DECRETO 35/2021, de 30 de diciembre, por el que regulan las dietas y gratificaciones a percibir por el personal que preste sus servicios en las elecciones a las Cortes de Castilla y León de 2022. - Boletín Oficial de Castilla y León de 31-12-2021
Índice
Texto
Ambito: Castilla y León
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022
F. entrada en vigor: 01/01/2022
Órgano emisor: CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 252
F. Publicación: 31/12/2021
Artículo 1. Miembros de la Junta Electoral de Castilla y León.
Artículo 2. Miembros de las Juntas Electorales Provinciales.
Artículo 3. Miembros de las Juntas Electorales de Zona.
Artículo 4. Efectividad de las gratificaciones de los miembros de las Juntas Electorales.
Artículo 5. Indemnizaciones.
Artículo 6. Servicios extraordinarios prestados por personal colaborador de las Juntas Electorales.
Artículo 7. Titulares de Juzgados de Primera Instancia y Jueces de Paz.
Artículo 8. Secretarios de los Ayuntamientos.
Artículo 9. Personal al servicio de Ayuntamientos.
Artículo 10. Miembros de mesa.
Artículo 11. Cobertura de los riesgos por participación de los Presidentes, Vocales y sus suplentes en las Mesas electorales.
Artículo 12. Administración responsable de las gratificaciones e indemnizaciones.
Artículo 13. Representantes de la Administración.
Artículo 14. Servicios extraordinarios prestados por miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Artículo 15. Personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 16. Personal al servicio de otras administraciones.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo normativo.
D.F. 2ª. Entrada en vigor.