Df 1 Agencia Catalana de Protección Social
- Por Auto del Tribunal Constitucional de 21 de marzo de 2018 se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación de la presente Ley, suspensión que se produjo por providencia de 17 de octubre de 2017 del Pleno del TC, que admitió a trámite el Recurso de inconstitucionalidad n.º 4814-2017. - Recurso de inconstitucionalidad n.º 4814-2017, contra la Ley 21/2017, de 20 de septiembre, de la Agencia Catalana de Proteccion Social.
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»D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario
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Se autoriza al Gobierno y al consejero del departamento competente en materia de protección social para que en el plazo de seis meses dicten las normas necesarias para el desarrollo de la presente ley.

