Legislación
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Decreto 71/2014, de 24/07/2014, por el que se regula el Plan de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016 de Castilla-La Mancha. [2014/9883] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 29-07-2014

Tiempo de lectura: 14 min

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Ambito: Castilla-La Mancha

Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Julio de 2016

Órgano emisor: CONSEJERIA DE FOMENTO

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 144

F. Publicación: 29/07/2014


Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y régimen jurídico. Artículo 2. Actuaciones subvencionables. Programas del Plan. Artículo 3. Gestión de las ayudas del Plan. Artículo 4. Colaboración Público-Privada. Artículo 5. Financiación del Plan. Artículo 6. Beneficiarios. Artículo 7. Entidades colaboradoras.
CAPÍTULO II. Programa de ayudas al arrendamiento de vivienda
SECCIÓN 1ª. Disposiciones generales
Artículo 8. Objeto del Programa. Artículo 9. Beneficiarios. Artículo 10. Cuantía, duración y acceso a las ayudas. Artículo 11. Efectos de la solicitud. Artículo 12. Condiciones para la percepción de la ayuda al arrendamiento de vivienda. Artículo 13. Acreditación y verificación de las condiciones exigidas.
SECCIÓN 2ª. Procedimiento para la concesión, justificación y pago de las ayudas y sus prórrogas
Artículo 14. Solicitud de ayuda. Artículo 15. Subsanación de las solicitudes. Artículo 16. Procedimiento. Instrucción y valoración. Artículo 17. Resoluciones de concesión de ayudas. Artículo 18. Justificación de las ayudas. Artículo 19. Abono de la ayuda. Artículo 20. Responsabilidades. Artículo 21. Incumplimiento y reintegro de las ayudas.
CAPÍTULO III. Programa de Fomento del Parque público de vivienda de protección pública de alquiler
Artículo 22. Objeto del Programa. Artículo 23. Tipos de Vivienda con Protección Pública de alquiler. Artículo 24. Condiciones para la Calificación de Viviendas con Protección Pública de alquiler en rotación y de alquiler protegido. Artículo 25. Promoción de las Viviendas. Beneficiarios de las ayudas. Régimen de prioridad. Artículo 26. Cuantía de ayudas. Artículo 27. Limitación de superficies útiles. Artículo 28. Precio Máximo de la promoción. Artículo 29. Rentas máximas. Artículo 30. Duración del régimen aplicable. Artículo 31. Procedimiento de concesión, justificación y pago de la subvención. Artículo 32. Condiciones para el acceso al arrendamiento. Artículo 33. Régimen jurídico supletorio.
CAPÍTULO IV. Programa de Fomento de la rehabilitación edificatoria
Artículo 34. Objeto del Programa. Artículo 35. Actuaciones subvencionables. Artículo 36. Condiciones particulares de las actuaciones objeto del Programa. Artículo 37. Beneficiarios. Artículo 38. Tipo y cuantía de las ayudas. Artículo 39. Gestión de las subvenciones. Artículo 40. Procedimiento para la concesión, justificación y pago de las ayudas.
CAPÍTULO V. Programa de Fomento de la Regeneración y Renovación Urbanas
Artículo 41. Objeto del Programa. Artículo 42. Actuaciones subvencionables. Artículo 43. Condiciones particulares de los ámbitos y actuaciones objeto del Programa. Artículo 44. Beneficiarios. Artículo 45. Tipo y cuantía de las ayudas. Artículo 46. Gestión de las subvenciones. Artículo 47. Procedimiento para la concesión, justificación y pago de las ayudas.
CAPÍTULO VI. Disposiciones comunes al Programa de Fomento de la Rehabilitación Edificatoria, al Programa de Fomento de la Regeneración y la Renovación Urbanas y para el Programa de Fomento de Ciudades Sostenibles y Competitivas
Artículo 48. Colaboración público-privada. Artículo 49. Asociaciones administrativas. Artículo 50. Objeto del Programa. Artículo 51. Beneficiarios. Artículo 52. Procedimiento de concesión, justificación y pago de la subvención.
CAPÍTULO VIII. Programa para el Fomento de Ciudades sostenibles y competitivas
Artículo 53. Objeto del Programa. Artículo 54. Beneficiarios. Artículo 55. Tipo y cuantía de la ayuda. Artículo 56. Gestión de las subvenciones. Artículo 57. Procedimiento para la concesión, justificación y pago de las ayudas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Descalificación de viviendas con Protección Pública. D.A. 2ª. Prórroga del período de carencia de los préstamos a promotores de viviendas destinadas a la venta. Plan estatal 2005-2008. D.A. 3ª. Interrupción del período de amortización de los préstamos convenidos concedidos a promotores de vivienda protegida para venta o alquiler en aplicación de los Planes Estatales de Vivienda. D.A. 4ª. Prórroga de la reducción del plazo de amortización para supuestos de desempleo. D.A. 5ª. Conceptos y denominaciones utilizados en el presente Decreto. D.A. 6ª. Efectividad de las líneas de ayuda del Plan. D.A. 7ª. Límites temporales a la concesión de ayudas. D.A. 8ª. Régimen Jurídico aplicable a las viviendas con Protección Pública para jóvenes.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Régimen jurídico transitorio aplicable a las actuaciones sobre viviendas con protección pública.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Decreto 3/2004, de 20 de enero, de Régimen jurídico de las viviendas con protección pública. D.F. 2ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario. D.F. 3ª. Efectividad y ejecución del Plan regional. D.F. 4ª. Entrada en vigor. Anexo. Glosario de conceptos