Df 1 Actualización de catálogos de productos y servicios de uso o consumo común, ordinario y generalizado y de bienes de naturaleza duradera
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El presente Real Decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.6.ª y 8.ª de la Constitución, que reserva al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación procesal, mercantil y civil.
