Decreto-ley 19/2020, de 14 de julio, por el que se establecen medidas urgentes en materia de sanidad, fiscales y presupuestarias así como de apoyo a agricultores, ganaderos y pymes agroalimentarias ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19). - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 14-07-2020
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Ambito: Andalucía
Estado: VIGENTE. Validez desde 14 de Julio de 2020
F. entrada en vigor: 14/07/2020
Órgano emisor: CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACION PUBLICA E INTERIOR
Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 134
F. Publicación: 14/07/2020
CAPÍTULO I. Medidas fiscales
Artículo 1. Deducción autonómica por las cantidades donadas al Servicio Andaluz de Salud para la lucha contra el avance del COVID-19.
Artículo 2. Cuota fija reducida para máquinas B.1 con apuesta limitada.
CAPÍTULO II. Medidas de apoyo a los agricultores, ganaderos y pymes agroalimentarias de los sectores especialmente afectados por la situación generada por el COVID-19
Artículo 3. Objeto.
Artículo 4. Régimen jurídico.
Artículo 5. Procedimiento de concesión.
Artículo 6. Financiación y régimen de compatibilidad de las subvenciones.
Artículo 7. Cuantía y pago de las ayudas.
Artículo 8. Limitaciones presupuestarias y régimen de control.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Aprobación de bases reguladoras y convocatoria de las ayudas excepcionales a agricultores, ganaderos y pymes agroalimentarias.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del apartado 3 del artículo 1 del Decreto-ley 16/2020, de 16 de junio, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se establecen medidas en materia de empleo, así como para la gestión y administración de las sedes administrativas ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19).
D.F. 2ª. Modificación del artículo 51 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
D.F. 3ª. Modificación de la letra c) del artículo 104 de la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía.
D.F. 4ª. Habilitación.
D.F. 5ª. Vigencia y entrada en vigor.