Df 1 Atribuciones en materia de personal de los órganos de la Administración y sus organismos autónomos
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»D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo y ejecución del Decreto Foral.
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Se faculta al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior para dictar las disposiciones que sean precisas para el desarrollo y ejecución de este Decreto Foral.
