Decreto-ley 2/2020, de 25 de marzo, de medidas urgentes de carácter tributario para paliar los efectos del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Extremadura. - Diario Oficial de Extremadura de 27-03-2020
Índice
Texto
Ambito: Extremadura
Estado: VIGENTE. Validez desde 03 de Junio de 2020
F. entrada en vigor: 27/03/2020
Órgano emisor: CONSEJERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACION PUBLICA
Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 60
F. Publicación: 27/03/2020
Artículo 1. Plazos de presentación y pago de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Artículo 2. Prórroga de los plazos de presentación de autoliquidaciones, declaraciones e ingreso de deudas de derecho público.
Artículo 3. Bonificación de la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar, relativa a máquinas recreativas y de azar.
Artículo 4. Exención de garantías en aplazamientos y fraccionamientos de pago de deudas por tributos propios y deudas de derecho público.
Artículo 5. Suspensión de plazos en el ámbito tributario de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación.
D.F. 2ª. Entrada en vigor.