Df 1 Aspectos de la activ... emergente

Df 1 Aspectos de la actividad sanitaria urgente y emergente

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D.F. 1ª

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1. Se faculta a la consejera de Salud para dictar las disposiciones necesarias para su desarrollo.

2. Se faculta al director general del Servicio de Salud para dictar las instrucciones, protocolos y planes de actuación para su desarrollo operativo y para la gestión de la prestación sanitaria urgente y emergente dentro del ámbito de sus competencias.