DECRETO 76/2020, de 4 de agosto, de Administración digital. - Diario Oficial de Cataluña de 06-08-2020
Índice
Texto
Ambito: Cataluña
Estado: VIGENTE. Validez desde 10 de Febrero de 2022
F. entrada en vigor: 05/09/2020
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE POLITICAS DIGITALES Y ADMINISTRACION PUBLICA
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 8195
F. Publicación: 06/08/2020
PREÁMBULO
TÍTULO I. Preliminar
CAPÍTULO I. Objeto, ámbito de aplicación y principios generales
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Finalidades
Artículo 4. Principios generales de la Administración digital
CAPÍTULO II. Gobernanza de la Administración digital
Artículo 5. Consejo Estratégico de Administración Digital
Artículo 6. La implementación de la Administración digital
Artículo 7. La participación de las personas en la Administración digital
Artículo 8. La Administración digital y los empleados públicos
Artículo 9. La planificación del despliegue y la evaluación de la Administración digital
TÍTULO II. Servicios digitales
CAPÍTULO I. Gobierno de los datos
SECCIÓN primera. Organización del gobierno de los datos
Artículo 10. Modelo de gobierno de los datos
Artículo 11. Protocolo de gobierno de los datos
SECCIÓN segunda. Intercambio, interoperabilidad y acceso a los datos y documentos
Artículo 12. Intercambio de datos y documentos digitales
Artículo 13. Intercambio de datos y documentos en entornos cerrados
Artículo 14. Mapa de intercambio de datos
Artículo 15. Sistemas de datos abiertos
Artículo 16. Plataformas de interoperabilidad
Artículo 17. Catálogo de datos y documentos interoperables
Artículo 18. Guía de interoperabilidad
Artículo 19. Acceso de las personas a los datos
SECCIÓN tercera. Procesos y servicios digitales
Artículo 20. Catálogo corporativo de procesos
Artículo 21. Gestión del Catálogo corporativo de procesos
SECCIÓN cuarta. Gestión archivística de los datos y de los activos digitales
Artículo 22. Datos y activos digitales
Artículo 23. Finalidad y ámbito de la gestión archivística de los datos y de los activos digitales
Artículo 24. Actividades y fases de la gestión archivística de los datos y de los activos digitales
Artículo 25. Gestión archivística de los datos y de los activos digitales en los sistemas de información
Artículo 26. Instrumentos para la gestión archivística de los datos y de los activos digitales
CAPÍTULO II. Servicios digitales
Artículo 27. Principios generales en la creación de los servicios digitales
Artículo 28. Diseño de los servicios digitales
Artículo 29. Guía de servicios digitales
Artículo 30. Acceso de las personas a los servicios digitales
Artículo 31. Prestación de servicios proactivos y personalizados
Artículo 32. Catálogo de soluciones corporativas
Artículo 33. Aprobación de las soluciones tecnológicas corporativas y no corporativas
CAPÍTULO III. Modelo de ciberseguridad
Artículo 34. Ciberseguridad en el ámbito de la Administración digital
Artículo 35. Instrumentos para la aplicación del modelo de ciberseguridad
TÍTULO III. Régimen jurídico de la Administración digital
CAPÍTULO I. Atención ciudadana en la Administración digital
SECCIÓN primera. Disposiciones generales
Artículo 36. Atención ciudadana, Sede electrónica y Punto de acceso general electrónico
SECCIÓN segunda. Red de apoyo a la Administración digital
Artículo 37. Oficinas de atención presencial
Artículo 38. Oficinas de gestión empresarial
SECCIÓN tercera. Tipología y funciones de las oficinas de atención presencial
Artículo 39. Tipología de las oficinas de atención presencial
Artículo 40. Funciones de las oficinas de atención presencial
SECCIÓN cuarta. Organización de la atención ciudadana presencial
Artículo 41. Gobernanza de la atención ciudadana presencial
Artículo 42. Implantación territorial de la atención ciudadana presencial
CAPÍTULO II. Registro electrónico general de la Administración de la Generalidad
Artículo 43. Registro electrónico general
Artículo 44. Acceso al Registro electrónico general
Artículo 45. Características y funcionamiento del Registro electrónico general
Artículo 46. Formatos de los documentos que admite el Registro electrónico general
Artículo 47. Recibo de registro
Artículo 48. Copias auténticas
Artículo 49. Fecha y hora oficiales de la Sede electrónica
Artículo 50. Solicitud masiva
CAPÍTULO III. Habilitación del personal de las oficinas de atención ciudadana con funciones de asistencia en materia de registro
Artículo 51. Registro de funcionarios habilitados para la identificación y autenticación de personas y la expedición de copias auténticas en el ámbito de la Administración de la Generalidad
CAPÍTULO IV. Identificación y firma electrónica
Artículo 52. Principios generales de la identificación y firma electrónica
Artículo 53. Identificación y firma de los empleados públicos
Artículo 54. Actuación administrativa automatizada
Artículo 55. Identificación y firma de las personas que se relacionan con la Administración de la Generalidad
Artículo 56. Identificación y firma electrónica de los representantes en el procedimiento
Artículo 57. Registros para la identificación de las personas interesadas
Artículo 58. Catálogo y Guía de los sistemas de identificación y firma electrónica
CAPÍTULO V. Documento administrativo y expediente electrónico
Artículo 59. Expediente electrónico
Artículo 60. Digitalización de los documentos en soporte papel
Artículo 61. Digitalización vinculada a las oficinas de atención presencial
Artículo 62. Digitalización de los expedientes finalizados
Artículo 63. Eliminación de los documentos en soporte papel digitalizados
Artículo 64. Externalización del proceso de digitalización
Artículo 65. Envío de información digital en las comunicaciones internas
Artículo 66. Envío del expediente administrativo a las personas interesadas
Artículo 67. Sistema de gestión documental
Artículo 68. Archivo digital único
CAPÍTULO VI. Relaciones de las personas con la Administración de la Generalidad
SECCIÓN primera. Derechos y obligaciones de las personas
Artículo 69. Derechos y obligaciones de las personas en sus relaciones con la Administración de la Generalidad
SECCIÓN segunda. Derecho de las personas interesadas a no aportar documentos
Artículo 70. Legitimación para la consulta de datos y documentos
Artículo 71. Valor probatorio de las consultas
SECCIÓN tercera. Obligación de relación electrónica
Artículo 72. Obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración de la Generalidad
Artículo 73. Obligación de las personas físicas a relacionarse electrónicamente
SECCIÓN cuarta. Comunicaciones y notificaciones electrónicas
Artículo 74. Comparecencia de las personas en la Sede electrónica
Artículo 75. Comunicaciones electrónicas
Artículo 76. Base de datos de contacto
Artículo 77. Sistemas de identificación y autenticación para acceder a las notificaciones electrónicas
Artículo 78. Otros sistemas de comunicación digital
SECCIÓN quinta. Representación digital
Artículo 79. Registro electrónico de representación de la Administración de la Generalidad
Artículo 80. Acceso de las personas al sistema de representación digital
Artículo 81. Categorías de apoderamientos del Registro electrónico de representación
Artículo 82. Validez de la inscripción de representación
TÍTULO IV. Relaciones de los empleados públicos con la Administración de la Generalidad
Artículo 83. Relaciones de los empleados públicos
Artículo 84. Servicios digitales para las relaciones de los empleados públicos con la Administración de la Generalidad
Artículo 85. Otros colectivos obligados a relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Generalidad
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Convenios del sector público
D.A. 2ª. Consejo Estratégico de Administración Digital
D.A. 3ª. Mapa de intercambio de datos
D.A. 4ª. Catálogo corporativo de procesos
D.A. 5ª. Registro de consentimientos
D.A. 6ª. Creación, modificación, supresión y publicidad de las oficinas de atención ciudadana
D.A. 7ª. Adscripción de las oficinas de atención ciudadana
D.A. 8ª. Adaptación a la atención ciudadana presencial
D.A. 9ª. Autorización al personal de las oficinas de atención ciudadana con funciones de asistencia en materia de registro para que puedan acceder al espacio privado de las personas
D.A. 10ª. Plan director de la identidad digital en Cataluña
D.A. 11ª. Base de datos de contacto de las personas
D.A. 12ª. Comunicación de los datos de contacto
D.A. 13ª. La Meva Salut, canal digital en salud
D.A. 14ª. Base de datos de contacto de los centros educativos de titularidad privada
D.A. 15ª. Comunicaciones con el Parlamento
D.A. 16ª. Otros sistemas de identificación
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Vigencia de la Orden GAP/459/2010, de 22 de septiembre, por la que se aprueba el protocolo de interoperabilidad
D.T. 2ª. Vigencia del Convenio marco para la implantación de un modelo integrado de atención al ciudadano en el ámbito territorial de Cataluña
D.T. 3ª. Oficinas de atención ciudadana de las delegaciones territoriales del Gobierno
D.T. 4ª. Asunción de funciones de asistencia en materia de registro
D.T. 5ª. Oficinas de atención ciudadana en Barcelona y La Cerdanya
D.T. 6ª. Vigencia de la Orden CLT/172/2014, de 14 de mayo, por la que se aprueba el Protocolo de gestión de documentos electrónicos y archivo de la Generalidad de Cataluña
D.T. 7ª. Vigencia de la Orden GRI/233/2015, de 20 de julio, por la que se aprueba el Protocolo de identificación y firma electrónica
D.T. 8ª. Modificaciones del canal de relación con la Administración de la Generalidad de Cataluña
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Adaptación normativa
D.F. 2ª. Integridad de Trámites gencat
D.F. 3ª. Guía de instrumentos técnicos para la gestión archivística de los datos y de los activos digitales
D.F. 4ª. Obligación de relación electrónica del colectivo de personas físicas en el marco de la actividad económica o profesional
D.F. 5ª. Entrada en vigor
ANEXO 1. Oficinas de atención ciudadana con funciones de asistencia en materia de registro habilitadas
ANEXO 2. Glosario