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DECRETO 46/2020, de 24 de marzo, de regulación de los procedimientos de aprobación de los planes de ordenación del territorio y de los instrumentos de ordenación urbanística. - Boletín Oficial del Pais Vasco de 31-03-2020

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: País Vasco

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Abril de 2020

F. entrada en vigor: 01/04/2020

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACION TERRITORIAL Y VIVIENDA

Boletín: Boletín Oficial del Pais Vasco Número 63

F. Publicación: 31/03/2020

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto. Artículo 2.- Principios generales. Artículo 3.- Participación ciudadana en la tramitación del planeamiento territorial y urbanístico. Artículo 4.- Administración electrónica. Artículo 5.- Trámite de información pública en el procedimiento de aprobación del planeamiento territorial y urbanístico. Artículo 6.- Sometimiento del planeamiento territorial y urbanístico al procedimiento de evaluación ambiental estratégica. Artículo 7.- Publicidad de la aprobación definitiva del planeamiento territorial y urbanístico. Artículo 8.- No aprobación de un plan sin la previa declaración ambiental estratégica o, en su caso, la emisión del informe ambiental estratégico.
CAPÍTULO II. PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL
SECCIÓN PRIMERA. ELABORACIÓN Y APROBACIÓN
Artículo 9.- Inicio del procedimiento de aprobación de las Directrices de Ordenación Territorial. Artículo 10.- El avance de las directrices de ordenación territorial. Artículo 11.- La aprobación inicial de las directrices de ordenación territorial. Artículo 12.- Las aprobaciones provisional y definitiva de las directrices de ordenación territorial. Artículo 13.- Iniciativa en el procedimiento de aprobación de los planes territoriales parciales. Artículo 14.- El avance del plan territorial parcial. Artículo 15.- La aprobación inicial del plan territorial parcial. Artículo 16.- Las aprobaciones provisional y definitiva del plan territorial parcial. Artículo 17.- Procedimiento de aprobación de planes territoriales sectoriales.
SECCIÓN SEGUNDA. MODIFICACIONES
Artículo 18. - Modificaciones sustanciales y no sustanciales. Pronunciamiento previo. Artículo 19.- Inicio del procedimiento de modificación no sustancial de las Directrices de Ordenación Territorial. Artículo 20.- Procedimiento de modificación no sustancial de las directrices de ordenación territorial sometida a evaluación ambiental estratégica ordinaria. Artículo 21.- Procedimiento de modificación no sustancial de las directrices de ordenación territorial sometido a evaluación ambiental estratégica simplificada. Artículo 22.- Procedimiento de modificación no sustancial de los planes territoriales parciales sometidos a evaluación ambiental estratégica ordinaria. Artículo 23.- Procedimiento de modificación no sustancial de los planes territoriales parciales sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada. Artículo 24.- Procedimiento de modificación no sustancial de los planes territoriales sectoriales sometidos a evaluación ambiental estratégica ordinaria. Artículo 25.- Procedimiento de modificación no sustancial de los planes territoriales sectoriales sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada.
CAPÍTULO III. PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS PLANES DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA Y OTROS INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO
SECCIÓN PRIMERA. ELABORACIÓN Y APROBACIÓN
Artículo 26.- Formulación e inicio del procedimiento de aprobación del plan general de ordenación urbana y de su avance. Artículo 27.- Aprobación inicial del plan general de ordenación urbana. Artículo 28.- Aprobación provisional del plan general de ordenación urbana. Artículo 29.- Aprobación definitiva del plan general de ordenación urbana. Artículo 30.- Procedimiento de formulación y tramitación de planes de compatibilización y planes de sectorización. Artículo 31.- Procedimiento para la formulación y tramitación de los planes parciales. Artículo 32.- Procedimiento de formulación y aprobación de los planes especiales. Artículo 33.- Otros instrumentos de ordenación urbanística.
SECCIÓN SEGUNDA. REVISIÓN Y MODIFICACIÓN
Artículo 34. - Alteración del contenido de los planes urbanísticos. Revisión y modificación. Artículo 35.- Modificación de la ordenación urbanística estructural y pormenorizada. Artículo 36. - Revisiones y modificaciones de planeamiento. Documentación. Integración de las modificaciones en el procedimiento de evaluación ambiental estratégica.
SECCIÓN TERCERA. SILENCIO ADMINISTRATIVO
Artículo 37.- Silencio administrativo en la aprobación de planeamiento.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única.- Entrada en vigor.