Legislación
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Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en materia de ayudas en el ámbito del empleo y medidas complementarias con incidencia en el ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19). - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 29-04-2020

Tiempo de lectura: 15 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Diciembre de 2021

F. entrada en vigor: 29/04/2020

Órgano emisor: CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACION PUBLICA E INTERIOR

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 81

F. Publicación: 29/04/2020


CAPÍTULO I. Medidas en políticas activas de empleo
SECCIÓN 1.ª Flexibilización de los requisitos en los incentivos a la creación de empleo estable e inserción laboral
Artículo 1. Incentivos a la creación de empleo estable y ampliación de la jornada laboral. Artículo 2. Bono Empleo y Contratación indefinida de personas destinatarias del Bono. Artículo 3. Medidas dirigidas a garantizar el mantenimiento del empleo de las personas con discapacidad. Artículo 4. Medidas dirigidas a garantizar el mantenimiento del empleo de las personas en situación de exclusión social en las Empresas de Inserción. Artículo 5. Incentivos al Retorno del Talento.
SECCIÓN 2.ª Medidas de flexibilización en la ejecución de proyectos y programas de empleo
Artículo 6. Ejecución de los Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo regulados. Artículo 7. Cómputo de los contratos y otras medidas en la Iniciativa de Cooperación Local.
CAPÍTULO II. Medidas en materia de inserción laboral
SECCIÓN 1.ª Flexibilización de los requisitos en el programa de orientación profesional y acompañamiento a la inserción
Artículo 8. Medidas dirigidas a flexibilizar los programas de orientación profesional y acompañamiento a la inserción.
SECCIÓN 2.ª Flexibilización de los requisitos en el programa de Experiencias Profesionales para el Empleo
Artículo 9. Ejecución de los Programas de Experiencias Profesionales para el Empleo.
SECCIÓN 3.ª Medidas por la que se flexibilizan los requisitos en el programa de Acciones Experimentales
Artículo 10. Medidas dirigidas a flexibilizar los programas de Acciones Experimentales.
CAPÍTULO III. Medidas para el mantenimiento del trabajo autónomo y de la economía social
SECCIÓN 1.ª Medidas para flexibilizar las obligaciones de los Programas para el Trabajo Autónomo
Artículo 11. Flexibilización de las obligaciones reguladas en la Orden de 27 de junio de 2019 de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva del Programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía y se modifica la Orden de 21 de septiembre de 2018 de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo. Artículo 12. Flexibilización de las obligaciones reguladas en la Orden de 21 de septiembre de 2018 de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo, modificada por la de 27 de junio de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva del Programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía y se modifica aquélla. Artículo 13. Flexibilización de las obligaciones reguladas en la Orden de 2 de diciembre de 2016 de la Consejería de Economía y Conocimiento, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo autónomo, modificada por la de 28 de diciembre de 2017.
SECCIÓN 2.ª Medidas de flexibilización de obligaciones exigidas para la Línea 1 de Fomento del Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales, regulada en la Orden de 6 de junio de 2014 de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.
Artículo 14. Fomento del Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales.
SECCIÓN 3.ª Medidas de flexibilización de los fines a los que puede destinarse el Fondo de Formación y Sostenibilidad, regulados en artículo 71 de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas.
Artículo 15. Medidas de flexibilización de los fines a los que puede destinarse el Fondo de Formación y Sostenibilidad, regulados en el artículo 71 de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas.
CAPÍTULO IV. Medidas en materia de prevención de riesgos laborales
SECCIÓN 1.ª Medidas de flexibilización de subvenciones concedidas a microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme) de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales, al amparo de la Orden de 13 de junio de 2018 de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
Artículo 16. Medidas dirigidas a las subvenciones concedidas a microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme) de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales, al amparo de la Orden de 13 de junio de 2018 de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
SECCIÓN 2.ª Medidas de flexibilización de subvenciones concedidas por el Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales
Artículo 17. Medidas aplicables a las subvenciones concedidas para proyectos de investigación innovadores en materia de prevención de riesgos laborales, al amparo de la Orden de 7 de julio de 2018 de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio. Artículo 18. Medidas aplicables a las subvenciones concedidas para proyectos de formación a representantes legales de las personas trabajadoras, a delegados y delegadas de prevención y al sector empresarial en materia de prevención de riesgos laborales, al amparo de la Orden de 6 de agosto de 2018.
CAPÍTULO V. Medidas de aplazamiento en el calendario de reembolsos de préstamos concedidos por la Administración de la Junta de Andalucía
Artículo 19. Aplazamiento extraordinario en el calendario de reembolso de préstamos concedidos por la Administración de la Junta de Andalucía a empresas y personas autónomas afectadas por la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.
CAPÍTULO VI. Programa andaluz de colaboración financiera extraordinaria con los municipios y entidades locales autónomas andaluzas
Artículo 20. Programa andaluz de colaboración financiera específica extraordinaria con los municipios y entidades locales autónomas andaluzas con población superior a 1.500 habitantes e igual o inferior a 5.000 habitantes. Artículo 21. Conceptos financiables. Artículo 22. Distribución por entidades locales. Artículo 23. Aceptaciones de financiación y transferencias de fondos. Artículo 24. Presentación de la documentación relativa a las actuaciones. Artículo 25. Validación de las actuaciones. Artículo 26. Gestión de los fondos. Artículo 27. Justificación. Artículo 28. Verificación de la aplicación de los recursos. Artículo 29. Reintegro.
CAPÍTULO VII. Medidas extraordinarias en materia de Renta Mínima de Inserción Social como consecuencia de la crisis social generada por la pandemia del Covid-19
Artículo 30. Nueva situación de emergencia social para unidades familiares con menores a cargo o unipersonales. Artículo 31. Prestación extraordinaria para las solicitudes de la nueva modalidad de situación de emergencia social para unidades familiares con menores a cargo o unipersonales. Artículo 32. Fin de prestación de las resoluciones correspondientes a solicitudes anteriores a la declaración del estado de alarma. Artículo 33. Habilitación para presentación de las solicitudes de Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. Artículo 34. Financiación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Información al Consejo Andaluz de Gobiernos Locales. D.A. 2ª. No aplicación de la suspensión de los plazos administrativos prevista en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Procedimientos de concesión de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía en tramitación. D.T. 2ª. Procedimientos en tramitación para la concesión de las ayudas en especie, en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso al desarrollo de ciudades y territorios inteligentes de Andalucía, reguladas en la Orden de 3 de diciembre de 2019.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. D.F. 2ª. Modificación del Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19). D.F. 3ª. Modificación de la Orden de 3 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en especie, en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso al desarrollo de ciudades y territorios inteligentes de Andalucía. D.F. 4ª. Información a la Consejería de Hacienda, Industria y Energía. D.F. 5ª. Desarrollo y ejecución. D.F. 6ª. Entrada en vigor y vigencia. ANEXO I ANEXO II ANEXO III ANEXO IV ANEXO V ANEXO VI ANEXO VII