Decreto 49/2000, de 29 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la autorización y registro para la actividad de gestión para las operaciones de valorización o eliminación de residuos no peligrosos, y se crean los registros para otras actividades de gestión de residuos no peligrosos distintas de las anteriores, y para el transporte de residuos peligrosos. - Boletín Oficial de Aragón de 17-03-2000
Índice
Texto
Ambito: Aragón
Estado: DEROGADO. Desde 09 de Agosto de 2008
F. entrada en vigor: 18/03/2000
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 33
F. Publicación: 17/03/2000
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Definiciones.
CAPÍTULO II. DE LA GESTIÓN PARA LA VALORIZACIÓN O ELIMINACIÓN DE RESIDUOS NO PELIGROSOS.
Artículo 4. Régimen de autorizaciones y Registro.
Artículo 5. Tramitación de las autorizaciones.
Artículo 6. Prestación de garantía.
Artículo 6 bis. Contenido mínimo de las autorizaciones.
CAPÍTULO III. DE LA AUTORIZACIÓN Y REGISTRO PARA LAS ACTIVIDADES DE GESTIÓN DE RESIDUOS NO PELIGROSOS DISTINTAS DE LA VALORIZACIÓN O ELIMINACIÓN, Y DEL REGISTRO PARA EL TRANSPORTE DE RESIDUOS PELIGROSOS.
Artículo 7. Registro para las Actividades de gestión de residuos no peligrosos distintas de la valorización o eliminación.
Artículo 8. Registro para el transporte de residuos peligrosos.
Artículo 9. Tramitación de las solicitudes de inscripción en los Registros.
Artículo 10. Libro de control de la gestión de residuos.
Artículo 11. Deber de información y mantenimiento de los Registros.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL UNICA. Residuos generados en pequeñas cantidades.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL UNICA. Entrada en vigor.