Legislación
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Decreto 37/2012, de 13 de julio, por el que se regulan el registro, las comunicaciones electrónicas y la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sus organismos públicos. - Boletín Oficial de Cantabria de 20-07-2012

Tiempo de lectura: 11 min

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Ambito: Cantabria

Estado: VIGENTE. Validez desde 17 de Marzo de 2017

F. entrada en vigor: 21/07/2012

Órgano emisor: CONSEJO DE GOBIERNO

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 141

F. Publicación: 20/07/2012


Preambulo
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Acceso al registro. Artículo 4. Definiciones. Artículo 5. Garantías.
CAPÍTULO II. OFICINAS DE REGISTRO.
Artículo 6. Lugares de presentación. Artículo 7. Oficinas de registro. Artículo 8. Registro General. Artículo 9. Registros Auxiliares y Delegados. Artículo 10. Registro Electrónico Común. Artículo 11. Funciones de las oficinas de registro. Artículo 12. Días y horarios de funcionamiento de las oficinas de registro. Artículo 13. Procedimiento para la creación de un Registro Delegado. Artículo 14. Procedimiento para la actualización y supresión de los registros ya existentes.
CAPÍTULO III. FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO.
Artículo 15. Sistema de registro único. Artículo 16. Documentos registrables. Artículo 17. Modelos normalizados de solicitud. Artículo 18. Características de los asientos. Artículo 19. Efectos de la presentación.
CAPÍTULO IV. TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACIÓN.
Artículo 20. Validación de documentos. Artículo 21. Modelo de sello de registro de entrada o salida. Artículo 22. Recibo justificativo de registro. Artículo 23. Sellado de la documentación complementaria. Artículo 24. Modelo de sello de documentación complementaria. Artículo 25. Aportación de copias compulsadas al procedimiento. Artículo 26. Modelo de sello de compulsa. Artículo 27. Aportación de documentos originales al procedimiento. Artículo 28. Modelo de sello de copias de documentos originales. Artículo 29. Copias auténticas. Artículo 30. Modelo de sello de copias auténticas.
CAPÍTULO V. ASPECTOS ESPECÍFICOS DEL REGISTRO ELECTRÓNICO COMÚN.
Artículo 31. Acceso al Registro Electrónico Común. Artículo 32. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Artículo 33. Solicitudes, escritos o comunicaciones que pueden ser rechazados en el Regis­tro Electrónico Común. Artículo 34. Sistemas de identificación y autenticación. Artículo 35. Habilitación para la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Artículo 36. Identificación y autenticación de los ciudadanos por los empleados públicos. Artículo 37. Recepción. Artículo 38. Cómputo de plazos. Artículo 39. Copias electrónicas compulsadas de documentos en soporte papel realizadas en las oficinas de registro. Artículo 40. Copias electrónicas aportadas por los interesados. Artículo 41. Copias electrónicas de los documentos electrónicos realizadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sus organismos públicos vinculados o dependientes. Artículo 42. Copias en papel de los documentos públicos administrativos electrónicos realizadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sus organismos públicos vinculados o dependientes. Artículo 43. Acceso, archivo y custodia de los documentos.
CAPÍTULO VI. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS.
Artículo 44. Comunicaciones electrónicas. Artículo 45. Notificaciones electrónicas.
CAPÍTULO VII. LA SEDE ELECTRÓNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.
Artículo 46. Creación y características de la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 47. Contenidos y servicios de la sede electrónica. Artículo 48. Sedes electrónicas derivadas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Procedimientos especiales. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Modelos de solicitud. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Modelos de sellos de las oficinas de registro. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Oficinas de registro de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Sedes Electrónicas creadas con anterioridad a este Decreto.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.