Df 1 Administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa
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»D.F. 1ª. Notificaciones electrónicas de otras Administraciones Públicas.
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1. Mediante orden conjunta de las Consejerías competentes en materia de administración pública y transformación digital se regulará la forma en la que se recepcionarán y distribuirán las notificaciones electrónicas destinadas a la Junta de Andalucía procedentes de otras Administraciones Públicas.
2. En tanto no se apruebe esta regulación, corresponderá a la Consejería competente en materia de hacienda recepcionar las notificaciones electrónicas dirigidas al NIF de la Junta de Andalucía procedentes de otras Administraciones Públicas y ponerlas a disposición de la Consejería competente por razón de la materia.
