Df 1 Ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias -Vigente-
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»D.F. 1ª. Habilitación normativa.
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Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de la Consejería con competencia en materia de servicios sociales para que dicte cuantos actos y disposiciones resulten necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este decreto, así como a modificar y/o desarrollar los anexos que se acompañan al mismo.
