DECRETO 59/2013, de 14 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia, en materia de ejecución y explotación de infraestructuras hidráulicas. - Diario Oficial de Galicia de 16-04-2013
Índice
Texto
Ambito: Galicia
Estado: VIGENTE. Validez desde 26 de Octubre de 2017
Órgano emisor: CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 73
F. Publicación: 16/04/2013
Preambulo
CAPÍTULO I. Normas generales
Artículo 1. Objeto y ámbito
Artículo 2. Principios generales
CAPÍTULO II. Colaboración técnica y financiera con las entidades locales
Artículo 3. Actuaciones objeto de colaboración
Artículo 4. Exclusiones
Artículo 5. Administración actuante
Artículo 6. Cuantía de la colaboración financiera
Artículo 7. Solicitud de colaboración
Artículo 8. Tramitación de las solicitudes
Artículo 9. Información pública
Artículo 10. Obligaciones complementarias de las entidades locales y aprobación definitiva del documento técnico
Artículo 11. Cesión de las instalaciones
CAPÍTULO III. Procedimiento de aprobación de las obras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma de Galicia
Artículo 12. Procedimiento aplicable a las obras declaradas de interés de la Comunidad Autónoma de Galicia
Artículo 13. Procedimiento aplicable para la declaración de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma de Galicia no declaradas como tales en la planificación
CAPÍTULO IV. Condiciones en las que las entidades locales podrán solicitar de Augas de Galicia la asunción de la prestación de los servicios que lleven a cabo en materia de depuración de aguas residuales urbanas
Artículo 14. Instalaciones objeto de explotación e inicio de la aplicación del sistema
Artículo 15. Condiciones administrativas y tributarias que deberán reunir las entidades locales a los efectos de presentar la solicitud de explotación
Artículo 16. Forma y contenido de la solicitud de explotación
Artículo 17. Acuerdo
Artículo 18. Formalización de convenio
Artículo 19. Administración actuante
CAPÍTULO V. Régimen de asunción por parte de Augas de Galicia de las funciones de gestión y explotación de las infraestructuras de aducción y depuración en los supuestos excepcionales previstos en el artículo 27.6 de la Ley 9/2010
Artículo 20. Supuestos de asunción
Artículo 21. Condiciones en las que se producirá la asunción
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª
D.A. 2ª
D.A. 3ª
D.A. 4ª
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª
D.T. 2ª
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª
D.F. 2ª
ANEXO I. SOLICITUD. COLABORACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS
ANEXO II. SOLICITUD. ASUNCIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DE INSTALACIONES DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES URBANAS
ANEXO III. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA DE LAS INSTALACIONES DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES URBANAS (ARTÍCULO 16.2.H)
ANEXO IV. EVALUACIÓN DEL ESTADO DE LA PLANTA (ARTÍCULO 16.3)
ANEXO V. INFORME DIAGNÓSTICO DE LA RED DE SANEAMIENTO (ARTÍCULO 16.3)