Decreto nico normativo Tarifas e Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas en el THB
Preámbulo
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La Norma Foral 6/1989, de 30 de junio, regula el Impuesto sobre Actividades Económicas. La cuota tributaría de dicho Impuesto se determina a partir de las Tarifas del mismo, las cuales, junto con la Instrucción para su aplicación, aparecen reguladas en las Bases contenidas en el artículo 8 de la citada Norma Foral. El presente Decreto Foral Normativo tiene por objeto, el desarrollo de las mencionadas Bases y la consiguiente aprobación de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, así como de la Instrucción para la aplicación de aquéllas. Dichas Tarifas no comprende, sin embargo, la clasificación de las actividades ganaderas independientes, cuya tributación no se exigirá hasta el 1 de enero de 1992. En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 8 de la Norma Foral 6/1989, de 30 de junio, a propuesta del Diputado Foral de Hacienda y Finanzas y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno de la Diputación Foral, en su reunión del día 30 de abril de 1991,
DISPONGO:

