectivas desde las 00.00 del 02 de marzo de 2021.

Para Aller, como municipio de grupo 2, las condiciones de exclusión del nivel 4+ son haber estado al menos 14 días en nivel 4+ y tener una incidencia acumulada global a 14 días inferior a 325 casos durante al menos 7 días consecuti- vos y una tendencia descendente de dicha incidencia acumulada global a 14 días en los 7 últimos días, o bien, que esta incidencia sea inferior a 325 habiendo tenido un descenso superior al 50% en los 7 días previos.

El municipio de Aller se encuentra en situación de nivel 4+ desde el 27 de enero de 2021. La incidencia acumulada global por 100.000 habitantes ha descendido un 53% en los últimos siete días. En la tabla siguiente se muestra cuál es la evolución de dicha incidencia y de los casos absolutos en la última semana:

Aller IA14 Casos absolutos

27/02/2021 264 2

26/02/2021 283 1

25/02/2021 311 0

24/02/2021 368 0

23/02/2021 396 0

22/02/2021 500 1

21/02/2021 528 2

Además, para tomar la decisión en ambos concejos, se han considerado y valorado la situación epidemiológica de la Comunidad Autónoma, la situación del sistema sanitario en términos de indicadores de utilización de servicios asistenciales y la situación relativa a la existencia e identificación de puntos calientes (brotes, situaciones de riesgo, características).

En consecuencia con lo expuesto, el presente decreto aborda la prórroga de las medidas de prevención y control en el concejo de Corvera de Asturias y la desactivación de su eficacia en el concejo de Aller.

En su virtud, de conformidad con los artículos 2, 6.2 y 7.2 del real decreto 926/2020, de 25 de octubre, los artículos 6, 7 y 9 del decreto 27/2020, de 26 de octubre, del Presidente del Principado de Asturias, y la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Salud,

D ISPONGO

Artículo 1.? Prórroga de las medidas de prevención y control adoptadas en virtud de Decreto 3/2021, de 18 de enero, del Presidente del Principado de Asturias, en el concejo de Corvera de Asturias ante la evolución de la situación epidemiológica derivada de la CoVID-19.

1. Las medidas de prevención y control establecidas para el concejo de Corvera de Asturias en los artículos 1 y 2 del decreto 3/2021, de 18 de enero, del Presidente del Principado de Asturias, quedan prorrogadas desde las 00,00 horas del día 2 de marzo de 2021 hasta las 24,00 horas del día 15 de marzo de 2021.

2. Las excepciones a las limitaciones establecidas en el apartado anterior se mantendrán sin cambios.

3. La nueva prórroga de estas medidas o su alzamiento antes del plazo establecido será acordada, en su caso, por la autoridad competente delegada, a propuesta del Consejero de Salud.

Artículo 2.? Alzamiento de las medidas de prevención y control establecidas en el concejo de Aller.

Las medidas de prevención y control establecidas para el concejo de Aller, en los artículos 1 y 3 del Decreto 9/2021, de 25 de enero, del Presidente del Principado de Asturias, quedarán sin efectos desde las 00,00 horas del día 2 de marzo de 2021.

Disposición final primera. Régimen de recursos

contra este decreto se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

Disposición final segunda. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Dado en Oviedo, a 1 de marzo de 2021.? El Presidente del Principado de Asturias (por delegación del Gobierno de la Nación, r.d. 926/2020, de 25 de octubre ? BOE de 25 de octubre de 2020? ), Adrián Barbón rodríguez.? cód. 2021- 02131.