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Decreto n.º 2213 de fecha 30 de mayo de 2014, relativa a la aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación de servicios y utilización de la Inspección Técnica de Vehículos., - Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, de 06-06-2014

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Ambito: Melilla

Órgano emisor: CONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla Número 5136

F. Publicación: 06/06/2014

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla Número 5136 de 06/06/2014 y no contiene posibles reformas posteriores

1258.- El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante Decreto de 30 de mayo de 2014, registrado al número 2014002213, en el Libro de Oficial de Resoluciones No Colegiadas de la Consejería de Economía y Hacienda, ha decretado lo siguiente:

I.- El Pleno de la Excma. Asamblea de esta Ciudad Autónoma, en sesión celebrada el día 30 de enero de 2014, acordó aprobar, con carácter provisional, de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Precio Público por la prestación de servicios y utilización de la Inspección Técnica de Vehículos.

II.- El referido proyecto de ordenanza se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad número 5.106 de fecha 21 de febrero de 2014, quedando expuesto al público a los efectos de reclamaciones.

III.- Transcurrido 30 días, se presentaron dos alegaciones. IV.- El Pleno de la Excma. Asamblea de la esta Ciudad Autónoma en sesión de 21 de mayo de 2014 acordó"

"PRIMERO: Desestimar las alegaciones presentadas por Doña Isabel San Martín Medina y Doña Irene Valverde Martín contra la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Precio Público por la prestación de servicios y utilización de la Inspección Técnica de Vehículos.

SEGUNDO: Aprobar definitivamente, la modificación la Ordenanza Fiscal reguladora del Precio Público por la prestación de servicios y utilización de la Inspección Técnica de Vehículos.

TERCERO: Ordenar la inmediata publicación de la misma."

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, y en aplicación del artículo 76.2.f) del citado Reglamento de la Asamblea VENGO EN PROMULGAR

La publicación íntegra de la Ordenanza Fiscal reguladora del Precio Público por la prestación de servicios y utilización de la Inspección Técnica de Vehículos, que se adjunta como anexo a este Decreto. Contra el expresado Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, de conformidad con el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativo, recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Melilla a 02 de junio de 2014. El Secretario Técnico de Economía y Hacienda. J. Ignacio Rodríguez Salcedo.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y UTILIZACIÓN DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS

Art.1.- Concepto.- De conformidad con lo previsto en el artículo 117 en relación con el artículo 41 ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, esta Ciudad Autónoma establece el Precio Público por la prestación de los servicios de Inspección Técnica de vehículos consistentes en la utilización de las instalaciones, existente en la Ciudad, que se regirán por la presente Ordenanza.

Art.2.- Obligados al pago.- Están obligados al pago de este Precio las personas que soliciten la prestación del servicio relacionado con la inspección técnica y la emisión de certificado de características de vehículos, a los que se refiere la presente Ordenanza.

Art. 3.- Cuantía.- La cuantía del Precio Público regulado en esta Ordenanza será la fijada en las Tarifas contenidas en el anexo de este artículo. Las tarifas incluidas en el anexo no incluye el IPSI, la Tasa de tráfico, ni otros tributos que legalmente pudieran corresponder.

ANEXO TARIFAS

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Art.4.- Normas de Gestión.- Por la empresa prestadora del servicio se procederá a la liquidación de los derechos correspondientes según el cuadro tarifario de esta ordenanza.

Art.5.- Actualización de tarifas.- La actualización de las tarifas incluidas en el Anexo del artículo 3 de la presente Ordenanza Fiscal se efectuarán anualmente de acuerdo con la variación interanual del Índice de Precios al Consumo para el conjunto del territorio nacional registrado en el mes de octubre de cada año. La variación del índice así determinada se aplicará a las tarifas vigentes en dicho ejercicio, y serán de aplicación a partir del 01 de enero del ejercicio siguiente. En todo caso, la actualización de las tarifas deberán ser aprobadas por el Consejo de Gobierno, y deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla para su general conocimiento.

DISPOSICION FINAL La presente Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla de la aprobación definitiva por la Asamblea de Melilla, y subsistirá su vigencia en tanto no se acuerde su modificación o derogación expresa.