Legislación

Decreto de la Presidencia n.º 47/2021, de 9 de abril, por el que modifica el Decreto n.º 34/2021, de 3 de abril, de Reorganización de la Administración Regional., - Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 09-04-2021

Ambito: Murcia

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 80

F. Publicación: 09/04/2021

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 80 de 09/04/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

Mediante Decreto del Presidente n.º 34/2021, de 3 de abril, de Reorganización de la Administración Regional se establecieron el número, denominación y competencias de las Consejerías, llevándose a cabo una nueva distribución competencial entre los Departamentos de la Administración Regional.

El artículo 5.3 de la Ley 6/2004, de 28, de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, atribuye al Presidente de la Comunidad Autónoma la facultad de crear y suprimir las Consejerías, o modificar la denominación y las competencias atribuidas a las existentes, así como establecer el orden de prelación entre las mismas.

En virtud de lo expuesto, y en uso de las facultades que legalmente me están atribuidas.

Dispongo:

Artículo único. Modificación del Decreto del Presidente, n.º 34/2021 de 3 de abril, de Reorganización de la Administración Regional

El Decreto del Presidente n.º 34/2021 de 3 de abril, de Reorganización de la Administración Regional se modifica en los siguientes términos:

Uno.- El artículo 1 queda redactado del siguiente modo:

La Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se organiza en la Vicepresidencia y las demás Consejerías que a continuación se citan y con el orden de prelación que asimismo se indica:

- Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social

- Consejería de Presidencia, Turismo y Deportes

- Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital

- Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía

- Consejería de Educación y Cultura

- Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente

- Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública

- Consejería de Fomento e Infraestructuras

- Consejería de Salud

Dos.- Artículo 4 queda redactado del siguiente modo:

La Consejería de Presidencia, Turismo y Deportes es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: turismo; juventud; deportes; relaciones con la Asamblea Regional; asesoramiento jurídico y coordinación de los servicios jurídicos de las diferentes Consejerías, representación y defensa en juicio de la Comunidad Autónoma; asociaciones, fundaciones y colegios profesionales sin perjuicio de las competencias que en esta materias estén atribuidas a otras Consejerías; registro de asociaciones, el ejercicio de funciones y la realización de actuaciones que correspondan a la Administración Regional en materia electoral, de conformidad con la legislación electoral vigente; nombramiento de Notarios, Registradores de la Propiedad y Mercantiles para plazas radicadas en el territorio de la Región de Murcia; y la participación en la fijación de demarcaciones correspondientes a los mismos; impulso y coordinación de las estrategias de apoyo a las víctimas del terrorismo, al margen de las atribuciones conferidas a las distintas Consejerías por la legislación vigente en víctimas del terrorismo.

Asimismo, le corresponde a esta Consejería las competencias de coordinación y asesoramiento en materia de comunicación institucional, incluida la presencia digital y el desarrollo de buenas prácticas de comunicación digital a través de las redes sociales y otros medios tecnológicos de la Administración Regional. Igualmente, ejercerá las competencias en materia de publicidad institucional articulada mediante los contratos de publicidad, de difusión publicitaria, y de creación publicitaria de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y la coordinación, autorización y supervisión de la misma en los organismos públicos vinculados o dependientes de aquélla, así como cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

Asimismo ejercerá competencias en materia de relaciones institucionales, espectáculos públicos y taurinos; fomento de la cultura taurina; protocolo; gestión de los créditos necesarios para las atenciones protocolarias y de representación de la Presidencia y de sus órganos de apoyo directo; investigaciones y estudios autonómicos; así como Administración Local.

Al titular de este Departamento se le atribuyen la Secretaría del Consejo de Gobierno y Presidencia de la Comisión de Secretarios Generales; la coordinación del proceso de transferencias de competencias del Estado y la condición de representantes del Consejo de Gobierno en la Junta de Portavoces de la Asamblea Regional.

Quedan adscritos a esta Consejería el Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia y la Entidad Pública Empresarial Instituto de Turismo de la Región de Murcia.

Tres.- Artículo 5 queda redactado del siguiente modo:

La Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: financiera; presupuestaria; recaudatoria; fiscal; patrimonial; interventora; contable; coordinación de los servicios de contratación de las distintas Consejerías; planificación y fomento del desarrollo económico regional; financiación empresarial; estadística; fondos europeos; sistemas de información y comunicaciones corporativas, incluida la planificación informática y la coordinación de redes corporativas; transformación digital interna de la administración y externa; comunicación audiovisual; sociedad de la información y telecomunicaciones; innovación tecnológica vinculada a las TICs de aplicación en la sociedad, administración y sociedad del conocimiento; función pública, organización administrativa, servicios automovilísticos; control de accesos y seguridad de inmuebles de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, así como la organización y delimitación de las funciones de su personal, y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

Quedan adscritos a esta Consejería la Agencia Tributaria de la Región de Murcia y las Entidades Públicas Empresariales Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia y Radiotelevisión de la Región de Murcia.

Cuarto.- Artículo 6 queda redactado del siguiente modo:

La Consejería de Empresa, Empleo. Universidades y Portavocía es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: apoyo empresarial; coordinación y seguimiento de los planes y proyectos de inversión singulares, estratégicos o de gran repercusión para la Comunidad Autónoma que determine el Consejo de Gobierno; industria, energía y minas; consumo, comercio y artesanía; innovación empresarial y tecnológica vinculada a las TICs de aplicación en la empresa; Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación; precios autorizados y defensa de la competencia; relaciones con la Unión Europea que asume de forma transversal y cualesquiera otra que le asigne la legislación vigente.

Asimismo, asume las siguientes materias: trabajo y fomento de la economía social; empleo, mediante la intermediación y orientación laboral; fomento de las políticas activas de empleo y formación, incluida la formación ocupacional y continua; seguridad y salud laboral; prevención de riesgos laborales; relaciones laborales; trabajo autónomo y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.

También, este Departamento asume la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de Universidades, y de fomento y coordinación general de la investigación y el desarrollo científico y técnico, así como la innovación científica y la promoción de la transferencia de conocimiento, la generación de valor desde la ciencia hacia la sociedad, fomentando la conexión de los resultados de la investigación desde los organismos públicos y privados de I+D con la sociedad y el mercado a través de la I+D+I científico tecnológica.

Quedan adscritos a esta Consejería el Ente Público Instituto de Fomento de la Región de Murcia y el Organismo Autónomo Servicio Regional de Empleo y Formación.

La titular de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía desempeña también las funciones de portavocía del Gobierno de la Región de Murcia.

Quinto.- Queda suprimido el Artículo 12.

Disposición final única

Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia .

Dado en Murcia, a 9 de abril de 2021. El Presidente, Fernando López Miras.