Df 1 el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 14/2008, de 2 de julio, de Garantias de Espera en Atencion Especializada
Ver Indice
»DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Normativa de desarrollo.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se faculta a la Consejera de Salud para la aprobación de la normativa de desarrollo del presente Decreto Foral.
Asimismo podrá establecer, mediante la normativa correspondiente, plazos máximos de respuesta inferiores y ampliar las prestaciones garantizadas en este Decreto Foral cuando las circunstancias así lo aconsejen.
