Decreto 45/2020, de 9 de julio, por el que se modifica el artículo 1 de los Estatutos de la Sociedad Mercantil Pública Medio Ambiente, Agua, Residuos y Energía de Cantabria, S.A., M.P. (MARE, S.A., M.P.) y se refunde su contenido en un solo texto., - Boletín Oficial de Cantabria, de 17-07-2020
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Ambito: Cantabria
Órgano emisor: CONSEJO DE GOBIERNO
Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 137
F. Publicación: 17/07/2020
Vista la propuesta de modificación de estatutos de la empresa pública MARE, S.A, con el fin de que se establezca su condición de medio propio personificado y servicio técnico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. De conformidad con lo establecido en la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 157.1 de la Ley de Cantabria 3/2006, de 18 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Cantabria; vistos los informes previos emitidos y a propuesta del consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 9 de julio de 2020,
DISPONGO
Artículo Único.
Se modifica el artículo 1 de los estatutos de la SOCIEDAD MERCANTIL PÚBLICA MEDIO AMBIENTE, AGUA, RESIDUOS Y ENERGÍA DE CANTABRIA, S. A., M.P. (MARE, S. A., M.P.), los cuales pasarán a tener el Texto Refundido del Anexo.
Disposición Final Primera.
Se faculta al consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.
Disposición Final Segunda.
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
Santander, 10 de julio de 2020.
El presidente del Consejo de Gobierno,
Miguel Ángel Revilla Roiz.
El consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente,
Juan Guillermo Blanco Gómez.
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