Df 1 el que se aprueba el Reglamento para la Proteccion de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminacion luminica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energetica
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»D.F. 1ª. Establecimiento de formatos e instrucciones técnicas.
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Se faculta a la persona titular de la Dirección General competente en materia de contaminación lumínica para establecer los formatos de la documentación enumerada en los artículos 24 y 29 del Reglamento, así como para la aprobación de las instrucciones técnicas que sean necesarias para la aplicación del mismo.
