Df 1 el que se aprueba el Reglamento del Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid
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»DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Habilitación de desarrollo.
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Se autoriza al titular de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de este Decreto.
