DECRETO 35/2019, de 12 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 101/2007, de 18 de octubre, por el que se crea y regula la Comisión General de Coordinación Territorial., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 16-09-2019
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Ambito: Castilla y León
Órgano emisor: CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 178
F. Publicación: 16/09/2019
La reorganización departamental de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, efectuada por el Decreto 2/2019, de 16 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, ha venido a establecer el necesario ajuste de las estructuras administrativas para el ejercicio de las políticas públicas.
En este contexto, con el objetivo fijado en lograr un nivel óptimo en la coordinación de la acción de gobierno, procede adaptar la composición de la Comisión General de Coordinación Territorial, establecida en el Decreto 101/2007, de 18 de octubre, para adecuarla a la actual organización administrativa.
El Decreto 2/2019, de 16 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, y el Decreto 19/2019, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, atribuyen a la Consejería de la Presidencia la dirección política y coordinación de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 12 de septiembre de 2019
DISPONE
Artículo único. Modificación del Decreto 101/2007, de 18 de octubre, por el que se crea y regula la Comisión General de Coordinación Territorial.
Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo 1, que queda redactado como sigue:
«2. La Comisión General de Coordinación Territorial estará adscrita a la consejería que tenga atribuida la dirección política y coordinación de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.»
Dos. Se modifica el artículo 3, que queda redactado como sigue:
«Artículo 3. Composición.
1. La Comisión General de Coordinación Territorial tendrá la siguiente composición:
a) El titular de la consejería que tenga atribuida la dirección política y coordinación de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, que ejercerá la presidencia.
b) Los secretarios generales de todas las consejerías.
c) Los delegados territoriales de la Junta de Castilla y León.
2. Será secretario de la comisión el titular de la secretaría general de la consejería a la que corresponda la presidencia el cual, en calidad de secretario, actuará con voz pero sin voto, sin perjuicio de su condición de miembro de la comisión como secretario general.
3. A las reuniones de la Comisión General de Coordinación Territorial podrán asistir los miembros de la Junta de Castilla y León, así como otros altos cargos cuando así lo acuerde la presidencia de la Comisión, para informar de asuntos directamente relacionados con el sector funcional de la actividad administrativa que corresponda a cada departamento y que deban ser sometidos a deliberación o conocimiento de este órgano.
4. Asimismo, podrán asistir a dichas reuniones, previo requerimiento de su presidente, los funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León o expertos, limitándose su presencia al tiempo en que hayan de informar.»
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Derogación normativa.
Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo establecido en este decreto.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor.
Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid
2019-09-12
El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco
El Consejero de la Presidencia, Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando
