Legislación

DECRETO FORAL 36/2007, del Consejo de Diputados de 17 de abril, que crea nuevos ficheros de datos de caracter personal de la Diputacion Foral de Alava, y modifica diversos ficheros contenidos en el Decreto Foral 40/2006, de 30 de mayo, y suprime un fichero creado por el Decreto mencionado. - Boletín Oficial de Álava, de 27-04-2007

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Ambito: Álava

Órgano emisor: DECRETOS FORALES DEL CONSEJO DE DIPUTADOS

Boletín: Boletín Oficial de Álava Número 50

F. Publicación: 27/04/2007

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Álava Número 50 de 27/04/2007 y no contiene posibles reformas posteriores

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal establece en su artículo 20.1 que la creación, modificación o supresión de ficheros con datos de carácter personal de los que son titulares las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse mediante disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente.

Asimismo, Ley 2/2004, de 25 de febrero, de ficheros de carácter personal de titularidad pública y de creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos en su artículo 4.2. se refiere a la creación, modificación y supresión de los ficheros de titularidad pública, y a la publicación de los mismos en el Boletín Oficial del ámbito territorial correspondiente, y el artículo 18 obliga a inscribir estos ficheros en el Registro autonómico creado al efecto como órgano integrado en la Agencia Vasca de Protección de Datos.

El artículo 18 de la Ley del Parlamento Vasco 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos (LAVPD) crea el Registro de Protección de Datos y establece que serán objeto de inscripción en el mismo los ficheros comprendidos dentro del ámbito de aplicación de dicha Ley.

El artículo 2 del Decreto 308/2005, de 18 de octubre, por el que se desarrolla la Ley del Parlamento Vasco 2/2004, establece que los Entes públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco notificarán a la Agencia Vasca de Protección de Datos (AVPD) toda creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal, para su inscripción en el Registro de Protección de Datos, mediante el traslado de la disposición o acuerdo a través del modelo normalizado aprobado por Resolución de 21 de julio de 2005, del Director de la AVPD (BOPV 165, de 1 de agosto de 2005).

Debido a la necesidad de proceder a la creación de nuevos ficheros con datos de carácter personal y de adecuar los ficheros existentes a la realidad actual de las estructuras administrativas y operativas de Diputación Foral de Álava, procede aprobar la presente disposición por la que se establece la relación y las características de los nuevos ficheros automatizados con datos de carácter personal identificados y se modifican algunos de los ya existentes, todos ellos titularidad de la Diputación Foral de Álava.

La Diputación Foral de Álava se constituye como Responsable de todos los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal en sus instalaciones, ostentando el Diputado General de esta entidad los deberes y facultades que la normativa en materia de protección de datos de carácter personal atribuye a los responsables de los ficheros.

En su virtud, a propuesta del Diputado Foral de Promoción Económica y Gestión de la Innovación, previa deliberación del Consejo de Diputados en sesión celebrada el día de hoy,

DISPONGO:

Artículo 1. Creación de nuevos ficheros automatizados titularidad de la Diputación Foral de Álava.

1. Los nuevos ficheros automatizados de la Diputación Foral de Álava, que contienen y procesan datos de carácter personal detallados en el Anexo a esta disposición, son los siguientes:

1. Fichero de Boletín Europa en Álava.

2. Fichero de Registro de Transportistas de Ganado.

3. Fichero de Informes coyuntura económica.

4. Fichero de Subvenciones a empresas.

2. Los ficheros de datos de carácter personal, recogidos en el Anexo a esta disposición, contendrán con detalle los siguientes aspectos:

a) Finalidades y usos previstos

b) Personas o colectivos de los que se obtienen datos de carácter personal.

c) Procedimientos de recogida de dichos datos

d) Estructuras básicas de los ficheros, indicando los tipos de datos personales que se incluyen en los mismos.

e) Cesiones de datos personales a terceros y/o transferencias internacionales

f) Órganos responsables de los ficheros

g) Indicación del nivel (básico, medio, alto) de las medidas de seguridad aplicables a cada uno de dichos ficheros.

Artículo 2. Conservación y almacenamiento de los datos. Los datos de carácter personal registrados en los ficheros del artículo 1 del presente Decreto Foral, se conservarán durante el tiempo necesario para la finalidad para la cual hubieran sido recabados y registrados.

Serán almacenados de forma que permitan el ejercicio del derecho de acceso por parte del afectado en los términos previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 3. Utilización de los datos. Los datos de carácter personal registrados en los ficheros automatizados de la Diputación Foral del artículo 1 de este Decreto, solo serán utilizados para los fines expresamente previstos y por el personal debidamente autorizado para ello.

Artículo 4. Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición

Los interesados, titulares de los datos de carácter personal, podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en la forma que dispone la legislación vigente en la materia, ante la Oficina de Atención al Ciudadano del Registro General de la Diputación Foral de Álava, en la Plaza de la Provincia, s/n, Vitoria-Gasteiz.

Artículo 5. Modificación del Decreto 40/2006 de 30 de mayo, sobre relación y características de los ficheros automatizados de la Diputación Foral de Álava que contienen datos de carácter personal, en diversos aspectos a los ficheros que figuran en su anexo con los epígrafes 1.23. Fichero “Fomento empresas, formación y empleo” (que pasa a denominarse “Formación y Empleo”, 1.33. Fichero “Cotos” y 1.44. Fichero “Contactos de la unidad”, que queda redactado como sigue:

1.23. FICHERO “FORMACIÓN Y EMPLEO”

Finalidad y Usos previstos: Gestionar ayudas para cursos de formación y promoción al empleo y subvenciones a entidades que imparten formación a la población en general de Álava, a empresas para reciclaje profesional y formación de los trabajadores, realización de estudios y fines estadísticos.

Personas o colectivos de los que se obtienen datos: Entidades sin ánimo de lucro y empresas solicitantes de las ayudas. Así mismo se incluyen datos de los alumnos asistentes a los cursos subvencionados y del profesorado.

Origen y procedimiento de recogida: Los datos son proporcionados directamente por los solicitantes, otras personas físicas, entidades privadas y otras Administraciones Públicas.

Responsable del fichero: Diputación Foral de Álava, correspondiendo su gestión y custodia a la Jefatura de la Secretaría Técnica de Economía.

1.33. FICHERO “COTOS”

Finalidad y Usos previstos: Gestión de cotos de Álava. Personas o colectivos de los que se obtienen datos: Interesados en la actividad cinegética y piscícola en general en la provincia de Álava.

Origen y procedimiento de recogida: Los datos son proporcionados por los interesados mediante formularios. Medidas de Seguridad: Se adoptarán las medidas de seguridad correspondientes al Nivel Medio.

1.44. FICHERO “CONTACTOS DE LA UNIDAD”

Finalidad y Usos previstos: Contactar con las personas y entidades con las que la Diputación Foral de Álava mantiene una relación institucional.

Artículo 6. Supresión del fichero automatizado titularidad de la Diputación Foral de Álava

1.4. Dictámenes Comisión, creado por Decreto 40/2006 de 30 de mayo, sobre relación y características de los ficheros automatizados de la Diputación Foral de Álava, por no contener ni tratar datos de carácter personal.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

1. Se faculta a la Dirección de Servicios Generales para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación del presente Decreto Foral.

2. Notificar la creación, modificación y supresión de los ficheros indicados, en la forma reglamentaria, a la Agencia Vasca de Protección de Datos para su inscripción en el Registro de Protección de Datos correspondiente.

DISPOSICIÓN FINAL El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava y se notificará en la forma reglamentaria a la Agencia Vasca de Protección de Datos para su inscripción en el Registro de la Agencia Vasca de Protección de Datos

Vitoria-Gasteiz, 17 de abril de 2007.– Diputado General, RAMÓN RABANERA RIVACOBA.– Diputado de Promoción Económica y Gestión de la Innovación, CARLOS SAMANIEGO PÉREZ.– Director de Servicios Generales, LUIS MURO GARCÍA.

Anexo

RELACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS

TITULARIDAD DE LA DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA A EFECTOS DE LA LEY 2/2004, de 25 DE FEBRERO, DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

1.48. FICHERO “BOLETÍN EUROPA EN ÁLAVA”.

Finalidad y Usos previstos: Envío del boletín Europa en Álava o de cualquier tipo de información europea de interés general relacionada con asuntos europeos. Personas o colectivos de los que se obtienen datos: Personas físicas, empresas, asociaciones, entidades locales, etcétera, interesadas en participar y recibir información acerca de las actividades realizadas de ámbito europeo.

Origen y procedimiento de recogida: Los datos son proporcionados por los interesados, a través medios telemáticos y electrónicos y de forma presencial a través de las dos oficinas de acceso público existentes y Europe Direct.

Estructura básica del fichero: Datos identificativos (nombre y apellidos, dirección de email, tipología de suscriptor u otros).

Cesiones y transferencias internacionales: No se prevén cesiones de datos fuera de los supuestos habilitados por la Ley.

No se prevé la realización de transferencias internacionales de datos de carácter personal.

Responsable del fichero: Diputación Foral de Álava, correspondiendo su gestión y custodia a la Dirección de Asuntos Europeos.

Medidas de Seguridad: Se adoptarán las medidas de seguridad correspondientes al Nivel Básico.

1.49. FICHERO “REGISTRO DE TRANSPORTISTAS DE GANADO”.

Finalidad y Usos previstos: Gestión de autorizaciones de transportistas de ganado.

Personas o colectivos de los que se obtienen datos: Personas solicitantes de dichas autorizaciones profesionales del transporte de animales vivos que desarrollan su actividad (tanto en el ámbito del territorio como fuera de él) en el ámbito de la Unión Europea.

Origen y procedimiento de recogida: Los datos son proporcionados directamente por las personas interesadas o por entidades privadas (gestorías) con su consentimiento. Estructura básica del fichero: Datos identificativos (NIF, nombre, apellidos, domicilio postal, teléfono, fax, dirección de email) y técnicos de los profesionales y sus vehículos, datos de licencias y permisos.

Cesiones y transferencias internacionales: No se prevén cesiones de datos fuera de los supuestos habilitados por la Ley.

No se prevé la realización de transferencias internacionales de datos de carácter personal.

Responsable del fichero: Diputación Foral de Álava, correspondiendo su gestión y custodia al Servicio de Ganadería de esta Administración Foral.

Medidas de Seguridad: Se adoptarán las medidas de seguridad correspondientes al Nivel Básico.

1.50. FICHERO “INFORMES COYUNTURA ECONÓMICA”

Finalidad y Usos previstos: Envío de publicaciones periódicas relativas a informes oficiales sobre coyuntura económica.

Personas o colectivos de los que se obtienen datos: Personas interesadas en recibir dichas publicaciones. Origen y procedimiento de recogida: Los datos son proporcionados por la propia persona interesada. Estructura básica del fichero: Datos identificativos (NIF, nombre, apellidos, dirección de email). Cesiones y transferencias internacionales: No se prevén cesiones de datos fuera de los supuestos habilitados por la Ley.

No se prevé la realización de transferencias internacionales de datos de carácter personal.

Responsable del fichero: Diputación Foral de Álava, correspondiendo su gestión y custodia a la Jefatura de la Secretaría Técnica de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de esta Administración Foral.

Medidas de Seguridad: Se adoptarán las medidas de seguridad correspondientes al Nivel Básico.

1.51. FICHERO “SUBVENCIONES A EMPRESAS”

Finalidad y Usos previstos: Gestión de subvenciones y ayudas a la creación y fomento de actividades empresariales. Fines estadísticos y de realización de estudios. Personas o colectivos de los que se obtienen datos: Personas solicitantes de subvenciones y ayudas para actividades empresariales.

Origen y procedimiento de recogida: Los datos son proporcionados por la propia persona interesada a través de solicitudes y de entidades privadas.

Estructura básica del fichero: Datos identificativos (NIF, nombre, apellidos, teléfono, dirección de email, nº Seguridad Social, firma), datos académicos y profesionales (formación y titulaciones, experiencia profesional, Curriculum), datos de empleo (puesto de trabajo), datos de actividades comerciales (actividades y negocios, licencias comerciales), datos económico financieros (ingresos y rentas, inversiones, bienes patrimoniales, créditos, préstamos, avales, datos bancarios, datos económicos de nómina), bienes y servicios suministrados/recibidos por el afectado.

Cesiones y transferencias internacionales: No se prevén cesiones de datos fuera de los supuestos habilitados por la Ley.

No se prevé la realización de transferencias internacionales de datos de carácter personal.

Responsable del fichero: Diputación Foral de Álava, correspondiendo su gestión y custodia a la Jefatura del Servicio de Promoción Económica y Empleo de esta Administración Foral.

Medidas de Seguridad: Se adoptarán las medidas de seguridad correspondientes al Nivel Medio.