Legislación

Decreto n.º 58/2022, de 19 de mayo, por el que se aprueba la oferta adicional de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia y se modifican los decretos n.º 213/2020, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia para el año 2020, n.º 296/2021, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia para el año 2021 y n.º 297/2021, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público de la Administración Pública de la Región de Murcia para el año 2021., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 27-05-2022

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Ambito: Murcia

Órgano emisor: CONSEJO DE GOBIERNO

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 121

F. Publicación: 27/05/2022

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 121 de 27/05/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

I. Comunidad Autónoma

2. Autoridades y Personal

Consejo de Gobierno

2673 Decreto n.º 58/2022, de 19 de mayo, por el que se aprueba la oferta adicional de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia y se modifican los decretos n.º 213/2020, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia para el año 2020, n.º 296/2021, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia para el año 2021 y n.º 297/2021, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público de la Administración Pública de la Región de Murcia para el año 2021.

Mediante Decreto n.º 296/2021, de 23 de diciembre, se aprobó la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia para el año 2021 (BORM de 29 de diciembre de 2021), conforme a la normativa básica, vigente en ese momento, establecida en el Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio.

Con fecha 29 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, cuya entrada en vigor se produjo el 30 de diciembre de 2021, que trae causa de Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio.

La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, establece en su Disposición adicional sexta la convocatoria mediante el sistema de concurso de las plazas que reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016. Estas plazas ya han sido computadas en el Decreto n.º 296/2021, de 23 de diciembre y en su momento serán convocadas de conformidad con los términos establecidos en la Disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

Asimismo, la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, en su Disposición adicional octava prevé la identificación de plazas a incluir en el proceso de estabilización contemplado en la misma, que se adicionan a las plazas que resultan del artículo 2 y de la Disposición adicional sexta que han sido objeto de la oferta de empleo público extraordinaria aprobada por el Decreto n.º 296/2021 y que cumplan los requisitos en ella establecidos.

En aplicación de los requisitos de la Disposición adicional octava, resulta un número de 26 plazas, que no han sido hasta ahora ofertadas para estabilización y que han de ser objeto de esta oferta adicional de empleo público para su ejecución junto con las ya recogidas en el Decreto n.º 296/2021, de 23 de diciembre, que aprueba la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia para el año 2021.

Además, se adicionan 18 plazas en cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2.1, segundo párrafo, en relación con la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, y 170 plazas más que responden a necesidades estructurales desempeñadas por personal temporal adscrito a programas temporales que se sumarán para su estabilización a las contempladas en el Decreto n.º 296/2021, de 23 de diciembre.

El presente Decreto de Oferta Adicional de Empleo Público para Estabilización de Empleo Temporal, en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, persigue el objetivo de reducir la tasa de temporalidad estructural por debajo del 8 por ciento, sin que se derive, en ningún caso, incremento de gasto ni de efectivos.

La articulación de los procedimientos selectivos para la estabilización de las plazas contempladas en este Decreto garantizará el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Conforme a lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, la oferta adicional de empleo público para estabilización de empleo temporal, deberá aprobarse y publicarse en el Boletín Oficial de la Región de Murcia antes del 1 de junio de 2022.

Por otra parte, mediante el presente Decreto se modifican el Decreto n.º 213/2020, 23 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia correspondiente al año 2020, en cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2.1, segundo párrafo, en relación con la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, y los Decretos n.º 296/2021 y 297/2021 por los que se aprueban para el año 2021, respectivamente, la Oferta de empleo público extraordinaria de estabilización de empleo temporal y la Oferta de empleo público con cargo a la tasa de reposición de efectivos, a fin de recoger correctamente la creación de plazas estructurales de investigación agraria y alimentaria.

Este Decreto ha sido objeto de negociación en fecha 6 de mayo de 2022, con las organizaciones sindicales en el seno de la Mesa General de Negociación de las Condiciones de Trabajo Comunes al personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración Pública Regional.

Por todo ello, de conformidad con el artículo 11.2.f) del texto refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, y visto el informe del Consejo Regional de la Función Pública de acuerdo con el artículo 13.2.1.d) de la misma Ley, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Administración Digital, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de mayo de 2022,

Dispongo:

Artículo 1. Aprobación de la Oferta Adicional de Empleo Público Extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia.

Se aprueba la Oferta Adicional de Empleo Público Extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia, para el ámbito de la Mesa de Administración y Servicios, en los términos que se establecen en este Decreto, en aplicación de lo establecido en la Disposición Adicional Decimoctava de la Ley 1/2022, de 24 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2022, en relación con el artículo 2 y las Disposiciones Adicionales Sexta y Octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y en el artículo 23 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero.

Artículo 2. Cuantificación de la Oferta Adicional de Empleo Público Extraordinaria para estabilización de empleo temporal.

La Oferta Adicional de Empleo Público Extraordinaria para Estabilización de Empleo Temporal de la Administración Regional es de 214 plazas, de conformidad con la siguiente distribución:

1. El número de plazas que se autorizan adicionalmente para el proceso de estabilización del personal temporal, en virtud del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Disposición Adicional Octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, es de 26 plazas, distribuidas en los cuerpos, escalas y opciones de personal funcionario que se indican en el Anexo al presente Decreto.

2. El número de plazas que se autorizan adicionalmente para el proceso de estabilización del personal temporal, en virtud del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2.1, segundo párrafo, en relación con la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, es de 18 plazas, distribuidas en los cuerpos, escalas y opciones de personal funcionario que se indican en el Anexo al presente Decreto.

3. El número de plazas que responden a necesidades estructurales, es de 170 plazas, distribuidas en los cuerpos, escalas y opciones de personal funcionario que se indican en el Anexo al presente Decreto.

Artículo 3. Regulación de los procesos selectivos.

1. A los procesos selectivos de personal funcionario de carrera derivados de la presente Oferta adicional de Empleo Público Extraordinario, les será de aplicación lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, en el Decreto n.º 57/1986, de 27 de junio, de acceso a la Función Pública, promoción interna y provisión de puestos de la Administración Regional, en el Decreto 3/2003, de 31 de enero, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Región de Murcia de los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales extracomunitarios, en el Decreto 6/2006, de 10 de febrero, por el que se regula la composición, designación y funcionamiento de los tribunales calificadores de las pruebas selectivas para acceso a la Función Pública Regional y demás normativa vigente en materia de función pública, así como lo dispuesto en la respectiva convocatoria.

2. Por razones de eficiencia y eficacia en la gestión de los procesos selectivos, se acumularán en una misma convocatoria las plazas correspondientes a un mismo Cuerpo, Escala y Opción derivadas de la Oferta de Empleo Público Extraordinaria para estabilización de empleo temporal para el año 2021 y de la Oferta Adicional de Empleo Público Extraordinaria para estabilización de empleo temporal que se aprueba mediante este Decreto.

Artículo 4. Listas de espera.

1. Las listas de espera derivadas de las pruebas selectivas de este decreto se confeccionarán con arreglo a lo establecido en la base decimocuarta de la Orden de 17 de junio de 2004, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que regirán las convocatorias de pruebas selectivas para acceso a los distintos Cuerpos de la Administración Regional, modificada por el apartado Sexto punto 2 del Acuerdo de 13 de diciembre de 2018 de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios sobre criterios aplicables a los procesos selectivos derivados de Oferta de Empleo Público y Oferta de Empleo Extraordinaria del periodo 2017 a 2020.

2. La Consejería competente en materia de Función Pública, a través de la Dirección General de Función Pública, realizará las actuaciones precisas para integrar en una única lista de espera aquellas que, conforme a sus respectivas convocatorias, se constituyan derivadas de los procesos selectivos correspondientes a las Ofertas de Empleo Público para los ejercicios 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, así como a las Ofertas de Empleo Público Extraordinario para los años 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021 y adicional que se aprueba mediante este decreto.

Así mismo, dicho órgano directivo dispondrá lo necesario para dirimir los empates conforme a los criterios establecidos en la normativa aplicable y para su entrada en vigor.

Artículo 5. Prohibición de supresión de plazas.

Toda plaza incluida en esta Oferta de Empleo Público Regional deberá mantenerse en la relación de puestos de trabajo y estar dotada presupuestariamente hasta que finalice el proceso selectivo.

En cuanto a aquellas plazas de naturaleza estructural desempeñadas por personal temporal adscrito a programas temporales será preciso que se creen los correspondientes puestos de trabajo, dotados presupuestariamente, de manera que en el momento del nombramiento y toma de posesión de los nuevos funcionarios figuren en la relación de puestos de trabajo de la Administración Regional.

Disposición adicional única. Página web de información.

Toda la información relativa a los procesos selectivos se encuentra disponible en la página web de Empleo Público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en la siguiente dirección: 'https://empleopublico.carm.es'.

Disposición final primera.- Modificación del Decreto 213/2020, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público Extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia para el año 2020.

El Decreto 213/2020, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia correspondiente al año 2020, se modifica en los siguientes términos:

En el artículo 2 del Decreto 213/2020, de 23 de diciembre, el número de plazas que se autorizan para el proceso de estabilización de personal temporal es de 18 plazas.

Se suprime en el Anexo I del Decreto 213/2020, de 23 de diciembre, el apartado 'GRUPO C-Subgrupo C1, la Opción Investigación Agraria y Alimentaria del Cuerpo de Técnicos Especialistas' y las 18 plazas contempladas.

Disposición final segunda.- Modificación del Decreto 296/2021, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia correspondiente al año 2021 y del Decreto 297/2021, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público de la Administración Pública de la Región de Murcia correspondiente al año 2021.

1. El Decreto 296/2021, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización de empleo temporal de la Administración Pública de la Región de Murcia correspondiente al año 2021, se modifica en los siguientes términos:

1.1. En el artículo 2 del Decreto 296/2021, de 23 de diciembre, el número de plazas que se autorizan para el proceso de estabilización de personal temporal es de 287 plazas.

1.2. En el Anexo del Decreto 296/2021, de 23 de diciembre, en el apartado 'GRUPO A-Subgrupo A1', Escala Científica Superior, Opción Investigación Agraria y Alimentaria, el número de plazas es de 2 plazas y en el apartado 'GRUPO A-Subgrupo A2', Cuerpo Técnico, se adiciona la Escala Científica, Opción Investigación Agraria y Alimentaria con 7 plazas.

2. El Decreto 297/2021, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la oferta de empleo público de la Administración Pública de la Región de Murcia correspondiente al año 2021, se modifica en los siguientes términos:

2.1. En el artículo 2 del Decreto 297/2021, de 23 de diciembre, el número de plazas que se autorizan para el ingreso de nuevo personal es de 162 plazas.

2.2. Se suprimen en el Anexo del Decreto 297/2021, de 23 de diciembre, en el apartado 'GRUPO A-Subgrupo A1', la Escala Científica Superior, Opción Investigación Agraria y Alimentaria y las 2 plazas contempladas y en el apartado 'GRUPO A-Subgrupo A2', la Escala Científica, Opción Investigación Agraria y Alimentaria y las 2 plazas contempladas.

Disposición final tercera. Habilitación.

Se faculta al Consejero de Economía, Hacienda y Administración Digital para que adopte las medidas necesarias para ejecución de este Decreto.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Dado en Murcia, a 19 de mayo de 2022. El Presidente, Fernando López Miras. El Consejero de Economía, Hacienda y Administración Digital, Luis Alberto Marín González.

ANEXO

(Plazas adicionales estabilización 2021)

GRUPO A-Subgrupo A1

CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO
ESCALA SUPERIOR DE SALUD PÚBLICA
OPCIONES N.º PLAZAS
Turno Libre
Medicina Familiar y Comunitaria 3
Medicina General 1
Inspección Médica 1
ESCALA TÉCNICA SUPERIOR
OPCIÓN N.º PLAZAS
Turno Libre
Ingeniería Agrónoma 1
ESCALA CIENTÍFICA SUPERIOR
OPCIÓN N.º PLAZAS
Turno Libre
Investigación Agraria y Alimentaria 1
CUERPO SUPERIOR DE ADMINISTRADORES N.º PLAZAS
Turno Libre
2

GRUPO A-Subgrupo A2

CUERPO TÉCNICO
ESCALA DE DIPLOMADOS DE SALUD PÚBLICA
OPCIONES N.º PLAZAS
Turno Libre
Enfermería 1
Fisioterapia 20
ESCALA CIENTÍFICA
OPCIÓN N.º PLAZAS
Turno Libre
Investigación Agraria y Alimentaria 3
CUERPO TÉCNICO
OPCIÓN N.º PLAZAS
Turno Libre
Técnico Cultural 1
Orientación Laboral 9

GRUPO C-Subgrupo C1

CUERPO DE TÉCNICOS ESPECIALISTAS
OPCIONES N.º PLAZAS
Turno Libre
Educación Infantil 3
Investigación Agraria y Alimentaria 18
CUERPO ADMINISTRATIVO N.º PLAZAS
Turno Libre
1

GRUPO C-Subgrupo C2

CUERPO DE TÉCNICOS AUXILIARES
OPCIONES N.º PLAZAS
Turno Libre
Cuidados Auxiliares de Enfermería 6
Auxiliar Educativo 78
Cocina 3
Mantenimiento 1
Tributaria 3
CUERPO AUXILIARES ADMINISTRATIVOS N.º PLAZAS
Turno Libre
7

AGRUPACIÓN PROFESIONAL

AGRUPACIÓN PROFESIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS N.º PLAZAS
Turno Libre
51

NPE: A-270522-2673