Decreto ley 10/2020, de 12 de junio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 16-06-2020
Índice
Texto
Ambito: Baleares
Estado: DEROGADO. Desde 13 de Julio de 2022 por Decreto ley 7/2022 de 11 de julio, de Prestaciones sociales de caracter economico de las Illes Balears
F. entrada en vigor: 17/06/2020
Órgano emisor: CONSEJO DE GOBIERNO
Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 109
F. Publicación: 16/06/2020
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Naturaleza de las prestaciones y ámbito de aplicación
Artículo 3. Financiación
Artículo 4. Personas beneficiarias
Artículo 5. Carácter de las prestaciones
Artículo 6. Periodicidad de las prestaciones
Artículo 7. Abono de las prestaciones
Artículo 8. Reintegro de las prestaciones
Artículo 9. Régimen de compatibilidad
Artículo 10. Cesión de datos
Artículo 11. Situación de necesidad
Artículo 12. Necesidades básicas
Artículo 13. Infracciones
Artículo 14. Procedimiento sancionador
TÍTULO II. PRESTACIONES ECONÓMICAS DE DERECHO SUBJETIVO
CAPÍTULO I. Renta social garantida
SECCIÓN 1.ª Disposiciones generales y acceso a la prestación
Artículo 15. Objeto
Artículo 16. Definición y naturaleza de la renta social garantizada
Artículo 17. Situación de vulnerabilidad económica
Artículo 18. Definición de las personas destinatarias
Artículo 19. Unidad de convivencia
Artículo 20. Requisitos
Artículo 21. Consentimiento de las personas destinatarias y acreditación de requisitos
Artículo 22. Obligaciones de las personas destinatarias
SECCIÓN 2.ª Régimen económico y tramitación
Artículo 23. Importe de la renta social garantizada
Artículo 24. Capacidad económica
Artículo 25. Duración de la prestación económica
Artículo 26. Órgano competente en la gestión de la renta
Artículo 27. Inicio del procedimiento y presentación de solicitudes
Artículo 28. Revisión y enmienda de la solicitud
Artículo 29. Comprobación de los requisitos
Artículo 30. Resolución del procedimiento
Artículo 31. Pago de la prestación económica
Artículo 32. Revisión del cumplimiento de los requisitos y de las obligaciones
Artículo 33. Modificación de la prestación económica
Artículo 34. Suspensión de la prestación económica
Artículo 35. Extinción de la renta social
Artículo 36. Reintegro de la prestación
Artículo 37. La Comisión Técnica de la renta social garantizada
SECCIÓN 3.ª Régimen sancionador
Artículo 38. Infracciones leves
Artículo 39. Infracciones graves
Artículo 40. Infracciones muy graves
Artículo 41. Sanciones
Artículo 42. Órganos competentes en el procedimiento sancionador
CAPÍTULO II. Complemento de Rentas de las Illes Balears a las Pensiones no contributivas (PNC)
Artículo 43. Objeto
Artículo 44. Naturaleza
Artículo 45. Destinatarios de la prestación
Artículo 46. Requisitos
Artículo 47. Importe y cálculo del importe de la prestación económica
Artículo 48. Órgano competente por la gestión
Artículo 49. Solicitudes
Artículo 50. Modificación, suspensión y extinción
CAPÍTULO III. Renta de emancipación de jóvenes que han sido sometidos a medidas administrativas de tutela o guarda de protección de menores
SECCIÓN 1.ª Disposiciones generales
Artículo 51. Objeto
Artículo 52. Naturaleza
Artículo 53. Régimen de compatibilidad e incompatibilidad
SECCIÓN 2.ª Acceso a la prestación
Artículo 54. Personas destinatarias
Artículo 55. Requisitos de las personas beneficiarias
Artículo 56. Valoración de la situación de necesidad
Artículo 57. Obligaciones de las personas beneficiarias
SECCIÓN 3.ª Régimen económico y tramitación
Artículo 58. Cuantía de la prestación
Artículo 59. Duración de la prestación
Artículo 60. Presentación de solicitudes
Artículo 61. Gestión de las prestaciones
Artículo 62. Resolución
Artículo 63. Abono
Artículo 64. Suspensión o extinción
Artículo 65. Causas de suspensión y extinción
SECCIÓN 4.ª Proyecto educativo individual
Artículo 66. Proyecto educativo individual (PEI)
Artículo 67. Seguimiento de los Proyectos Educativos Individuales
SECCIÓN 5.ª Régimen sancionador
Artículo 68. Infracciones leves
Artículo 69. Infracciones graves
Artículo 70. Infracciones muy graves
Artículo 71. Sanciones
TÍTULO III. PRESTACIONES ECONÓMICAS DE DERECHO DE CONCURRENCIA
Artículo 72. Concurrencia pública
Artículo 73. Convocatoria de las prestaciones
Artículo 74. Duración de las prestaciones
Artículo 75. Créditos presupuestarios y prórrogas
Artículo 76. Publicidad
TÍTULO IV. PRESTACIONES ECONÓMICAS DE URGENCIA SOCIAL
Artículo 77. Prestaciones de urgencia social
Artículo 78. Objeto
Artículo 79. Concepto, naturaleza y tipo de ayudas de urgencia social
Artículo 80. Objeto de la prestación
Artículo 81. Órgano instructor de las ayudas de urgencia social
Artículo 82. Personas beneficiarias y requisitos
Artículo 83. Obligaciones de las personas beneficiarias
Artículo 84. Procedimiento de las ayudas de urgencia social
Artículo 85. Pago de las ayudas de urgencia social
Artículo 86. Régimen de compatibilidad
Artículo 87. Desarrollo reglamentario
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Información a las personas beneficiarias
D.A. 2ª. Fichero de prestaciones sociales de carácter económico
D.A. 3ª. Ampliación de referencias al Ingreso mínimo vital
D.A. 4ª. Comisión interdepartamental de estudio de los complementos de rentas diferente a la de pensions no contributives
D.A. 5ª. Comisión de evaluación de prestaciones de la renta social garantizada
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Mantenimiento de la renta mínima de inserción
D.T. 2ª. Mantenimiento de la renta social garantida, regulada en la Ley 5/2016, de 13 de abril
D.T. 3ª. Transición a las nuevas prestaciones
D.T. 4ª. Régimen excepcional para el año 2021
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Normas que se derogan
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Inclusión de las prestaciones sociales de carácter económico en la Cartera Básica de Servicios Sociales de las Illes Balears 2017-2020
D.F. 2ª. Modificación del Decreto 40/2017, de 25 de agosto, sobre los criterios de autorización y acreditación de los servicios para jóvenes en proceso de emancipación, y de regulación de la renta de autonomía personal para jóvenes que han sido sometidos a medidas de justicia juvenil
D.F. 3ª. Entrada en vigor
ANEXO