Df 1 Administración Ambiental
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»D.F. 1ª. Modificación del artículo 7.c) 6 de la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de relaciones entre las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma y los órganos forales de sus territorios históricos.
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Se da una nueva redacción al artículo 7.c) 6 de la Ley 27/1983, de 25 de noviembre, de relaciones entre las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma y los órganos forales de sus territorios históricos, que queda redactado de la siguiente forma:
«6.- La imposición de medidas protectoras y correctoras en actividades sujetas al régimen de licencia de actividad clasificada en los municipios de menos de 10.000 habitantes, y en los municipios de 10.000 o más habitantes si así lo solicita el ayuntamiento correspondiente, siempre que no afecte a más de un territorio histórico o ente público extracomunitario, y sin perjuicio de las competencias atribuidas por la ley a los entes municipales».
