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DECRETO 84/2022, de 17 de junio, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas artísticas profesionales correspondientes al título de técnico o técnica superiores de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa, perteneciente a la familia profesional artística de Comunicación Gráfica y Audiovisual, en el ámbito de la Comunitat Valenciana. [2022/5793], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 01-07-2022

Tiempo de lectura: 79 min

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Ambito: Comunidad Valenciana

Órgano emisor: CONSELLERIA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 9373

F. Publicación: 01/07/2022

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Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 9373 de 01/07/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

ÍNDICE

PREÁMBULO

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES PRELIMINARES

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 2. Objetivos, organización, estructura y desarrollo del currículo

Artículo 3. Centros y proyectos educativos

Artículo 4. Oferta formativa

Artículo 5. Información y orientación profesional

CAPÍTULO II. ORDENACIÓN GENERAL DE LAS ENSEÑANZAS

Artículo 6. Organización de los módulos y distribución horaria

Artículo 7. Módulo de Proyecto integrado

Artículo 8. Fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres

Artículo 9. Evaluación

Artículo 10. Promoción y titulación

Artículo 11. Convocatorias y permanencia

Artículo 12. Documentos oficiales de evaluación y de movilidad

Artículo 13. Correspondencia con la práctica laboral

Artículo 14. Convalidaciones

CAPÍTULO III. PROFESORADO Y CENTROS

Artículo 15. Profesorado y atribución docente

Artículo 16. Requisitos mínimos de los centros

Artículo 17. Ratio aulas

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. Acceso a otros estudios

Segunda. Accesibilidad universal en las enseñanzas del ciclo formativo de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa

Tercera. Títulos

Cuarta. Incidencia en las dotaciones de gasto

Quinta. Determinación del carácter de los módulos

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única. Derogación normativa

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Aplicación y desarrollo

Segunda. Normas complementarias

Tercera. Entrada en vigor

ANEXO I. Currículo de técnico o técnica superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa

ANEXO II. Características del módulo de proyecto integrado.

ANEXO III. Competencia docente del personal funcionario perteneciente al cuerpo de Profesorado de Artes Plásticas y Diseño para la impartición de los módulos correspondientes a las enseñanzas del ciclo formativo de grado superior de Gráfica Impresa regulado en este decreto del Consell.

ANEXO IV. Relación de módulos correspondientes a las enseñanzas mínimas que se convalidan entre los ciclos formativos de grado superior de la familia profesional de la comunicación gráfica y audiovisual y el ciclo formativo de grado superior de Gráfica Impresa regulado en este decreto del Consell.

ANEXO V. Relación de módulos correspondientes a las enseñanzas que se convalidan entre los ciclos formativos de grado superior de la familia profesional de Diseño Gráfico regulados en el Real decreto 1456/1995, de 1 de septiembre, y el ciclo formativo de grado superior de Gráfica Impresa regulado en este decreto del Consell.

ANEXO VI. Relación de módulos que podrán ser objeto de exención por correspondencia con la práctica laboral.

PREÁMBULO

El Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, aprobado por la Ley orgánica 5/1982, de 1 de julio, en su artículo 53 establece que es de competencia exclusiva de la Generalitat la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, sin perjuicio de lo que disponen el artículo 27 de la Constitución Española y las Leyes orgánicas que, de acuerdo con el apartado 1 del artículo 81 de aquella, lo desarrollan, de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución Española, y de la alta inspección necesaria para su cumplimiento y garantía.

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, en el capítulo VI del título I, referente a las enseñanzas artísticas, incluye en su sección segunda las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, que se organizarán en ciclos de formación específica, de grado medio y de grado superior, cuya finalidad es proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros hombres y mujeres profesionales de las Artes Plásticas y el Diseño. Los ciclos formativos referidos incluirán fases de formación práctica en empresas, estudios y talleres.

El Real decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, concreta los objetivos de estas enseñanzas; define los títulos de técnico o técnica y técnico o técnica superior de Artes Plásticas y Diseño, como el documento oficial acreditativo del nivel de formación, cualificación y competencia profesional específica de cada especialidad artística; establece la estructura curricular que deben tener las enseñanzas profesionales conducentes a dichos títulos y fija los aspectos que deben contemplar las enseñanzas mínimas correspondientes; así como regula con carácter básico el acceso, la admisión, la evaluación y movilidad, los efectos de los títulos y las convalidaciones y exenciones.

En ese marco normativo, mediante el Real decreto 1429/2012, de 11 de octubre, por el que se establece el título de técnico o técnica superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa, perteneciente a la familia profesional artística de comunicación gráfica y audiovisual y se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas, el Gobierno ha fijado las enseñanzas mínimas de este título, tal y como prevén los artículos 5 y 7 del Real decreto 596/2007, de 4 de mayo. Además, en dicho real decreto se determina, para el título antes citado, su identificación, el perfil profesional, el contexto profesional, y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que constituyen los aspectos básicos que aseguran una formación común y garantizan la validez de los títulos en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

Asimismo, el Real decreto 1429/2012, de 11 de octubre, con el fin de facilitar el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico o técnica superior y las enseñanzas conducentes a títulos superiores de enseñanzas artísticas o títulos universitarios, ha establecido los créditos europeos del Sistema Europeo de Transferencia de Créditos (en adelante ECTS) mínimos correspondientes a cada módulo formativo, según se definen en el Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. A efectos de facilitar el régimen de convalidaciones, se asignan 120 créditos ECTS a la totalidad del ciclo formativo de grado superior y 66 créditos ECTS a las enseñanzas mínimas.

De conformidad con el artículo 6.4 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, el artículo 13.1 del Real decreto 596/2007, de 4 de mayo, y el artículo 2.2 del Real decreto 1429/2012, de 11 de octubre, corresponde a las administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, establecer el currículo correspondiente al título de técnico o técnica superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa, perteneciente a la familia profesional artística de comunicación gráfica y audiovisual, del que formarán parte los aspectos básicos del currículo que constituyen las enseñanzas mínimas y su posterior desarrollo.

El objetivo básico de este título es atender a las actuales necesidades de formación de técnicos o técnicas superiores especialistas en la realización de productos gráficos impresos y aplicaciones vinculadas a la comunicación gráfica del mensaje en el ámbito de la comunicación gráfica y audiovisual, y aunar el conocimiento de materiales, procedimientos técnicos y nuevas tecnologías con la cultura y la sensibilidad artística para constituir la garantía de calidad demandada hoy por los sectores productivos, artísticos y culturales vinculados a la creación y producción gráfica.

Este decreto del Consell, cuyo currículo está desarrollado en el anexo I, tiene como finalidad determinar los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de los módulos correspondientes al currículo y su distribución en cursos en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

Finalmente, se ha de señalar que la presente norma es conforme con los principios de buena regulación indicados en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

Por lo que respecta a los principios de necesidad y eficacia, la norma se adecúa a un objetivo de interés general al contribuir a que el alumnado alcance la finalidad propia de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y a que adquiera aprendizajes que respondan a la realidad de la Comunitat Valenciana, no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos y que permita una gestión eficiente de los recursos públicos.

Igualmente, la norma se ajusta al principio de proporcionalidad, ya que contiene la regulación imprescindible para atender los objetivos que se pretenden conseguir. De acuerdo con el principio de seguridad jurídica, la norma se ha elaborado de manera coherente con el resto de ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea, con la intención de mantener un marco normativo estable, predecible, integrado y claro. En aplicación del principio de transparencia, se ha dado publicidad a la iniciativa normativa y a los mismos documentos del proceso de elaboración, habiendo permitido la participación activa de las potenciales personas destinatarias de la norma y dándose cumplimiento a los preceptivos trámites de participación ciudadana, al haber sido puesta a disposición de la ciudadanía mediante su publicación en el portal web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, sin perjuicio de haber sometido el expediente a información pública. El anuncio correspondiente se ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV 9078, 07.05.2021).

Esta disposición está incluida en el Plan normativo de la Administración de la Generalitat para 2021, aprobado por acuerdo del Consell de 29 de diciembre de 2020.

Por todo lo expuesto, a propuesta de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, consultados los agentes sociales, previo dictamen del Consell Escolar de la Comunitat Valenciana, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y previa deliberación del Consell en la sesión del día 17 de junio de 2022,

DECRETO

CAPÍTULO I

Disposiciones preliminares

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

1. El presente decreto del Consell tiene por objeto establecer el currículo de las enseñanzas artísticas profesionales de artes plásticas y diseño correspondientes al título de técnico o técnica superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa, perteneciente a la familia profesional artística de comunicación gráfica y audiovisual, en el ámbito de la Comunitat Valenciana. Los aspectos básicos del currículo se determinan en el anexo I del presente decreto del Consell, los cuales constituyen las enseñanzas mínimas establecidas según el Real decreto 1429/2012, de 11 de octubre.

2. A los efectos de lo dispuesto en este decreto del Consell, se entiende por currículo el conjunto de objetivos, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

3. El presente decreto del Consell será de aplicación en los centros docentes públicos y privados de la Comunitat Valenciana que impartan las enseñanzas reguladas en él.

Artículo 2. Objetivos, organización, estructura y desarrollo del currículo

1. Los objetivos generales del ciclo formativo, el desarrollo curricular de los módulos formativos en cuanto a los objetivos específicos, contenidos y criterios de evaluación, así como la distribución horaria de los módulos que lo componen, son los que se establecen en el anexo I de este decreto del Consell.

2. Los centros que impartan las enseñanzas reguladas en el presente decreto del Consell, desarrollarán y completarán el currículo establecido en él, mediante la puesta en práctica de su proyecto educativo y la implementación de programaciones didácticas que tomen en consideración las características del contexto social y cultural, las necesidades del alumnado, con especial atención a las necesidades de quienes presenten una discapacidad, y las posibilidades formativas del entorno. La concreción del currículo que realice el centro, una vez fijada y aprobada por el claustro, será incorporada al proyecto educativo del centro.

3. A propuesta de los centros docentes, estos podrán ofertar, previa autorización de la conselleria competente en materia de educación, una parte de los módulos formativos en una lengua extranjera, sin que ello suponga modificación alguna de los aspectos básicos del currículo regulado en el correspondiente título y por el presente decreto del Consell.

Artículo 3. Centros y proyectos educativos

1. Los centros que, debidamente autorizados, impartan las enseñanzas conducentes al título de técnico o técnica superior en Gráfica Impresa, además de cumplir lo preceptuado en el artículo anterior respecto a su proyecto educativo, deberán contextualizar el entorno territorial, social, cultural y especialmente económico-laboral de la Comunitat Valenciana.

2. Las propuestas pedagógicas que realicen los centros velarán especialmente por su adaptación al contexto laboral, debiendo considerar los siguientes aspectos:

a) Las actividades formativas deberán emplear recursos y metodologías relacionadas con el futuro ejercicio profesional del alumnado.

b) La Administración establecerá, a propuesta de los centros educativos y otros agentes relacionados con el sector, un catálogo de empresas, estudios y talleres que ofrezcan al alumnado oportunidades interesantes de formación, aprendizaje y perspectivas laborales.

c) Se trasladará la realidad de la empresa al centro educativo mediante iniciativas como la organización de visitas, la participación de profesionales especialistas del ámbito de la artesanía y artes plásticas en la formación del alumnado, la organización de charlas informativas y se instará a la participación en la creación de becas o premios promovidos por las cámaras de comercio, fundaciones vinculadas al sector productivo de las artes plásticas y artesanal, o por iniciativa de las empresas, estudios o talleres relacionados con el contexto social más próximo o vinculado al centro educativo.

3. Asimismo, los centros docentes que impartan estas enseñanzas fomentarán, a través de su desarrollo curricular, la iniciativa emprendedora, así como el conocimiento del entorno productivo del sector gráfico y audiovisual y su ámbito legislativo.

4. Los centros docentes que impartan ciclos formativos de artes plásticas y diseño de grado superior, en cumplimiento de las exigencias que la educación superior supone para estas enseñanzas, promoverán la participación en programas europeos o proyectos de carácter internacional que contribuyan, entre otros, a la mejora de las competencias lingüísticas y profesionales que permitan al alumnado una proyección exterior con garantías.

5. Aquellos centros que impartan las enseñanzas reguladas en el presente decreto del Consell podrán establecer vínculos o asociaciones con los centros integrados de formación profesional de la Comunitat Valenciana, o bien con otros centros docentes, que oferten enseñanzas semejantes, con la finalidad de coordinar las ofertas formativas en beneficio del interés de los destinatarios y de la eficiencia de los recursos.

6. Los centros educativos podrán colaborar, en su caso, con la conselleria competente en materia de cualificaciones profesionales en la evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas mediante la experiencia laboral y otros aprendizajes no formales.

Artículo 4. Oferta formativa

1. Además de la oferta del ciclo formativo de Artes Plásticas y Diseño al que se refiere este decreto del Consell, los centros que impartan estas enseñanzas de la familia de comunicación gráfica y audiovisual también podrán organizar, desarrollar e impartir cursos de especialización vinculados a las mismas, previa autorización de la conselleria competente en materia de educación.

2. Los cursos de especialización autorizados tendrán como objetivo principal promover el aprendizaje permanente y la formación a lo largo de la vida. Asimismo, deberán contribuir a atender la necesaria profundización en determinadas actividades profesionales y a dar una respuesta formativa inmediata ante la aparición de nuevas cualificaciones profesionales.

3. Los cursos de especialización, con carácter general, tendrán una estructura, características curriculares y organización similares a los ciclos formativos. Estos podrán ofertarse en modalidades formativas que permitan compatibilizar la formación a lo largo de la vida con el ejercicio profesional.

4. Las propuestas de cursos de especialización que formulen los centros docentes para su autorización deberán contemplar acciones formativas vinculadas al sector gráfico impreso, tratándose en la medida de lo posible de acciones formativas con proyección de futuro.

5. La autorización de cursos de especialización por la conselleria competente en materia de educación requerirá, como condición básica, la existencia de profesorado cualificado para su impartición y que exista disponibilidad en la planificación docente del profesorado del centro.

6. Los cursos autorizados serán objeto de una certificación acreditativa, expedida por el centro docente donde se realicen, para quienes los superen, debiéndose hacer constar su duración en horas, así como su equivalencia en créditos. Dicha certificación podrá tener, en su caso, valor en el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.

7. Los centros que impartan las enseñanzas reguladas en este decreto del Consell podrán ofertar una segunda lengua extranjera, a modo de formación complementaria, con un límite de hasta 3 horas semanales. La formación se adecuará al perfil profesional del ciclo formativo.

8. La oferta de la formación complementaria de segunda lengua extranjera deberá contar con autorización expresa de la conselleria competente en materia de educación. La autorización estará condicionada a la disponibilidad horaria del profesorado en el centro y a su acreditación en dicha lengua.

9. Esta formación no constará en los documentos oficiales de evaluación, si bien el centro docente expedirá una certificación acreditativa para el alumnado que supere los objetivos establecidos para la formación. En los certificados se hará constar la duración en horas, así como su equivalencia en créditos.

10. Los centros docentes podrán ofertar, previa autorización de la conselleria competente en materia de educación, cursos de preparación para las pruebas de acceso a los ciclos formativos de artes plásticas y diseño, siempre que exista disponibilidad en la planificación docente del profesorado del centro.

Artículo 5. Información y orientación profesional

1. Todos los centros que oferten estas enseñanzas informarán al alumnado sobre las posibilidades de formación y reconocimiento de competencias profesionales que existan en el entorno local, regional, nacional y europeo, partiendo de sus necesidades e intereses, y teniendo en cuenta el itinerario personal apropiado a cada alumno y alumna.

2. La conselleria competente en materia de educación establecerá las condiciones para que los centros docentes dispongan de un responsable de orientación laboral, que estará especializado en las funciones indicadas en el apartado anterior. Esta labor será realizada preferentemente por profesorado con destino definitivo en el centro y de la especialidad Organización Industrial y Legislación.

CAPÍTULO II

Ordenación general de las enseñanzas

Artículo 6. Organización de los módulos y distribución horaria

Los módulos de este ciclo formativo se organizan en dos cursos académicos. La distribución de módulos en cada uno de los dos cursos, su duración, la asignación horaria semanal y la asignación de créditos ECTS correspondiente, se concreta en el anexo I.

Artículo 7. Módulo de proyecto integrado

1. Las enseñanzas conducentes al título de técnico o técnica superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa incluyen un módulo de proyecto integrado. Este módulo tiene por objeto que el alumnado sea capaz de integrar, aplicar y valorar los conocimientos, destrezas y capacidades específicos del campo profesional de la especialidad a través de la formalización y realización de un proyecto, adecuado al nivel académico cursado, que evidencie rigor técnico, cultura plástica, expresión artística y sensibilidad estética y posibilidad de realización y viabilidad.

Será necesaria la evaluación positiva de todos los módulos restantes antes de proceder a evaluar el módulo de proyecto integrado.

2. El módulo de proyecto integrado contará con una tutoría individualizada del profesorado.

3. Las características generales del módulo de proyecto integrado del ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa se recogen en el anexo II de este decreto del Consell, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2.1 en cuanto a que los objetivos específicos, los contenidos y los criterios de evaluación de este módulo, que son los que figuran en el anexo I.

Artículo 8. Fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres

1. La fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres tendrá como finalidad básica la adquisición por parte del alumnado de una correcta madurez profesional. Asimismo, permitirá evaluar y verificar su competencia en situaciones reales de trabajo y favorecer su inserción laboral. Para ello, las escuelas fomentarán la colaboración con las empresas, estudios, talleres y otras entidades del entorno. Dicha fase de formación práctica, en situación real de trabajo, no tendrá carácter laboral y formará parte del currículo del ciclo formativo correspondiente.

2. Para las enseñanzas conducentes al título de técnico o técnica superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa, la duración y el desarrollo de la fase de formación práctica se especifica en el anexo I. Esta formación en ningún caso tendrá carácter laboral y estará orientada a la consecución de los objetivos del currículo.

3. Con carácter general, el alumnado realizará esta fase durante el tercer trimestre del segundo curso académico del ciclo formativo, y una vez el alumnado haya alcanzado la evaluación positiva en todos los módulos, a excepción del módulo de proyecto integrado.

Asimismo, se establece un segundo período anual que se desarrollará en el primer trimestre del curso académico siguiente al que se hubiera realizado el primer período anual. Este periodo, a efectos administrativos, se ha de computar con el curso anterior y no con el siguiente.

4. En la última sesión de evaluación previa a la realización de la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres, el equipo docente, a la vista del grado de aprendizaje de cada alumno y alumna, realizará la propuesta para el inicio de la fase de formación práctica por parte del alumnado. En lo referente a la regulación de la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres, se estará a lo dispuesto en la normativa vigente que le sea de aplicación.

5. El seguimiento de la formación práctica le corresponderá al tutor o tutora de prácticas designado por la dirección del centro, en colaboración con la persona responsable designada por el correspondiente centro de trabajo. La evaluación será realizada por todo el equipo docente, que tomará en consideración el grado de cumplimiento de los objetivos y la valoración realizada por el centro de trabajo mediante los instrumentos y documentos que determine la conselleria competente en materia de educación.

6. Si un alumno o alumna no supera la fase de formación práctica en una primera convocatoria, deberá realizar de nuevo dicha formación, si bien lo hará en un centro de trabajo distinto.

Artículo 9. Evaluación

1. La evaluación será continua y, tanto los criterios como los procedimientos de evaluación aplicados por el profesorado, tendrán en cuenta el progreso y la madurez académica del alumnado en relación con las competencias profesionales características del título.

2. La aplicación del proceso de evaluación continua del alumnado requerirá de su asistencia regular a las clases y actividades programadas. A tal efecto, los centros docentes establecerán el número máximo de faltas de asistencia de conformidad con el artículo 33 del Decreto 39/2008, de 4 de abril, del Consell, sobre la convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos y sobre los derechos y deberes del alumnado, padres, madres, tutores o tutoras, profesorado y personal de administración y servicios.

3. La evaluación también se realizará de forma diferenciada por módulos, tomando como referencia los objetivos específicos de cada módulo expresados en términos de capacidades, destrezas y competencias, y los respectivos criterios de evaluación de cada uno de los módulos.

4. Los resultados de la evaluación final de cada módulo se expresarán de acuerdo con una escala numérica de cero a diez, considerándose positivas las calificaciones iguales o superiores a cinco y negativas las restantes. Para la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres, los resultados de la evaluación se expresarán en términos de «apto/no apto» o «apta/no apta».

5. El equipo docente del grupo, actuando de forma colegiada, y presidido por el tutor o tutora, se reunirá periódicamente en sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con lo que se establezca en la concreción curricular incluida en el proyecto educativo de centro. En la evaluación de la formación práctica en empresas, estudios y talleres, colaborará el responsable de la formación del alumnado, designado por el correspondiente centro de trabajo durante su período de estancia en este. De cada una de las sesiones de evaluación se levantará la correspondiente acta, en la que constará la relación de profesorado asistente, un resumen de los asuntos tratados y los acuerdos adoptados, así como la información que se transmitirá al alumnado, o bien a sus padres, madres o tutores legales si se trata de alumnado menor de edad.

6. Las sesiones de evaluación tendrán como finalidad coordinar al profesorado de los distintos módulos y valorar el progreso del alumnado en cuanto a la obtención de los objetivos generales del ciclo formativo de Artes Plásticas y Diseño correspondiente y de los objetivos específicos de los módulos.

7. En el primer curso, se realizarán, al menos, una sesión de evaluación inicial, antes de la finalización del mes de octubre, una sesión de evaluación a la finalización del primer trimestre y otra a la finalización del segundo trimestre, donde se calificarán los módulos formativos para valorar el progreso del alumnado hasta ese momento. Además, se realizarán dos evaluaciones finales, una ordinaria y otra extraordinaria.

8. En el segundo curso, se celebrarán, al menos, dos sesiones de evaluación a la finalización del primer trimestre y del segundo trimestre, respectivamente, donde se calificarán los módulos formativos para valorar el progreso del alumnado hasta ese momento; una sesión de evaluación final ordinaria tras la finalización del periodo lectivo, y previa a la realización de la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres; y una sesión de evaluación final extraordinaria. Asimismo, los centros realizarán sesiones de evaluación tras la conclusión de cada periodo habilitado para llevar a cabo la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres, donde evaluarán, el módulo de proyecto integrado y la fase de formación práctica.

9. Los módulos formativos de igual denominación en primer y segundo curso, de las enseñanzas reguladas en este decreto del Consell, tendrán carácter progresivo. A tal efecto, los módulos formativos de segundo curso serán considerados incompatibles a efectos de evaluación, en el caso de que previamente no se haya superado el de primer curso con la misma denominación.

10. El módulo de proyecto integrado tendrá la consideración de incompatible a efectos de evaluación hasta que se produzca la superación de todos los módulos restantes.

Artículo 10. Promoción y titulación

1. El alumnado podrá promocionar del primer al segundo curso del ciclo formativo correspondiente cuando haya obtenido evaluación positiva en módulos cuya carga lectiva sume, al menos, el 75 % del primer curso.

2. La superación del ciclo formativo de Artes Plásticas y Diseño por parte del alumnado requerirá la evaluación positiva de todos los módulos que lo componen, así como la obtención de la calificación de «apto» o «apta» en la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres.

3. Una vez superado el ciclo formativo, se procederá al cálculo de su nota media final según lo establecido en el artículo 19.9 del Real decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.

No se computará la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres a los efectos del cálculo de la nota media final del ciclo formativo, ni tampoco aquellos módulos que hayan sido objeto de convalidación o exención.

Artículo 11. Convocatorias y permanencia

1. El alumnado dispondrá de un número máximo de cuatro convocatorias para la superación de cada módulo. Para la superación de la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres, el número máximo de convocatorias será de dos.

2. Tendrán consideración de convocatorias aquellas evaluaciones finales en las que el alumnado sea calificado, de tal manera que, con carácter general, el alumnado dispondrá de dos convocatorias en cada curso académico. Si un alumno o alumna no se presentase a una prueba de evaluación final, obtendrá una calificación de cero puntos y la convocatoria correspondiente será computada a los efectos de permanencia en las enseñanzas.

3. Con carácter excepcional, el alumnado que no supere algún módulo tras haber agotado el número máximo de cuatro convocatorias, podrá solicitar ante la conselleria competente en materia de educación una convocatoria extraordinaria, siempre y cuando acredite documentalmente que existen motivos de enfermedad, discapacidad, la existencia de un supuesto de violencia de genero, definido tanto en la Ley orgánica 1/2004 como en la Ley 7/2012, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunidad Valenciana, u otros que impidan el normal desarrollo de los estudios. Esta medida excepcional no será de aplicación a la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres.

4. El alumnado podrá solicitar la anulación de su matrícula previa solicitud por escrito ante la dirección del centro docente, para su resolución, con anterioridad a la segunda evaluación trimestral, o en el caso de que el alumnado solo se encuentre matriculado en la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres, con anterioridad al inicio de la misma. La anulación de la matrícula supondrá la pérdida de los derechos de asistencia a clase y evaluación, y en ningún caso implicará la devolución de las tasas de matrícula. En consecuencia, para ese curso académico, cualquier calificación o evaluación previa del alumnado perderá su validez y las convocatorias de dicho curso no computarán en cuanto a la permanencia en la etapa.

5. El alumnado podrá solicitar la renuncia a la convocatoria de evaluación final de uno o varios módulos y/o de la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres, sin que esta medida implique la anulación de su matrícula, y con la finalidad de que la convocatoria correspondiente no le sea computada a efectos de permanencia en la etapa. La renuncia a las convocatorias de evaluación final ordinaria y extraordinaria se deberá realizar con una antelación mínima de un mes a la fecha de evaluación final. La solicitud de renuncia se formalizará por escrito ante la dirección del centro, para su resolución, debiéndose alegar circunstancias de enfermedad, discapacidad, incorporación a un puesto de trabajo, obligaciones de tipo familiar o social u otras circunstancias de fuerza mayor, que impidan una dedicación normal al estudio. La renuncia a la convocatoria se reflejará en los documentos de evaluación con la expresión de «renuncia».

Artículo 12. Documentos oficiales de evaluación y de movilidad

1. Los documentos básicos de evaluación en estas enseñanzas, todos ellos con carácter oficial, son: el expediente académico personal, que se acredita mediante la certificación académica personal; las actas de evaluación, y los informes de evaluación individualizados. En dichos documentos se hará referencia al título cursado y regulado en este decreto del Consell.

2. El expediente académico personal es el documento oficial de evaluación que sintetiza toda la información relativa al proceso de evaluación del alumnado. En él figurarán, de conformidad con el marco normativo que establece la Ley 8/2017, de 7 de abril, integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la Comunitat Valenciana, los datos identificativos del alumnado, sus datos personales, el número de identificación del alumnado, la vía de acceso a las enseñanzas, los datos de matrícula, los resultados de evaluación, las medidas de adaptación curricular si es el caso, la nota media, y cuantas otras informaciones determine la conselleria competente en materia de educación

3. La certificación académica personal tendrá efectos acreditativos de la información contenida en el expediente académico personal del alumnado, y será expedida por la secretaría de los centros. En lo referido a los resultados de la evaluación, recogerá el curso académico, las calificaciones obtenidas en la convocatoria ordinaria, y en su caso, en la convocatoria extraordinaria, los módulos formativos que hayan sido objeto de convalidación o exención, así como las anulaciones de matrícula y renuncias de convocatoria.

4. En las actas de evaluación figurará la relación nominal de todo el alumnado matriculado en un determinado curso de un ciclo formativo, junto con la calificación obtenida en cada uno de los módulos en que se encuentra matriculado, la expresión de si se trata de la convocatoria ordinaria o extraordinaria, y en su caso, la calificación obtenida en la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres. Las actas de evaluación deberán ser firmadas por todo el equipo docente.

5. Cuando un alumno o alumna se traslade a otro centro, el tutor o tutora consignará en un informe de evaluación individualizado toda aquella información que resulte necesaria para la continuidad del proceso de aprendizaje. Este informe y la certificación académica personal tendrán la consideración de documentos básicos de movilidad, ya que garantizan la movilidad académica y territorial del alumnado.

Artículo 13. Correspondencia con la práctica laboral

1. Podrán ser objeto de exención, por su correspondencia con la práctica laboral, los módulos formativos detallados en el anexo VI del presente decreto del Consell, siempre que se acredite, al menos, un año, a tiempo completo o a tiempo parcial, de experiencia relacionada con los conocimientos, capacidades y destrezas, y en su caso unidades de competencia, propias de dichos módulos.

2. Podrá determinarse la exención total o parcial de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, siempre que se acredite una experiencia laboral de, al menos, un año, a tiempo completo o a tiempo parcial, en un campo profesional directamente relacionado con el ciclo formativo regulado en el presente decreto del Consell.

3. Corresponderá a la conselleria competente en materia de educación resolver las exenciones a las que se refieren los apartados anteriores, previa solicitud de las personas interesadas en los centros docentes donde se encuentren matriculadas.

4. La experiencia laboral se acreditará a través de una certificación de la empresa donde deberá constar expresamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el período de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. En el caso de trabajadores o trabajadoras por cuenta propia, se acreditará mediante una certificación de alta en el censo de obligados tributarios. En ambos casos, también se deberá aportar un certificado de vida laboral.

5. Los módulos formativos que sean objeto de exención figurarán en el expediente académico del alumnado con la expresión «exento» o «exenta». Estos módulos no serán tenidos en cuenta para el cálculo de la nota media del ciclo formativo correspondiente.

Artículo 14. Convalidaciones

1. Podrán ser objeto de convalidación los módulos formativos del ciclo formativo de Gráfica Impresa por módulos de ciclos formativos de grado superior de la familia profesional de comunicación gráfica y audiovisual, según lo dispuesto en el anexo IV del presente decreto del Consell.

2. Podrán ser objeto de convalidación los módulos formativos del ciclo formativo de Gráfica Impresa por módulos de ciclos formativos de grado superior de la familia profesional de Diseño Gráfico regulados en el Real decreto 1456/1995, de 1 de septiembre, según lo dispuesto en el anexo V del presente decreto del Consell.

3. El módulo profesional de formación y orientación laboral se podrá convalidar siempre que se acredite haber superado el mismo módulo en un ciclo formativo de artes plásticas y diseño.

4. El módulo formativo de empresa e iniciativa emprendedora se podrá convalidar siempre que se acredite haber superado el mismo módulo en un ciclo formativo de artes plásticas y diseño de igual o superior nivel académico al que se desea cursar.

5. El módulo formativo de idioma extranjero se podrá convalidar siempre que se acredite, al menos, una de las siguientes situaciones:

a) Tener superado el mismo módulo en un ciclo formativo de artes plásticas y diseño de igual o superior nivel académico al que se desee cursar.

b) Acreditar por una entidad certificadora reconocida en el Estado español con efectos académicos, un nivel de conocimiento de la lengua extranjera del módulo formativo correspondiente al nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

c) Acreditar un nivel de competencia lingüística correspondiente al nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, a través de certificados reconocidos en la Comunitat Valenciana.

6. En cuanto a cualquier otro supuesto de convalidación no contemplado en los apartados anteriores de este artículo, se estará a lo dispuesto en el artículo 23 del Real decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño.

7. Las solicitudes de convalidación se deberán presentar ante la dirección del centro docente donde se encuentre matriculado el alumnado, para su resolución. Si las solicitudes se resuelven favorablemente, en los módulos objeto de convalidación figurará la expresión «convalidado». Estos módulos no serán tenidos en cuenta para el cálculo de la nota media del ciclo formativo correspondiente.

CAPÍTULO III

Profesorado y centros

Artículo 15. Profesorado y atribución docente

1. La competencia docente del personal funcionario perteneciente al cuerpo de profesorado de Artes Plásticas y Diseño para la impartición de los módulos correspondientes a las enseñanzas del ciclo formativo de grado superior de Gráfica Impresa son las contempladas en el anexo II del Real decreto 1429/2012, de 11 de octubre.

2. El módulo formativo de idioma extranjero será impartido por profesorado perteneciente a los cuerpos de titulares de cátedra y profesorado de Enseñanza Secundaria, de la especialidad de la lengua extranjera que se imparta.

3. La competencia docente del personal funcionario perteneciente al cuerpo de profesorado de Artes Plásticas y Diseño para la impartición de los módulos propios de la Comunitat Valenciana correspondientes a las enseñanzas del ciclo formativo de grado superior de Gráfica Impresa son las contempladas en el anexo III del presente decreto del Consell.

4. En los centros privados, los diferentes módulos serán impartidos por el profesorado que acredite las condiciones de titulación y cualificación específica establecidas por la normativa básica de aplicación y el desarrollo que realice de la misma, en el ámbito de sus competencias, la conselleria competente en materia de educación.

5. Los planes de formación del profesorado de enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño que diseñe la conselleria competente en materia de educación, incluirán actividades formativas específicas o de carácter transversal, relacionadas con el espíritu emprendedor, las tecnologías de la información y de la comunicación, la capacitación en lenguas extranjeras y todos aquellos aspectos que contribuyan al desarrollo curricular de las enseñanzas reguladas en el presente decreto del Consell.

6. Para la docencia de ciertos contenidos de los módulos, así como para la impartición de cursos específicos y de especialización cuyos contenidos no se solapen con los establecidos en el anexo I de este decreto del Consell, se podrá contratar a profesorado especialista en activo. Su contratación podrá ser de tipo administrativo o como prestación de servicios al centro y conforme a lo dispuesto en el Decreto 296/1997, de 2 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula el régimen de contratación de profesorado especialista.

Artículo 16. Requisitos mínimos de los centros

Los centros de enseñanza que impartan el ciclo formativo de artes plásticas y diseño regulado en este decreto del Consell deberán cumplir, en cuanto a los requisitos referentes a denominación, instalaciones, condiciones materiales, centros integrados y relación numérica profesorado/alumnado, lo previsto en el Real decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y en el Real decreto 1429/2012, de 11 de octubre, y a las normas que dicte al efecto la conselleria competente en materia de educación.

Artículo 17. Ratio aulas

En las enseñanzas correspondientes al ciclo formativo de artes plásticas y diseño de Gráfica Impresa la relación numérica profesorado-alumnado será, como máximo, de 1/30 en las clases teóricas y teórico-prácticas y de 1/15 en las clases prácticas y talleres,establecida en el artículo 13 del Real decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas artísticas regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. Acceso a otros estudios

1. El título de técnico o técnica superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa permitirá el acceso a cualquier otro ciclo formativo de grado medio o superior de las enseñanzas artísticas profesionales, con la exención de la prueba específica en aquellos casos previstos en el artículo 15 del Real decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño y en el artículo 3 de la Orden 13/2018, de 18 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

2. El título de técnico o técnica superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa permitirá el acceso directo a las enseñanzas artísticas superiores de Diseño, de Artes Plásticas y de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.

3. El título de técnico o técnica superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa permitirá el acceso a los estudios universitarios de conformidad con lo establecido en el Real decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado.

4. El reconocimiento de créditos entre títulos pertenecientes a enseñanzas de educación superior y el título de técnico o técnica superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa se llevará a cabo de conformidad con el Real decreto 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la educación superior, salvo en los supuestos de convalidación o reconocimiento entre estudios de una misma enseñanza o estudios de técnico o técnica superior de enseñanzas distintas, que se regirán por su normativa específica.

Segunda. Accesibilidad universal en las enseñanzas del ciclo formativo de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa

La conselleria competente en materia de educación establecerá las medidas oportunas en cuanto a la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad de las personas con discapacidad a estas enseñanzas, de conformidad a la legislación sectorial vigente en la materia.

Tercera. Títulos

Para la expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas reguladas en este decreto del Consell, se estará a lo dispuesto en la normativa de la conselleria competente en materia de educación.

Cuarta. Incidencia en las dotaciones de gasto

La implementación y el posterior desarrollo de este decreto del Consell no podrá tener incidencia alguna en la dotación de todos y cada uno de los capítulos de gasto asignados a la conselleria competente en materia de educación, y en todo caso deberá ser atendido con los medios personales y materiales de la conselleria competente en estas enseñanzas.

Quinta. Determinación del carácter de los módulos

La dirección general con competencias en enseñanzas de régimen especial podrá determinar, mediante resolución, el carácter teórico, teórico-práctico, práctico o taller de los módulos de los ciclos formativos de artes plásticas y diseño.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única. Derogación normativa

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente decreto del Consell.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Aplicación y desarrollo

Se autoriza a quien ostente la titularidad de la conselleria competente en materia educativa para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de lo dispuesto en este decreto del Consell.

Segunda. Normas complementarias

Para todas aquellas cuestiones no reguladas en el presente decreto del Consell o en las normas de desarrollo del mismo, será de carácter supletorio la normativa vigente en cuanto a las enseñanzas de formación profesional.

Tercera. Entrada en vigor

El presente decreto del Consell entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València,17 de junio de 2022

El president de la Generalitat,

XIMO PUIG I FERRER

La consellera de Educación, Cultura y Deporte,

RAQUEL TAMARIT IRANZO

ANEXO I

Currículo del título de técnico o técnica superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa

1. Identificación del título.

1.1. Denominación: técnico o técnica superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Impresa.

1.2. Nivel: Grado superior de las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño.

1.3. Duración total del ciclo: 2.000 horas.

1.4. Familia profesional artística: Comunicación gráfica y audiovisual.

1.5. Referente europeo: CINE-5b (Clasificación Internacional Normalizada de la Educación)

2. Perfil profesional.

2.1. Competencia general.

2.1.1 Proponer y realizar soluciones gráficas para transmitir mensajes por encargo de empresas, instituciones u otros profesionales.

2.1.2 Planificar el desarrollo del proyecto de imagen gráfica desde la identificación del encargo comunicativo, la definición de los aspectos formales y estéticos, funcionales y técnicos, hasta la realización del producto gráfico acabado.

2.1.3 Organizar y llevar a cabo las diferentes fases del proyecto y los correspondientes controles de calidad que garanticen la expresión gráfica óptima del mensaje.

2.2. Competencias profesionales.

2.2.1 Realizar, de manera autónoma, productos gráficos con el nivel de calidad exigible profesionalmente.

2.2.2 Comunicar eficientemente mediante recursos gráficos ideas y mensajes publicitarios.

2.2.3 Dotar al producto gráfico de los elementos persuasivos, informativos o identificativos adecuados a los objetivos del encargo.

2.2.4 Solucionar mediante recursos gráficos y tipográficos los aspectos formales y comunicativos del encargo.

2.2.5 Planificar y realizar proyectos gráficos en todas sus fases y llevar a cabo los controles de calidad correspondientes para la obtención de un producto impreso de calidad técnica, artística y comunicativa.

2.2.6 Definir los aspectos formales y funcionales del mensaje gráfico en un soporte impreso.

2.2.7 Transmitir con precisión la información adecuada para los procesos de reproducción y realizar el seguimiento y control de calidad correspondiente hasta conseguir un resultado impreso idóneo.

2.2.8 Conocer y cumplir la normativa que regula la actividad profesional

2.3. Cualificación profesional del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

3. Contexto profesional.

3.1. Ámbito profesional.

3.1.1 Puede desarrollar su actividad como persona profesional autónoma, asociado o contratado por cuenta ajena.

3.1.2 Realiza, parcial o totalmente, como un hombre o mujer profesional especialista, el proyecto gráfico para distintas aplicaciones.

3.1.3 Elabora propuestas y proyectos de productos gráficos por encargo de empresas, estudios de diseño o instituciones.

3.1.4 Puede desarrollar sus competencias como profesional independiente o como realizador dependiente realizando gráficamente las ideas de otros profesionales.

3.2. Sectores productivos.

Puede ejercer su profesión en el ámbito público o privado, en empresas dedicadas a la comunicación publicitaria, agencias, estudios de diseño, empresas, e instituciones de otros sectores que así lo requieran.

3.3. Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes.

Persona profesional cualificada para desempeñar los siguientes puestos de trabajo y ocupaciones:

Realización de productos gráficos impresos de empresas e instituciones y seguimiento y control de calidad en la industria gráfica.

Realización de aplicaciones vinculadas a la comunicación gráfica del mensaje: Vallas, expositores, carteles, folletos, anuncios, merchandising, etc. y sus elementos asociados.

Director o directora de arte.

Creativo o creativa.

Coordinador o coordinadora de realización.

Grafista con experiencia en la selección y uso de recursos tipográficos para diferentes aplicaciones.

Realización de artes finales para su correcta impresión, selección de soportes y acabados, análisis de pruebas de preimpresión, control de calidad, postproducción.

Colaborador o Colaboradora gráfica en equipos multidisciplinares.

4. Estructura del currículo

4.1. Objetivos generales del ciclo formativo

4.1.1 Identificar las necesidades comunicativas planteadas en una propuesta de comunicación visual y utilizar los recursos gráficos más adecuados.

4.1.2 Idear, planificar y realizar productos gráficos impresos atendiendo a los objetivos comunicativos del proyecto y llevando a cabo los controles de calidad correspondientes a fin de optimizar recursos.

4.1.3 Resolver adecuadamente los problemas expresivos, formales, funcionales y técnicos que se presenten en el proceso de diseño y realización de la propuesta gráfica.

4.1.4 Resolver adecuadamente los problemas de ejecución, organización, gestión y control del proceso de producción gráfica.

4.1.5 Desarrollar método, rigor y capacidad de comunicación para la presentación y defensa de proyectos y productos gráficos impresos.

4.1.6 Interpretar la evolución de las tendencias estéticas en el diseño gráfico y valorar los condicionantes simbólicos, culturales y comunicativos que contribuyen a configurar la forma idónea del mensaje.

4.1.7 Valorar e integrar en la propuesta gráfica los elementos informativos, identificativos y persuasivos adecuados a los objetivos comunicativos del proyecto.

4.1.8 Conocer las especificaciones técnicas en los procesos de reproducción y saber gestionarlas para garantizar la calidad y competitividad del producto gráfico en el mercado.

4.1.9 Seleccionar y producir las fuentes y documentación necesaria para gestionar la realización del proyecto gráfico.

4.1.10 Realizar productos gráficos impresos con el nivel calidad comunicacional, técnica y artística exigible en el sector profesional.

4.1.11 Adaptarse en condiciones de competitividad a los cambios tecnológicos y organizativos del sector.

4.1.12 Buscar, seleccionar y utilizar fuentes de información y formación continua relacionadas con el ejercicio profesional.

4.1.13 Comprender y aplicar el marco legal y normativo que regula y condiciona la actividad profesional.

4.1.14 Valorar y aplicar los principios de la ética profesional en el desarrollo de la actividad profesional, su gestión y administración

4.1.15 Adquirir método y rigor en la presentación y defensa de una idea o un proyecto ante el cliente o equipo de trabajo.

4.1.16 Iniciarse en la búsqueda de soluciones gráficas creativas relacionadas con la comunicación y atender a la efectividad comunicativa.

4.1.17 Valorar el trabajo como oportunidad de búsqueda y experimentación con formas, soportes y materiales, de creatividad, comunicación y expresión artística personal.

4.2. Distribución horaria de las enseñanzas y organización de los módulos

4.2.1 Distribución horaria de las enseñanzas

Estructura general Horas lectivas Créditos ECTS

Módulos impartidos en el centro educativo 1850 112

Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres 150 8

Total horas de enseñanza 2000 120

4.2.2 Distribución horaria semanal por cursos y créditos de los módulos

Módulos formativos Sesiones/semana Horas lectivas Créditos ECTS

1º ECTS 2º ECTS

Fundamentos de la representación y expresión visual 4 5 100 5

Teoría de la imagen 2 3 50 3

Medios informáticos 4 6 3 4 175 10

Fotografía 4 5 100 5

Historia de la imagen gráfica 3 4 75 4

Tipografía 4 5 3 4 175 9

Producción gráfica industrial 3 4 4 5 175 9

Técnicas de expresión gráfica - 6 7 150 7

Fundamentos de diseño gráfico 4 5 100 5

Proyectos de gráfica impresa 8 15 10 17 450 32

Proyecto integrado - - 4 12 100 12

Formación y orientación laboral 2 3 - - 50 3

Empresa e iniciativa emprendedora - - 2 3 50 3

Idioma extranjero 2 3 2 2 100 5

Formación práctica en empresas - - 8 150 8

Total 37 37 2000 120

4.3. Objetivos, contenidos y criterios de evaluación de los módulos

I. FUNDAMENTOS DE LA REPRESENTACIÓN Y LA EXPRESIÓN VISUAL

Duración: 100 horas

Equivalencia en créditos ECTS: 5

a) Objetivos.

1. Analizar los elementos que configuran la representación del espacio en un soporte bidimensional y las interrelaciones que se establecen entre ellos.

2. Utilizar adecuadamente los elementos y las técnicas propias del lenguaje plástico y visual en la representación gráfica de imágenes.

3. Adecuar la representación gráfica a los objetivos comunicacionales del mensaje.

4. Comprender los fundamentos y la teoría del color, su importancia en los procesos de creación artístico-plástica y utilizarlos de manera creativa en la representación gráfica de mensajes.

5. Analizar el color y los demás elementos del lenguaje plástico y visual presentes en diferentes imágenes bi y tridimensionales.

6. Ejercitar la capacidad de invención e ideación y desarrollar la sensibilidad estética y creativa.

b) Contenidos.

1. Configuración del espacio bidimensional: el lenguaje gráfico. Elementos formales, expresivos y simbólicos del lenguaje plástico y visual. Recursos y aplicaciones.

2. Forma y estructura. Elementos proporcionales

3. Forma y composición en la expresión bidimensional. Relaciones fondo/forma. Equilibrio. Líneas de fuerza y tensión. Peso visual. Formato.

4. Valores expresivos y comunicacionales de la imagen. El discurso gráfico. Estrategias y ritmos compositivos.

5. Fundamentos y teoría de la luz y el color. El color: Percepción del color. Características del color. Síntesis aditiva y sustractiva. Armonías y contrastes. Relatividad del color. Metodologías de clasificación y normalización del color aplicado a los distintos ámbitos del diseño.

6. Valores expresivos y simbólicos del color. Funciones comunicativas, simbología y lenguaje del color. Psicología del color. Fenomenología del color en relación a los aspectos psicológicos, antropológicos y sociológicos y su participación en los procesos creativos de carácter plástico aplicado a los distintos ámbitos del diseño.

7. Interacción de los elementos visuales: forma, color y textura en la representación creativa.

8. Interacción del color en la representación creativa. El color como percepción, contrastes y asimilación. Fenomenología del color en relación con los procedimientos plásticos aplicados al diseño. Tratamiento y aplicación del color en medio digital. Instrumentos, técnicas y materiales. La experimentación con técnicas gráficas y pictóricas.

c) Criterios de evaluación.

Se valorará la capacidad del alumnado para:

1. Representar imágenes de acuerdo a las técnicas y procedimientos gráficos más idóneos.

2. Analizar, estructurar y representar el espacio compositivo de una imagen a partir de un planteamiento previo.

3. Utilizar adecuadamente la metodología y los diferentes materiales y técnicas del dibujo en la representación gráfica de formas de la realidad o de la propia inventiva.

4. Explorar con iniciativa y sensibilidad las posibilidades expresivas del dibujo, del color y la composición y utilizarlas de manera creativa en la realización de imágenes.

5. Combinar adecuadamente los conocimientos y capacidades del dibujo y la composición con la materialización de ideas, conceptos e informaciones en la realización de proyectos de comunicación gráfica.

6. Utilizar el color con intencionalidad significativa y estética en la representación gráfica de ideas y mensajes.

7. Valorar argumentando los aspectos formales, estéticos y simbólicos en una representación visual determinada.

II. TEORÍA DE LA IMAGEN

Duración: 50 horas.

Equivalencia en créditos ECTS: 3

a) Objetivos.

1. Identificar, valorar e interpretar imágenes aplicando diferentes modelos de análisis.

2. Conocer los principios teóricos de la percepción visual.

3. Interpretar los códigos significativos de la imagen.

4. Identificar y valorar la función expresiva de la imagen en su contexto.

5. Identificar y analizar las estrategias de comunicación en imágenes de diversos ámbitos.

6. Conocer los diferentes ámbitos y entornos de producción de la imagen fija y en movimiento.

b) Contenidos.

1. El signo: expresión y contenido. Denotación y connotación. Semiótica visual.

2. Tipos de signos. Propiedades y convenciones. Los signos y sus valores significativos.

3. Identificación, análisis y valoración de la imagen.

4. Sintaxis visual. La composición, el espacio, el tiempo y el movimiento en la imagen fija.

5. La visualización de la realidad. Teorías perceptivas. Percepción del espacio, el color y el movimiento.

6. La comunicación visual en el contexto actual. El proceso comunicativo. Retórica visual.

7. La representación y los elementos morfológicos, dinámicos y mensurables de la imagen. Estructura y composición de la imagen.

8. Construcción del mensaje visual. Función, estrategia, organización y jerarquía, emisores y receptores

9. Psicología de la comprensión visual. Memoria y pensamiento visual.

10. La narrativa gráfica: imagen secuencial e imagen fija. Recursos audiovisuales y dinámicos de la imagen.

c) Criterios de evaluación.

Se valorará la capacidad del alumnado para:

1. Elaborar estrategias de comunicación visual para la transmisión de ideas y mensajes propios o asignados y justificarlas adecuadamente.

2. Relacionar los principios fundamentales de la percepción y la teoría de la imagen.

3. Analizar imágenes de acuerdo a los contenidos expresivos del lenguaje visual utilizado y su significado.

4. Elaborar propuestas de representación gráfica para los conceptos y principios fundamentales de la percepción visual.

5. Proponer soluciones gráficas adecuadas a problemas de comunicación y valorarlas argumentadamente.

6. Identificar los elementos morfológicos y sintácticos de las imágenes.

7. Diferenciar los aspectos denotativos y connotativos de la imagen.

8. Conocer las características específicas que imponen a las imágenes los medios de difusión editorial y audiovisual.

III. MEDIOS INFORMÁTICOS I-II

Duración: 175 horas.

Equivalencia en créditos ECTS: 10

Para este módulo que se imparte en dos cursos académicos, el Departamento Didáctico correspondiente de cada centro distribuirá y graduará, por curso, los objetivos, contenidos y criterios de evaluación y los recogerá en la correspondiente programación didáctica.

a) Objetivos.

1. Analizar la evolución de los medios informáticos en la sociedad actual y la presencia de las nuevas tecnologías en la realización y edición de imágenes.

2. Conocer los fundamentos informáticos, la relación hardware y software y comprender sus características y funciones.

3. Comprender y aplicar los conceptos fundamentales de la imagen digital vectorial y la imagen bitmap, el tratamiento de la tipografía digital, sistemas de color y formatos adecuados a cada necesidad.

4. Digitalizar imágenes, almacenarlas y convertirlas a formatos adecuados.

5. Conocer y utilizar las aplicaciones de los programas informáticos específicos de diseño.

6. Utilizar los medios informáticos como instrumentos de ideación, gestión y comunicación del propio trabajo.

7. Generar archivos digitales para la reproducción.

b) Contenidos.

1. Evolución de la informática e internet. La sociedad de la información. Software libre y software propietario.

2. Sistemas operativos. Ordenador, periféricos y redes, cloud computing.

3. Sistemas de colores, digitalización, vectorización, OCR. Tipografía digital.

4. Comunicación entre diferentes entornos. Importación y exportación de archivos.

5. La imagen vectorial. Software de creación. Fundamentos de los gráficos vectoriales. El área de trabajo. Herramientas de creación.

6. Organización de objetos: capas, agrupamientos, máscaras, estilos. Organización y gestión de elementos vectoriales.

7. La imagen bitmap (ráster). Software de creación y edición, tratamiento y gestión de imágenes bitmap y fotografía digital. Herramientas de dibujo.

8. Fotografía digital. Preparación de ficheros para distribución y salida (revelado, edición y salida).

9. Tipos de archivos para la distribución y salida. Organización de la información.

10. Programas de producción editorial. Composición y maquetación de publicaciones. Combinación de datos. Preparación de archivos para proveedores de impresión. Optimización de archivos gráficos.

11. Realización de presentaciones. Documentos electrónicos con elementos interactivos. Copias de seguridad. Comunicaciones digitales básicas y corporativas.

12. Calibración de dispositivos. Espacio de trabajo. Etiquetado y conversión de color. Reproductibilidad.

13. Gestión de fuentes. Instalación de tipografías. Creación y modificación de archivos tipográficos.

c) Criterios de evaluación.

Se valorará la capacidad del alumnado para:

1. Valorar argumentadamente la evolución tecnológica y la importancia de las nuevas tecnologías en los procesos productivos, industriales y artísticos y específicamente en el ejercicio profesional del diseño gráfico en sus distintos ámbitos.

2. Identificar los componentes físicos y lógicos de un sistema informático.

3. Comprender y utilizar adecuadamente los diversos tipos de formatos gráficos para aplicaciones gráficas y multimedia y las diferentes posibilidades de organizar la información.

4. Preparar los formatos, resolución y tamaño para trabajar en aplicaciones gráficas y multimedia.

5. Diferenciar los formatos de imagen digital vectorial y bitmap y comprender sus características fundamentales.

6. Emplear con destreza las herramientas de maquetación y de ilustración vectorial y bitmap.

7. Seleccionar y utilizar correctamente los materiales y equipos informáticos en el desarrollo del propio trabajo tanto en el proceso creativo y proyectual como en la comunicación.

IV. FOTOGRAFÍA

Duración: 100 horas

Equivalencia en créditos ECTS: 5.

a) Objetivos.

1. Conocer y dominar la técnica y la tecnología fotográfica.

2. Comprender el lenguaje fotográfico, sus dimensiones y sus particularidades.

3. Utilizar la fotografía en proyectos propios en el contexto de la especialidad.

4. Saber gestionar imágenes fotográficas adecuadas a proyectos de gráfica audiovisual.

b) Contenidos.

1. El lenguaje fotográfico, dimensiones, finalidad, particularidades.

2. Los equipos fotográficos y sus usos.

3. La toma fotográfica: composición, encuadres, planos, y puntos de vista. Condicionantes técnicos, ambientales, estéticos. Representación del espacio y del tiempo en la imagen fija.

4. La luz en la fotografía. Iluminación natural y Artificial: criterios estéticos y funcionales.

Medición e iluminación. La fotografía en exteriores, interiores y plató.

5. El color en la fotografía. Evolución y usos expresivos. Concepto de temperatura de color.Los originales en color y sus correcciones RGB y CMYK.

6. Gestión de archivos fotográficos. Edición y selección de fotografías.

7. Procesado y manipulación de las imágenes. Quemados, solaridaciones, tramados, virados, coloreados, montajes, collages, pasterizaciones.

8. Tratamiento formal y expresivo de la fotografía en el ámbito de la especialidad.

9. Los ámbitos fotográficos. La fotografía editorial. La narración en imágenes. El reportaje fotográfico.

10. La creación de bancos de imágenes.

11. El portafolio-book en el ámbito profesional.

c) Criterios de evaluación.

Se valorará la capacidad del alumnado para:

1. Utilizar con destreza los equipos y las técnicas propias del medio fotográfico.

2. Comprender los mecanismos teórico-expresivos del medio fotográfico y utilizarlos con una finalidad comunicativa.

3. Integrar la fotografía en la realización de proyectos de gráfica audiovisual bien sea como herramienta de creación o como recurso expresivo y comunicativo.

4. Valorar argumentadamente la producción fotográfica propia o ajena utilizando criterios técnicos, artísticos y comunicativos.

5. Conocer y emplear correctamente la terminología específica del módulo.

6. Mostrar capacidad crítica para emitir un juicio estético y técnico argumentado, con relación a imágenes fotográficas.

V. HISTORIA DE LA IMAGEN GRÁFICA

Duración: 75 horas.

Equivalencia en créditos ECTS: 4

a) Objetivos.

1. Comprender los lenguajes artístico-plásticos propios de los medios de comunicación gráfica y visual desde el punto de vista conceptual y formal.

2. Conocer los orígenes y evolución de la imagen gráfica y sus técnicas en relación con el contexto histórico-artístico y tecnológico.

3. Comprender la evolución histórica, formal y tecnológica de la imagen impresa e identificar autores y obras significativas.

4. Analizar productos gráficos en base a los conocimientos histórico-artísticos y sus características técnicas, tecnológicas y comunicativas.

5. Valorar razonadamente realizaciones gráficas actuales de diferentes ámbitos de acuerdo a su dimensión expresiva, comunicativa y artística así como al propio criterio o posicionamiento propio.

b) Contenidos.

1. Concepto y manifestaciones de la comunicación gráfica. El diseño gráfico, la ilustración, el cómic, la fotografía: lenguaje y características propias de cada medio.

2. Manifestaciones y evolución de la imagen gráfica en la comunicación visual. El producto gráfico en relación al contexto histórico-artístico.

3. Recorrido por la evolución histórica, técnica y estética de la imagen impresa. Manifestaciones más significativas. Tendencias y autores relevantes.

4. Evolución de la imagen gráfica y del producto gráfico impreso en los diferentes ámbitos del diseño gráfico.

5. Influencia de las tendencias artísticas actuales, las nuevas tecnologías y los medios de comunicación en los aspectos formales, expresivos y comunicativos de la imagen gráfica impresa.

6. Tendencias, autores y realizaciones actuales en la imagen gráfica y la comunicación visual.

c) Criterios de evaluación.

Se valorará la capacidad del alumnado para:

1. Analizar e interpretar formal, estilística y técnicamente imágenes gráficas en relación con el contexto histórico-artístico en que se producen.

2. Identificar imágenes y autores significativos así como las aportaciones e innovaciones estéticas y técnicas en su realización.

3. Explicar razonadamente, utilizando adecuadamente la terminología de la asignatura, la evolución técnica de los sistemas de reproducción gráfica y sus repercusiones formales en relación con el momento histórico-artístico.

4. Explicar las consecuencias formales de la evolución tecnológica de la comunicación en el lenguaje visual de la imagen actual.

5. Emitir un juicio crítico razonado acerca de las cualidades artísticas y comunicativas de imágenes gráficas actuales en base al conocimiento histórico, al propio criterio y sensibilidad estética.

VI. TIPOGRAFÍA I- II

Duración: 175 horas.

Equivalencia en créditos ECTS: 9.

Para este módulo que se imparte en dos cursos académicos, el Departamento Didáctico correspondiente de cada centro distribuirá y graduará, por curso, los objetivos, contenidos y criterios de evaluación y los recogerá en la correspondiente programación didáctica.

a) Objetivos.

1. Valorar la dimensión comunicativa de la tipografía como imagen de la palabra y la transmisión de ideas.

2. Estudiar los elementos formales del signo tipográfico.

3. Analizar los condicionantes formales de un alfabeto. El signo y el abecedario.

4. Identificar y comprender la disposición de los caracteres tipográficos. La palabra y el texto.

5. Elaborar representaciones gráficas utilizando material tipográfico.

6. Valorar la dimensión estética, técnica, semántica y funcional de la tipografía y la composición.

7. Explorar las posibilidades creativas de los elementos tipográficos, caracteres, palabras, textos y composición para realizar propuestas comunicativas eficientes.

8. Conocer cómo medir los signos tipográficos y sus espacios.

9. Conocer las características principales de las familias tipográficas y los rasgos diferenciadores más significativos de los tipos.

10. Conocer las reglas básicas de legibilidad y su aplicación adecuada a las especificaciones del impreso.

11. Conocer la importancia de la tipografía en la historia de la comunicación visual.

12. Conocer la arquitectura del mensaje tipográfico, su jerarquía y organización, adecuándolo al soporte de edición.

13. Estudiar la tecnología digital asociada a la creación de tipografía.

14. Explorar los procesos de creación de recursos tipográficos digitales orientados a la edición.

b) Contenidos.

1. Historia de la tipografía en el contexto de la edición.

2. La evolución gráfica de la comunicación.

3. La forma de cada carácter. Anatomía de los signos tipográficos. Estructura.

4. La unidad y el todo. El carácter y el abecedario tipográfico. Las familias de caracteres tipográficos.

5. Tipometría tipográfica y su entorno tecnológico.

6. Condiciones de legibilidad y ergonomía.

7. Conceptos de composición tipográfica.

8. Disposición y estética tipográfica.

9. Maquetación. Uso de retículas. Arquitectura gráfica

10. La tipografía en los diferentes ámbitos del diseño gráfico.

11. Aspectos técnicos, estéticos, semánticos y funcionales de la tipografía.

12. El valor comunicativo y expresivo del mensaje tipográfico y las posibilidades informativas, identificativas y persuasivas de los signos visuales.

13. Tipografía digital.

14. La corrección ortográfica y tipográfica. Normas ortotipográficas de la lengua.

c) Criterios de evaluación.

Se valorará la capacidad del alumnado para:

1. Analizar y describir los elementos formales de los caracteres y sus implicaciones como imágenes visuales.

2. Explorar con un objetivo comunicativo diferentes construcciones gráficas de la imagen de los caracteres.

3. Proponer representaciones gráficas eficientes y adecuadas al mensaje mediante diversas combinaciones de los elementos tipográficos.

4. Definir propuestas tipográficas adecuadas a supuestos prácticos de la especialidad utilizando criterios formales, estéticos y funcionales.

5. Valorar críticamente la eficacia comunicativa del mensaje gráfico y de los recursos tipográficos que lo representen, en base a los conocimientos del módulo y al propio criterio.

6. Adquirir conocimientos históricos, gráficos y plásticos de la construcción de la letra para el posterior desarrollo de recursos tipográficos adecuados a la edición.

7. Diferenciar las distintas familias tipográficas y explicar sus rasgos distintivos utilizando adecuadamente la terminología tipográfica.

8. Explicar el recorrido histórico de la tipografía y los momentos más significativos de su evolución.

VII. PRODUCCIÓN GRÁFICA INDUSTRIAL I - II

Duración: 175 horas.

Equivalencia en créditos ECTS: 9

Para este módulo que se imparte en dos cursos académicos, el Departamento Didáctico correspondiente de cada centro distribuirá y graduará, por curso, los objetivos, contenidos y criterios de evaluación y los recogerá en la correspondiente programación didáctica.

a) Objetivos.

1. Analizar y diferenciar los distintos tipos de originales considerando los procesos y factores que intervienen en la reproducción.

2. Configurar adecuadamente archivos para imprenta.

3. Comprender y valorar las variables de una tirada de impresión.

4. Definir y diferenciar los distintos tipos de impresión industrial y sus particularidades.

5. Interpretar las características de proyectos gráficos, elegir el sistema de impresión más adecuado y preparar originales y archivos para su posterior reproducción.

6. Saber elegir los soportes gráficos idóneos para un proyecto determinado.

7. Optimizar los elementos que intervienen en la fase de reproducción de un proyecto gráfico.

8. Realizar el seguimiento del producto impreso en todas las fases de reproducción e impresión y los controles de calidad correspondientes.

9. Valorar la presencia de las nuevas tecnologías en la producción gráfica industrial.

10. Adquirir y manejar la terminología específica relacionada con la producción gráfica impresa y usarla con rigor.

b) Contenidos.

1. Tipos de originales. Características. Color. Directos. Cuatricromía.

2. Gestión del color. Calibración de dispositivos.

3. Captura de imágenes: escáneres, cámaras digitales, soportes digitales y bancos de imágenes para escaneado y calibrado.

4. Preparación de archivos para imprenta. Formatos y configuraciones. Artes Finales imprenta. Imposición y montaje.

5. Fotolitos y obtención de las formas impresoras (planchas, pantallas, cauchos, clichés,…)

6. Software de comprobación preliminar. Simulaciones y pruebas en pantalla. Pruebas de impresión. Valoración de pruebas. Normas y recomendaciones para la obtención de pruebas (UNE, ISO)

7. Soportes de impresión: el papel y otros soportes de impresión.

8. Sistemas de impresión: relieve, hueco, impresión plana, permeografía e impresión digital. Técnicas, procedimientos, materiales y equipos. Originales gráficos idóneos en cada sistema de impresión.

9. Seguimiento y control de calidad en los procedimientos de reproducción e impresión. Ajustes, correcciones y modificaciones.

10. Postimpresión. Acabados.

11. Realización de presupuestos. Optimización de recursos.

12. Las nuevas tecnologías en los procesos de reproducción e impresión industriales.

c) Criterios de evaluación.

Se valorará la capacidad del alumnado para:

1. Llevar a cabo los procesos adecuados para hacer posible la reproducción del original gráfico.

2. Analizar y diferenciar originales, la preparación, la reproducción y los resultados., utilizando adecuadamente el vocabulario técnico de la asignatura.

3. Diferenciar las técnicas, procedimientos, materiales e instrumentos correspondientes a los sistemas de impresión industrial.

4. Preparar originales y configurar correctamente archivos para imprenta.

5. Reconocer los distintos tipos de originales y elegir el sistema de impresión más adecuado.

6. Elegir argumentadamente el soporte de impresión más adecuado a un proyecto gráfico.

7. Gestionar de forma correcta y eficiente los elementos que intervienen en la reproducción e impresión de un proyecto gráfico.

8. Verificar todas las fases de reproducción e impresión y los controles de calidad correspondientes llevando a cabo las correcciones necesarias para la obtención de un impreso de la calidad técnica exigida en el mercado.

9. Analizar y valorar los ámbitos de actuación y la influencia de las nuevas tecnologías en la industria gráfica.

10. Estructurar correctamente el proceso de trabajo.

VIII. TÉCNICAS DE EXPRESIÓN GRÁFICA

Duración: 150 horas.

Equivalencia en créditos ECTS: 7

a) Objetivos.

1. Diferenciar los procedimientos y saber utilizar las principales técnicas de expresión gráfica así como sus útiles, herramientas y materiales.

2. Conocer la terminología básica de las distintas técnicas gráficas.

3. Conocer y valorar los recursos expresivos y comunicativos que proporcionan las distintas técnicas de expresión gráfica.

4. Seleccionar y saber aplicar las técnicas gráficas más adecuadas a las particularidades temáticas, estilísticas y comunicativas del encargo gráfico.

5. Experimentar las posibilidades expresivas de las diferentes técnicas en función de sus preferencias estilísticas y artísticas e incorporarlas al estilo personal.

6. Conocer y combinar técnicas tradicionales y digitales para enriquecer la creación y fomentar la creatividad.

7. Analizar y reconocer las técnicas y estilos en imágenes impresas de diferentes épocas y valorar sus posibilidades de aplicación creativa al propio estilo.

8. Desarrollar la capacidad de comunicación gráfica, la creatividad y expresividad personales a través de las realizaciones gráficas.

9. Valorar los nuevos medios de expresión y los valores plásticos en las tecnologías, disfrutando con su utilización y valorando sus posibilidades con vistas al futuro.

b) Contenidos.

1. Las técnicas y procedimientos de expresión gráfica. Utensilios, herramientas, materiales. Terminología específica. Aplicación de las nuevas tecnologías.

2. Técnicas gráficas secas, húmedas, mixtas. Técnicas grasas. Terminología propia de estas técnicas. Aplicación de las técnicas propias del dibujo en la realización de trabajos. Aplicación de las diversas técnicas en la realización de trabajos.

3. Técnicas de impresión manuales. Texturas. Terminología específica. Aplicación de las diversas técnicas de grabado y estampación en la realización de trabajos.

4. Técnicas aditivas. El collage y el fotomontaje.

5. Técnicas digitales. Combinación de técnicas analógicas y digitales.

6. Otros materiales y técnicas de expresión artística: reprografía, aerografía, electrografía, etc.

7. Las técnicas gráficas en productos impresos (publicidad, diseño editorial, etc.) de diferentes épocas.

8. Las técnicas gráficas en la publicidad de diferentes épocas. Aplicaciones prácticas y creativas en la actualidad. Recursos actuales.

9. El estudio del grafista. Equipo, organización. Técnicas y métodos de archivo de la documentación.

c) Criterios de evaluación.

Se valorará la capacidad el alumnado para:

1. Emplear las diferentes técnicas gráficas, con calidad artística y técnica, en la realización de ejercicios de la especialidad.

2. Utilizar correctamente la terminología específica de las distintas técnicas gráficas.

3. Seleccionar, y aplicar con destreza y pulcritud, la técnica más adecuada a las particularidades del encargo.

4. Identificar y diferenciar las técnicas y estilos de realizaciones gráficas de diferentes épocas en los diversos ámbitos del diseño gráfico.

5. Experimentar con las diferentes técnicas buscando aplicaciones más personales y creativas.

6. Analizar los fundamentos y comportamientos de los materiales y técnicas en sus respectivos soportes y seleccionar los más adecuados para cada situación y técnica.

7. Utilizar correctamente los utensilios y materiales propios de las técnicas gráficas así como mantener el equipamiento y el lugar de trabajo en condiciones idóneas.

8. Archivar adecuadamente la documentación técnica y visual.

9. Presentar correctamente los trabajos adecuándolos a las especificaciones formales, conceptuales y temporales establecidas.

IX. FUNDAMENTOS DEL DISEÑO GRÁFICO

Duración: 100 horas.

Equivalencia en créditos ECTS: 5.

a) Objetivos.

1. Diferenciar los ámbitos, particularidades y principales aplicaciones del diseño gráfico.

2. Identificar y analizar los recursos comunicativos y expresivos del diseño gráfico en sus diferentes ámbitos.

3. Explorar las posibilidades comunicativas de los recursos del diseño gráfico en la transmisión eficaz de ideas y mensajes en el producto impreso.

4. Saber utilizar los elementos propios del lenguaje gráfico para comunicar mensajes e ideas.

5. Analizar las características formales y funcionales de la composición, la tipografía, el color y la imagen en el producto gráfico impreso.

6. Saber estructurar el soporte y ordenar los elementos que participan en el discurso gráfico atendiendo a los objetivos comunicacionales del encargo.

7. Explorar las particularidades del soporte con relación a las posibilidades expresivas de los elementos gráficos del mensaje y su visualización.

8. Valorar argumentadamente productos gráficos impresos en función de las características formales, técnicas y comunicativas.

9. Conocer la simbología, el significado y las posibilidades comunicativas del color en la transmisión eficaz de ideas y mensajes en el producto impreso

10. Estructurar el soporte y ordenar los elementos que participan en el diseño del producto gráfico impreso atendiendo a las especificaciones del proyecto

11. Interpretar las especificaciones del diseño de un producto gráfico impreso y realizar correctamente, de acuerdo a las indicaciones, los diversos elementos gráficos que lo componen

b) Contenidos.

1. Arte, diseño y comunicación. El diseño gráfico, ámbitos, aplicaciones, particularidades y finalidad comunicativa. Métodos de diseño. Análisis de trabajos representativos de los diferentes ámbitos. Particularidades de los productos gráficos impresos.

2. La comunicación y el lenguaje visual. Semiótica. Los signos gráficos, la tipografía, el color, la composición y la imagen. Valor expresivo y comunicativo. Procedimientos retóricos.

3. Estructura del espacio gráfico y jerarquías compositivas e informativas de los elementos visuales en función del mensaje y del ámbito de diseño.

4. Tendencias gráficas actuales en comunicación persuasiva, informativa e identificativa. Repercusiones formales, técnicas y comunicativas de las nuevas tecnologías.

5. El mensaje gráfico y el soporte. Aspectos significativos. Particularidades del soporte impreso. Condicionamientos formales y técnicos.

6. Áreas de actuación de la gráfica impresa: El Diseño de identidad visual, la Gráfica publicitaria, el Diseño editorial, la Señalización, el Packaging.

7. Elementos básicos del diseño. Elementos conceptuales. Elementos visuales. Elementos de relación. Elementos prácticos.

8. El color. Síntesis aditiva y síntesis sustractiva. Propiedades del color. Colores primarios, secundarios e intermedios. Relaciones de armonía y contraste. Psicología del color.

c) Criterios de evaluación.

Se valorará la capacidad del alumnado para:

1. Caracterizar los campos de actuación del diseño gráfico, diferenciar los objetivos comunicativos dominantes en cada uno, sus interrelaciones, aplicaciones y productos.

2. Diferenciar los productos impresos más representativos de cada ámbito del diseño gráfico, sus interrelaciones, soportes, aplicaciones y finalidades comunicativas.

3. Comprender las posibilidades formales y comunicativas de la composición, la tipografía, el color y la imagen y aplicarlas en supuestos prácticos de la especialidad.

4. Explorar diferentes combinaciones de elementos visuales con un objetivo comunicativo.

5. Proponer productos impresos adecuados a supuestos prácticos de la especialidad utilizando criterios formales, estéticos y funcionales.

6. Ordenar el espacio y los elementos visuales del producto impreso atendiendo a la jerarquía informativa y al objetivo comunicativo.

7. Analizar productos gráficos impresos de acuerdo a las posibilidades formales y comunicativas de la composición, la tipografía, el color y la imagen.

8. Valorar críticamente la calidad estética, técnica y la eficacia comunicativa de mensajes gráficos, en base a los conocimientos del módulo y al propio criterio.

X. PROYECTOS DE GRÁFICA IMPRESA I-II

Duración: 450 horas.

Equivalencia en créditos ECTS: 32

Para este módulo que se imparte en dos cursos académicos, el Departamento Didáctico correspondiente de cada centro distribuirá y graduará, por curso, los objetivos, contenidos y criterios de evaluación y los recogerá en la correspondiente programación didáctica.

a) Objetivos.

1. Conocer las metodologías propias de la especialidad y saber llevarlas a cabo en diferentes proyectos gráficos.

2. Planificar y desarrollar el proceso proyectual de supuestos prácticos de la especialidad y realizar los controles de calidad que permitan solucionar los problemas técnicos, artísticos y comunicativos que se presenten.

3. Integrar los contenidos de los otros módulos en la realización de productos de gráfica impresa y emitir un juicio crítico argumentado respecto al propio trabajo y resultados.

4. Planificar correctamente la realización de las diferentes fases de un proyecto de gráfica impresa y desarrollarlo hasta la obtención de un producto gráfico de calidad técnica, artística y comunicativa.

5. Valorar la realización de trabajos gráficos como oportunidad de experimentación, creatividad, comunicación y expresión artística personal.

6. Iniciarse en la búsqueda de un estilo y discurso estético propio para expresar mensajes gráficamente.

7. Dominar las tecnologías propias de la especialidad para la ideación y el desarrollo de proyectos gráficos de calidad exigible a nivel profesional.

8. Conocer la normativa específica de aplicación a su especialidad.

9. Conocer las principales áreas del diseño gráfico aplicado al producto impreso: identidad corporativa, publicidad gráfica, diseño editorial, señalización y packaging.

10. Presentar y defender el proyecto profesional ante la clientela.

b) Contenidos.

1. La imagen impresa y su vinculación con las disciplinas y ámbitos del diseño gráfico. Interrelaciones.

2. La imagen y el mensaje. Dimensión comunicativa del mensaje gráfico. Recursos gráficos. Los procedimientos persuasivos y retóricos. Imagen persuasiva. Credibilidad.

3. Arquitectura gráfica. Jerarquías informativas del mensaje. Coherencia formal y funcional.

4. Metodologías de proyectación, enfoques creativos. El proyecto de gráfica impresa. Interdisciplinariedad. Especificaciones y definición del mensaje. Planificación y realización gráfica. Control de calidad. Aspectos económicos de rentabilidad y sostenibilidad.

5. Memoria y comunicación del proyecto. Presentación y argumentación. Valoración crítica.

6. Tecnología y software de la especialidad en los procesos de creación, realización y comunicación del proyecto de producto gráfico impreso.

7. Aplicaciones impresas del diseño de identidad: Imagen institucional, papelería corporativa, diseño tipográfico en la creación de identidad. Diseño editorial. Diseño de publicaciones impresas. Packaging y gráfica de producto. Gráfica en eventos. Exposiciones y espectáculos.

8. Normativa específica de aplicación a la especialidad.

9. Elementos gráficos en el entorno: Señalética interior y exterior.

c) Criterios de evaluación.

Se valorará la capacidad del alumnado para:

1. Definir conceptual, formal y funcionalmente el proyecto gráfico y el/los productos impresos correspondientes atendiendo a las especificaciones del encargo.

2. Seleccionar y aplicar la metodología proyectual más adecuada al encargo.

3. Planificar el proyecto y la realización gráfica y llevar a cabo correctamente todas sus fases hasta la obtención del producto impreso más eficiente desde el punto de vista comunicativo.

4. Utilizar con destreza los recursos metodológicos, técnicos, formales, estéticos, semánticos y funcionales de que disponga.

5. Proponer diversas soluciones gráficas, estilística y temáticamente adecuadas a las especificaciones del encargo y utilizar en las propuestas los elementos gráficos más adecuados.

6. Realizar el producto impreso llevando a cabo el control de calidad correspondiente a cada momento a fin de garantizar la calidad gráfica y comunicativa del mensaje.

7. Utilizar adecuadamente en el proyecto los instrumentos tecnológicos propios de su especialidad.

8. Atenerse en los proyectos a la normativa vinculada al ejercicio profesional como por ejemplo la relativa al derecho a la intimidad, al honor y a la propia imagen.

XI. FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL.

Duración: 50 horas.

Equivalencia en créditos ECTS: 3.

a) Objetivos.

1. Analizar e interpretar el marco legal del trabajo y conocer los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones laborales.

2. Conocer los requisitos y condicionantes legales para organizar y gestionar una pequeña o mediana empresa, considerando los factores de producción, jurídicos, mercantiles y socio-laborales.

3. Identificar las distintas las vías de acceso al mercado de trabajo y a la formación permanente, así como conocer los organismos institucionales, nacionales y comunitarios dedicados a estos fines.

4. Comprender y aplicar las normas sobre seguridad e higiene laboral y desarrollar sensibilidad hacia la protección al medio ambiente, como factores determinantes de la calidad de vida.

b) Contenidos.

1. El marco jurídico de las relaciones laborales. Estatuto de los trabajadores y regulación específica. Prestaciones de la Seguridad Social y desempleo.

2. Sistemas de acceso al mundo laboral. El mercado de trabajo: estructura. Técnicas y organismos que facilitan la inserción laboral. Iniciativas para el trabajo por cuenta propia. La formación permanente.

3. La empresa. Distintos modelos jurídicos de empresas y características. Organización, administración y gestión. Obligaciones jurídicas y fiscales.

4. Conceptos básicos de mercadotecnia. La organización de la producción, comercialización y distribución en la empresa. Métodos de análisis de costes y el control de la calidad.

5. El contrato. Modalidades de contrato de trabajo. Derechos y deberes derivados de la relación laboral. Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo.

6. El empresario individual. Trámites para el inicio de la actividad empresarial. Presupuestos, tasaciones y facturación de trabajos.

7. Los derechos de propiedad intelectual e industrial. Registro de la propiedad intelectual. Entidades de gestión: copyright y copyleft. Propiedad industrial: los modelos y dibujos industriales y artísticos. Registro y procedimiento registral.

8. Los signos distintivos: marca, rótulo y nombre comercial. Transmisibilidad.

9. Medidas de seguridad e higiene en el trabajo aplicables a la profesión.

c) Criterios de evaluación.

Se valorará la capacidad del alumnado para:

1. Analizar la legislación y normativa vigente de aplicación al mundo laboral y a la regulación empresarial en la que se integra esta especialidad profesional.

2. Identificar las fuentes y vías de acceso al empleo y a la formación permanente directamente relacionadas con la profesión.

3. Saber llevar a cabo la actividad empresarial tanto en el ámbito individual como societario.

4. Redactar el plan de creación y organización de un taller artístico y/o de una pequeña o mediana empresa en el que se consideren los aspectos jurídicos y socio-laborales correspondientes, los recursos materiales y humanos necesarios, las acciones de marketing, comercialización y distribución de los productos y los mecanismos de seguridad laboral, ambiental y de prevención de riesgos exigidos para iniciar su funcionamiento.

5. Realizar correctamente contratos y emitir facturas.

6. Conocer las normas sobre seguridad y salud en el trabajo y las diferentes técnicas de prevención de riesgos laborales.

7. Conocer, identificar y aplicar la legislación sobre derechos de autor y registro de propiedad intelectual e industrial.

XII. PROYECTO INTEGRADO

Duración: 100 horas.

Equivalencia en créditos ECTS: 12.

a) Objetivos.

1. Proponer y materializar un proyecto de gráfica impresa, propio o encargado, de calidad técnica, artística y comunicacional.

2. Realizar el proyecto llevando a cabo todas las etapas y controles de calidad correspondientes.

3. Desarrollar, mediante la proyectación y realización de un proyecto original de la especialidad, las destrezas profesionales de su especialidad.

4. Exponer y defender, con rigor y capacidad crítica el trabajo presentado.

b) Contenidos.

1. La creación y realización del proyecto de gráfica impresa. Metodología. Etapas. Especificaciones. Condicionantes. Documentación gráfica. Técnicas y normalización.

2. Gestión económica del proyecto. Presupuesto. Recursos humanos y tecnológicos implicados.

3. Materialización del proyecto de gráfica impresa hasta la obtención del producto acabado. Verificación del control de calidad en las diferentes etapas.

4. La comunicación, presentación y defensa del proyecto.

c) Criterios de evaluación.

Se valorará la capacidad del alumnado para:

1. Realizar un proyecto de la especialidad que cumpla con el nivel técnico, artístico y comunicacional exigible en el ámbito profesional.

2. Utilizar una metodología proyectual adecuada a los condicionantes y especificaciones del encargo.

3. Realizar el control de calidad del proyecto en sus aspectos formales, expresivos, técnicos, tecnológicos y funcionales.

4. Presentar adecuadamente el proyecto de acuerdo con los apartados de documentación, realización y defensa o exposición. Emitir una valoración personal técnica, artística y funcional utilizando correctamente los conceptos y terminología propios de su ámbito profesional.

5. Evaluar la viabilidad del producto gráfico impreso y las posibilidades de su realización efectiva, tomando como referencia la propuesta definitiva y la gestión presupuestaria del proyecto.

XIII. EMPRESA E INICIATIVA EMPRENDEDORA

Duración: 50 horas.

Equivalencia en créditos ECTS: 3.

a) Objetivos

1. Analizar las diferentes formas jurídicas vigentes de empresa señalando la más adecuada en función de la actividad económica y recursos disponibles.

2. Adquirir la capacidad de realizar tareas organizativas encaminadas a la optimización de los recursos disponibles en la empresa, conjugando adecuadamente los criterios de productividad y calidad dentro del marco legal.

3. Determinar las formas de contratación laboral más idóneas en función del tamaño: actividad y objetivos de la empresa.

4. Elaborar, organizar y gestionar la documentación necesaria para la constitución de una pequeña empresa y la generada en el desarrollo posterior de su actividad económica.

5. Valorar la influencia e interrelación de las diversas funciones de la actividad empresarial en el logro de los objetivos propuestos.

6. Aplicar las técnicas de relación con clientes y proveedores, que permitan resolver situaciones comerciales tipo: Negociar con entidades/personas proveedoras y clientes buscando las condiciones más ventajosas en las operaciones comerciales.

7. Crear, desarrollar y mantener buenas relaciones con clientes reales o potenciales.

8. Identificar en tiempo y forma las acciones derivadas de las obligaciones legales de una empresa.

9. Elaborar un proyecto de creación de una pequeña empresa o taller, evaluando la posibilidad de implantación en función de la actividad, volumen de negocio, objetivos, recursos económicos.

b) Contenidos.

1. Innovación y desarrollo económico. La cultura emprendedora como necesidad social. El carácter emprendedor. Factores claves de las personas emprendedoras. El riesgo en la actividad emprendedora.

2. Concepto de empresario o empresaria. Requisitos para el ejercicio de la actividad empresarial. Objetivos personales versus objetivos empresariales.

3. La empresa y su entorno. Funciones básicas de la empresa. La empresa como sistema. La cultura de la empresa: imagen corporativa. Responsabilidad social y ética de las empresas.

4. Creación y puesta en marcha de una empresa. Concepto y tipos de empresa. La fiscalidad en las empresas. Trámites administrativos y gestión de ayudas y subvenciones. Plan de empresa.

5. Concepto de contabilidad y nociones básicas. Obligaciones fiscales de las empresas. Gestión administrativa de una empresa.

c) Criterios de evaluación.

Se valorará la capacidad del alumnado para:

1. Reconocer las capacidades asociadas a la iniciativa emprendedora, analizando los requerimientos derivados de los puestos de trabajo y de las actividades empresariales.

2. Definir la oportunidad de creación de una pequeña empresa, valorando el impacto sobre el entorno de actuación e incorporando valores éticos.

3. Realizar las actividades para la constitución y puesta en marcha de una empresa, seleccionando la forma jurídica e identificando las obligaciones legales asociadas.

4. Realizar actividades de gestión administrativa y financiera básica de una «pyme», identificando las principales obligaciones contables y fiscales y cumplimentando la documentación.

XIV. IDIOMA EXTRANJERO

Duración:100 horas.

Equivalencia en créditos ECTS: 5

a) Objetivos.

1. Ampliar los conocimientos previos de idioma extranjero.

2. Aumentar la comprensión y perfeccionar la expresión oral que permitan una comunicación específica en el ámbito del trabajo que se va a desempeñar.

3. Elaborar comunicaciones escritas y traducir textos técnicos específicos relacionados con este ciclo formativo.

4. Utilizar diccionarios generales y técnicos.

b) Contenidos.

1. Conocimientos del idioma, de carácter oral y escrito, relacionados con el entorno de la especialidad.

2. Aprendizaje del vocabulario necesario para expresarse en torno a temas habituales: el trabajo, el ámbito social, cultural, medioambiental, etc.

3. Análisis y reforzamiento de estructuras morfosintácticas y construcciones gramaticales necesarias para la comprensión y traducción de textos relacionados con su ámbito profesional.

4. Elaboración de textos escritos, cartas, currículos, informes, proyectos, memorias de trabajo, presupuestos o cualquier otro tipo de documento habitual en el ejercicio profesional de la especialidad.

c) Criterios de evaluación.

Se valorará la capacidad del alumnado para:

1. Comprender aspectos lingüísticos relacionados con la especialidad.

2. Comprender comunicaciones de trabajo diario.

3. Expresar opiniones personales sobre el campo laboral específico.

4. Elaborar mensajes concretos.

5. Redactar documentos relacionados con el ámbito profesional.

4.4. Fase de prácticas en empresas, estudios o talleres.

4.4.1 La fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres tiene como objetivos los siguientes:

a) Completar la formación académica del alumnado mediante la integración en las rutinas diarias de trabajo de una empresa de comunicación audiovisual y la realización de las funciones profesionales correspondientes a su nivel formativo.

b) Facilitar la toma de contacto del alumnado con el mundo del trabajo y la incorporación al sistema de relaciones sociales, laborales y técnicas de la empresa.

c) Contrastar los conocimientos, formación y capacitación adquiridos en el centro educativo con la realidad empresarial y laboral del sector.

d) Permitir al alumnado que, a través del contacto con la empresa, incorpore a su formación los conocimientos sobre la propia especialidad, la situación y relaciones del mercado, las tendencias artísticas y culturales, la organización y coordinación del trabajo, la gestión empresarial, las relaciones socio-laborales en la empresa, etc., necesarios para el inicio de la actividad laboral.

e) Adquirir los conocimientos técnicos de útiles, herramientas, materiales y maquinaria que, por su especialización, coste o novedad, no están al alcance del centro educativo.

f) Participar de forma activa en las fases del proceso de producción y edición audiovisual bajo las orientaciones del tutor/a o coordinador/a correspondiente.

g) Aplicar los conocimientos, habilidades y destrezas adquiridos durante el período de formación teórica y práctica impartida en el centro educativo.

4.4.2 El seguimiento y la evaluación de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres corresponderá al tutor de prácticas designado por el centro educativo quien tomará en consideración el grado de cumplimiento de los objetivos y la valoración que realice la empresa.

ANEXO II

Características del módulo de proyecto integrado

1. El módulo de proyecto integrado en los ciclos formativos de grado superior, se realizará a lo largo del segundo curso y se desarrollará en dos partes diferenciadas.

2. El alumnado iniciará el módulo de proyecto integrado al comenzar el segundo curso del ciclo formativo de grado superior, y será evaluado una vez superados los restantes módulos de formación en el centro.

3. La primera parte, capacitará al alumnado para comprender y poner en práctica los aspectos básicos de la elaboración de proyectos y para poder realizar e interpretar proyectos de gráfica impresa. Se desarrollará durante los dos primeros trimestres lectivos del curso, de acuerdo con los objetivos y contenidos que se recogen en el anexo I de este decreto del Consell, para este módulo, y contemplados para la calificación de las dos primeras evaluaciones.

4. La segunda parte tiene por objeto el desarrollo de un proyecto original de gráfica impresa, donde el alumnado sea capaz de integrar, aplicar y valorar los conocimientos, destrezas y capacidades específicos del campo profesional de la especialidad, adquiridos mediante estas enseñanzas, con rigor técnico y posibilidad de realización y viabilidad, que evidencie su capacidad creadora y su sensibilidad artística y estética.

5. El módulo de proyecto integrado se desarrollará a partir de la propuesta del profesorado que tenga atribuida la competencia docente del mismo. El alumnado contará con la tutoría individualizada del profesorado que imparta docencia en el ciclo formativo, como mínimo, durante el horario lectivo.

6. Cada centro creará un tribunal de proyectos, que actuará como un órgano colegiado, formado por cinco componentes, designados por la dirección del centro. El tribunal deberá contar, al menos, con el tutor o tutora del alumnado que defienda el módulo profesional de proyecto integrado. Se recomienda designar, así mismo, como componente del tribunal, a un profesor o profesora del ciclo formativo de la especialidad de Organización industrial y legislación. La presidencia del tribunal corresponderá a la dirección del centro, o a la persona en quien esta delegue, mientras que la secretaría del tribunal recaerá sobre el profesor o profesora de menor edad.

7. El proyecto de gráfica impresa que presente el alumnado, deberá contemplar los siguientes apartados:

a) Memoria, donde se realizará un análisis de los procesos y fases de realización del proyecto, que recogerá los aspectos funcionales, artísticos, técnicos y económicos.

b) Un testimonio gráfico de las diversas etapas del trabajo, que contemple las fases de ideación, bocetado y primeras propuestas.

c) La resolución del proyecto.

d) La presentación y defensa pública del mismo ante el tribunal.

8. Los aspectos relacionados con el seguimiento y la evaluación del módulo del proyecto integrado se regirá por lo dispuesto en este decreto del Consell y en la normativa vigente que dicte expresamente la conselleria competente en materia de educación.

ANEXO III

Competencia docente del personal funcionario pertenecientes al Cuerpo de Profesorado de Artes Plásticas y Diseño para la impartición de los módulos correspondientes a las enseñanzas del ciclo formativo de grado superior de Gráfica Impresa regulado en este decreto del Consell

Cuerpo de Profesorado de Artes Plásticas y Diseño

Especialidad Módulo formativo

Dibujo artístico y color Fundamentos de la representación y la expresión visual

Técnicas de expresión gráfica

Diseño gráfico Técnicas de expresión gráfica

Teoría de la imagen

Proyectos de gráfica impresa

Proyecto integrado

Tipografía

Fundamentos del diseño gráfico

Historia del arte Historia de la imagen gráfica

Fotografía Fotografía

Teoría de la imagen

Medios informáticos Medios informáticos

Organización industrial y legislación Formación y orientación laboral

Empresa e iniciativa emprendedora

Cuerpo de Maestros de Artes Plásticas y Diseño

Especialidad Módulo formativo

Fotografía y procesos de reproducción Producción gráfica industrial

ANEXO IV

Relación de módulos correspondientes a las enseñanzas mínimas que se convalidan entre los ciclos formativos de grado superior de la familia profesional de comunicación gráfica y audiovisual y el ciclo formativo de grado superior de Gráfica Impresa regulado en este decreto del Consell

Módulos superados en ciclos formativos de grado superior Módulos que se convalidan en el ciclo formativo de grado superior de Gráfica Impresa

Fundamentos de la representación y la expresión visual Fundamentos de la representación y la expresión visual

Teoría de la imagen Teoría de la imagen

Medios informáticos Medios informáticos

Fotografía Fotografía

Técnicas de expresión gráficamente (Ciclo: Cómic e Ilustración) Técnicas de expresión gráfica

Fundamentos del diseño gráfico (Ciclo: Gráfica publicitaria) Fundamentos del diseño

Tipografía (Ciclo: Gráfica publicitaria) Tipografía

ANEXO V

Relación de módulos correspondientes a las enseñanzas mínimas que se convalidan entre los ciclos formativos de grado superior de la familia profesional de Diseño Gráfico regulados en el Real decreto 1456/1995, de 1 de septiembre, y el ciclo formativo de grado superior de Gráfica Impresa regulado en este decreto del Consell.

Módulos superados en ciclos formativos de grado superior (Real decreto 1456/1995, de 1 de septiembre) Módulos que se convalidan

Dibujo artístico (Ciclo: Ilustración). Fundamentos de la representación y la expresión visual

Expresión plástica: fotografía (Ciclo: Fotografía artística). Fundamentos de la representación y la expresión visual

Teoría de la imagen publicitaria (Ciclo: Gráfica publicitaria) Teoría de la imagen

Técnicas de expresión gráfica (Ciclo: Gráfica publicitaria) Técnicas de expresión gráfica

Técnicas de Ilustración (Ciclo: Ilustración) Técnicas de expresión gráfica

Medios informáticos (Ciclo: Gráfica publicitaria). Medios informáticos

Diseño gráfico asistido por ordenador (Ciclo: Ilustración) Medios informáticos

Fotografía (Ciclos: Ilustración y Gráfica publicitaria). Fotografía

Técnica fotográfica (Ciclo: Fotografía artística) Fotografía

Fotografía artística (Ciclo: Fotografía artística) Fotografía

Historia de la imagen gráfica (Ciclos: Ilustración y Gráfica publicitaria) Historia de la imagen gráfica

ANEXO VI

Relación de módulos que podrán ser objeto de exención por correspondencia con la práctica laboral

Formación y orientación laboral

Fotografía

Medios informáticos

Producción gráfica industrial

Mapa web