Decreto Foral 40/2014, del Consejo de Diputados de 1 de agosto, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. - Boletín Oficial de Álava de 08-08-2014
Índice
Texto
Ambito: Álava
Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Mayo de 2024
F. entrada en vigor: 09/08/2014
Órgano emisor: DECRETOS FORALES DEL CONSEJO DE DIPUTADOS
Boletín: Boletín Oficial de Álava Número 89
F. Publicación: 08/08/2014
TÍTULO I. RÉGIMEN ESPECIAL PARA TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DESPLAZADAS
Artículo 1. Contenido del régimen especial para trabajadores y trabajadoras desplazadas
Artículo 2. Acreditación del derecho a aplicar el régimen especial para trabajadores y trabajadoras desplazadas
Artículo 3. Ejercicio de la opción
Artículo 4. Renuncia al régimen
Artículo 5. Exclusión del régimen
Artículo 6. Comunicaciones a la Administración tributaria y acreditación del régimen
TÍTULO II. RENTAS EXENTAS
Artículo 7. Indemnizaciones por despido o cese del trabajador
Artículo 8. Exención de premios relevantes relacionados con la defensa y promoción de los derechos humanos, literarios, artísticos o científicos
Artículo 8 bis. Exención de prestaciones que responden a la misma finalidad que las citadas en el número 12 del artículo 9 de la Norma Foral.
Artículo 9. Exención de las ayudas de contenido económico a los deportistas
Artículo 10. Exención de las gratificaciones extraordinarias y las prestaciones de carácter público percibidas por la participación en misiones internacionales de paz o humanitarias
Artículo 11. Exención para los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados en el extranjero
Artículo 12. Exención de ayudas públicas prestadas por las Administraciones públicas territoriales
TÍTULO III. DETERMINACIÓN DE LA RENTA
CAPÍTULO I. RENDIMIENTOS DEL TRABAJO
Artículo 13. Dietas y asignaciones para gastos de locomoción y gastos normales de manutención y estancia
Artículo 14. Rendimientos del trabajo obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, rendimientos percibidos de forma fraccionada y determinación del período de generación
Artículo 15. Porcentajes de integración aplicables a determinados rendimientos del trabajo
Artículo 16. Límite de rendimientos irregulares
Artículo 17. Opciones sobre acciones: límite específico de aplicación de porcentajes de integración
CAPÍTULO II. RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
SECCIÓN Primera. Normas Generales
Artículo 18. Elementos patrimoniales afectos a una actividad económica
Artículo 19. Libertad de amortización, amortización acelerada y amortización conjunta
Artículo 20. Volumen de operaciones
Artículo 21. Cálculo de las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto en la transmisión de elementos patrimoniales afectos a actividades económicas
Artículo 22. Reinversión de beneficios extraordinarios
Artículo 23. Consideración de microempresas y de pequeñas y medianas empresas de las entidades en atribución de rentas
Artículo 24. Rendimientos de actividades económicas obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo y rendimientos percibidos de forma fraccionada
Artículo 25. Deducibilidad de los gastos financieros correspondientes a vehículos
Artículo 26. Gastos no deducibles
Artículo 27. Métodos de determinación de los rendimientos de las actividades económicas
SECCIÓN Segunda. Aplicación de la modalidad simplificada del método de estimación directa
Artículo 28. Normas generales de la modalidad simplificada del método de estimación directa
Artículo 29. Opción a la modalidad simplificada del método de estimación directa
Artículo 30. Entidades en régimen de atribución
Artículo 31. Incompatibilidad de las modalidades simplificada y normal del método de estimación directa
Artículo 32. Reglas especiales para la determinación del rendimiento neto mediante la modalidad simplificada del método de estimación directa para la actividad forestal
Artículo 33. Normas para la determinación del rendimiento neto en la modalidad simplificada del método de estimación directa aplicable a la actividad de elaboradores de vino y a las actividades agrícolas, ganaderas o pesqueras
Artículo 34. Reglas especiales para la determinación del rendimiento neto mediante la modalidad simplificada del método de estimación directa aplicable a las actividades de transporte de mercancías por carretera
CAPÍTULO III. RENDIMIENTOS DEL CAPITAL
SECCIÓN Primera. Rendimientos del capital inmobiliario
Artículo 35. Consideración de rendimiento del capital inmobiliario procedente de viviendas
Artículo 36. Gastos deducibles de los rendimientos del capital inmobiliario a que se refiere el apartado 2 del artículo 32 de la Norma Foral del Impuesto
Artículo 37. Gastos de amortización de los bienes inmuebles
Artículo 38. Rendimientos del capital inmobiliario a que se refiere el apartado 2 del artículo 32 de la Norma Foral del Impuesto obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, rendimientos percibidos de forma fraccionada y determinación del período de generación
SECCIÓN Segunda. Rendimientos del capital mobiliario
Artículo 38 bis. Rendimientos de capital mobiliario obtenidos por la cesión a terceros de capitales ajenos obtenidos a título gratuito
Artículo 39. Disposición parcial en contratos de seguro
Artículo 40. Tributación de la rentabilidad obtenida hasta el momento de la constitución de las rentas diferidas
Artículo 41. Requisitos exigibles a determinados contratos de seguro con prestaciones por jubilación e invalidez percibidas en forma de renta a que se refiere el segundo párrafo de la letra d) del apartado 1 del artículo 36 de la Norma Foral del Impuesto
Artículo 42. Gastos deducibles en determinados rendimientos del capital mobiliario
Artículo 43. Rendimientos del capital mobiliario a que se refiere el artículo 39 de la Norma Foral del Impuesto obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, rendimientos percibidos de forma fraccionada y determinación del período de generación
CAPÍTULO IV. GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES
Artículo 44. Determinación del valor de adquisición
Artículo 45. Régimen opcional de tributación para las ganancias patrimoniales derivadas de valores admitidos a negociación.
Artículo 46. Exención por reinversión en vivienda habitual
Artículo 46 bis. Exención en la transmisión de elementos patrimoniales por contribuyentes mayores de 65 años que constituyan renta vitalicia asegurada a su favor.
Artículo 47. Acreditación del número de socios, patrimonio y porcentaje máximo de participación en instituciones de inversión colectiva
CAPÍTULO V. VALORES O PARTICIPACIONES HOMOGÉNEOS
Artículo 48. Concepto de valores o participaciones homogéneos
CAPÍTULO VI. IMPUTACIÓN TEMPORAL
Artículo 49. Imputación temporal de rendimientos
CAPÍTULO VII. RENTAS EN ESPECIE
Artículo 50. Gastos por comedores de empresa que no constituyen retribución en especie
Artículo 51. Cantidades destinadas al servicio de primer ciclo de educación infantil a hijos de trabajadores
Artículo 52. Cantidades destinadas a la actualización, la capacitación y reciclaje del personal
Artículo 53. Derechos de fundadores o promotores de sociedades
Artículo 54. Cantidades destinadas para habituar al personal empleado en la utilización de nuevas tecnologías
Artículo 55. Primas de seguro colectivo temporal de riesgo puro para muerte o invalidez
CAPÍTULO VIII. ATRIBUCIÓN DE RENTAS
Artículo 55 bis. Entidades no sometidas al régimen de atribución de rentas
Artículo 55 ter. Rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales e imputaciones de rentas correspondientes a las herencias que se hallen pendientes del ejercicio de un poder testatorio o del ejercicio de un usufructo poderoso
TÍTULO IV. BASE LIQUIDABLE GENERAL
Artículo 56. Situación de jubilación
Artículo 57. Planes de previsión asegurados
Artículo 58. Plazo de presentación de las autoliquidaciones complementarias en la disposición de derechos consolidados de sistemas de previsión social
Artículo 59. Tratamiento fiscal de los excesos de aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social que no han sido objeto de reducción
TÍTULO V. DEDUCCIONES DE LA CUOTA
CAPÍTULO I. DEDUCCIÓN POR DISCAPACIDAD O DEPENDENCIA
Artículo 60. Acreditación del grado de discapacidad o dependencia
CAPÍTULO II. DEDUCCIÓN POR ADQUISICIÓN DE VIVIENDA HABITUAL
Artículo 61. Concepto de vivienda habitual
Artículo 62. Adquisición de vivienda habitual
Artículo 63. Cuentas vivienda
Artículo 64. Deducción por adquisición de vivienda habitual y exención por reinversión
Artículo 65. Obligación de satisfacer cantidades destinadas a la vivienda familiar por decisión judicial
CAPÍTULO III. OTRAS DEDUCCIONES
Artículo 66. Deducción por inversiones y por otras actividades
Artículo 66 bis. Deducción por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas vinculadas con la economía plateada
TÍTULO VI. GESTIÓN DEL IMPUESTO
CAPÍTULO I. AUTOLIQUIDACIONES
Artículo 67. Obligación de autoliquidar
Artículo 68. Exclusión de la obligación de autoliquidar
Artículo 69. Supuestos especiales de la obligación de autoliquidar
Artículo 70. Propuestas de autoliquidación
Artículo 71. Autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria
Artículo 72. Fraccionamiento de la cuota diferencial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 73. Devoluciones de oficio
Artículo 74. Rectificación del ejercicio de opciones
TÍTULO VII. PAGOS A CUENTA
CAPÍTULO I. RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA. NORMAS GENERALES
Artículo 75. Ámbito de aplicación
Artículo 76. Obligación de practicar retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Artículo 77. Rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta
Artículo 78. Excepciones a la obligación de practicar retención o ingreso a cuenta
Artículo 79. Obligados a retener o ingresar a cuenta
Artículo 80. Importe de la retención o ingreso a cuenta
Artículo 81. Nacimiento de la obligación de retener o ingresar a cuenta
Artículo 82. Imputación temporal de las retenciones o ingresos a cuenta
CAPÍTULO II. CÁLCULO DE LAS RETENCIONES
SECCIÓN Primera. Rendimientos del trabajo
Artículo 83. Importe de las retenciones sobre rendimientos del trabajo
Artículo 84. Tabla de porcentajes de retención y reglas para su aplicación
Artículo 85. Comunicación de datos del perceptor de rentas del trabajo a su pagador
Artículo 86. Procedimiento especial para determinar las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos del trabajo en el supuesto de cambio de residencia
SECCIÓN Segunda. Rendimientos del capital mobiliario
Artículo 87. Importe de las retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario
Artículo 88. Concepto y clasificación de activos financieros
Artículo 89. Requisitos fiscales para la transmisión, reembolso y amortización de activos financieros
Artículo 90. Base de retención sobre los rendimientos del capital mobiliario
Artículo 91. Nacimiento de la obligación de retener y de ingresar a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario
SECCIÓN Tercera. Rendimientos de actividades económicas
Artículo 92. Importe de las retenciones sobre rendimientos de actividades económicas
SECCIÓN Cuarta. Ganancias patrimoniales
Artículo 93. Importe de las retenciones sobre ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva
Artículo 94. Base de retención sobre las ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva
Artículo 95. Nacimiento de la obligación de retener
Artículo 95 bis. Importe de las retenciones sobre ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones de derechos de suscripción
Artículo 96. Importe de las retenciones sobre los premios
SECCIÓN Quinta. Otras rentas
Artículo 97. Importe de las retenciones sobre arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles
Artículo 98. Importe de las retenciones sobre otras rentas
CAPÍTULO III. INGRESOS A CUENTA
Artículo 99. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie del trabajo
Artículo 100. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie del capital mobiliario
Artículo 101. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie de actividades económicas
Artículo 101 bis. Ingresos a cuenta sobre ganancias patrimoniales en especie derivadas de la transmisión de derechos de suscripción
Artículo 102. Ingresos a cuenta sobre premios
Artículo 103. Ingreso a cuenta sobre otras rentas
CAPÍTULO IV. OBLIGACIONES DEL RETENEDOR, DEL OBLIGADO A INGRESAR A CUENTA Y DEL RETENIDO
Artículo 104. Obligaciones formales del retenedor y del obligado a ingresar a cuenta
CAPÍTULO V. PAGOS FRACCIONADOS
Artículo 105. Obligados al pago fraccionado
Artículo 106. Importe de los pagos fraccionados
Artículo 106 bis. Importe de los pagos fraccionados bimensuales
Artículo 107. Declaración e ingreso
Artículo 107 bis. Declaración e ingreso de los pagos fraccionados bimensuales
Artículo 108. Entidades en régimen de atribución de rentas
TÍTULO VIII. OBLIGACIONES FORMALES, CONTABLES Y REGISTRALES
CAPÍTULO I. OBLIGACIONES FORMALES DE LOS CONTRIBUYENTES
Artículo 109. Obligaciones formales en general
CAPÍTULO II. OBLIGACIONES CONTABLES Y REGISTRALES
Artículo 110. Obligaciones de los contribuyentes que ejerzan actividades económicas
Artículo 111. Obligaciones de los contribuyentes acogidos a la modalidad simplificada del método de estimación directa o cuya actividad económica no tenga carácter mercantil
Artículo 112. Obligaciones de los contribuyentes que ejerzan actividades profesionales
CAPÍTULO III. NORMAS ESPECÍFICAS
Artículo 113. Entidades en régimen de atribución de rentas y herencias que se hallen pendientes del ejercicio de un poder testatorio o del ejercicio de un usufructo poderoso
Artículo 114. Excepción a la obligación de llevar libros registro
CAPÍTULO IV. FORMA DE LLEVANZA DE LIBROS REGISTRO
Artículo 115. Llevanza con medios informáticos
Artículo 116. Anotaciones en los libros
Artículo 117. Plazo para las anotaciones registrales
Artículo 118. Actividades independientes
Artículo 119. Compatibilidad con otros libros
CAPÍTULO V. FORMA DE DILIGENCIADO DE LIBROS REGISTRO
Artículo 120. Cumplimiento del deber de diligenciado
Artículo 121. Comunicación de datos
Artículo 122. Lugar de comunicación de datos
CAPÍTULO VI. OTRAS OBLIGACIONES FORMALES DE INFORMACIÓN
Artículo 123. Otras obligaciones formales de información
Artículo 124. Obligaciones de información de las entidades en régimen de atribución de rentas
Artículo 125. Obligaciones de información de los contribuyentes que sean titulares de patrimonios protegidos
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Parejas de hecho.
D.A. 2ª. Participaciones en fondos de inversión cotizados y acciones de sociedades de inversión de capital variable índice cotizadas.
D.A. 3ª. Movilización entre planes individuales de ahorro sistemático.
D.A. 4ª. Renta del ahorro y rendimientos obtenidos por la cesión a entidades vinculadas de capitales propios.
D.A. 5ª. Tipos de retención e ingresos a cuenta aplicables en 2015 sobre las ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos en acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva y sobre arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles.
D.A. 6ª. Tipos de retención e ingreso a cuenta aplicables en 2015.
D.A. 7ª. Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de actividades profesionales.
D.A. 8ª. Régimen de las herencias que se hallen pendientes del ejercicio de un poder testatorio o del ejercicio de un usufructo poderoso.
D.A. 9ª. Movilización entre Planes de Ahorro a Largo Plazo.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Ganancias patrimoniales derivadas de elementos adquiridos con anterioridad a 31 de diciembre de 1994 y que hubieran estado afectos a una actividad económica.
D.T. 2ª. Régimen transitorio de las modificaciones introducidas en materia de retenciones sobre los rendimientos del capital mobiliario y sobre ganancias patrimoniales.
D.T. 3ª. Compensación fiscal aplicable a los contratos individuales de vida o invalidez.
D.T. 4ª. Opción por la modalidad simplificada del método de estimación directa aplicable a las actividades de transporte de mercancías por carretera.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. 1ª. Derogación.
D.DT. 2ª. Vigencia de otras normas reglamentarias.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Entrada en vigor.
D.F. 2ª. Remisiones normativas.
D.F. 3ª. Desarrollo.